ANGULO/SOCIEDAD DATABASIS LTDA.
Rol
O-8384-2023
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ABRAHAM JESHUA ANGULO ALBORNOZ, cédula nacional de identidad N°17.488.906-6, domiciliado para estos efectos en Santa Elena 1631 departamento 1107, Santiago y deduce demanda de despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de CONSULTORA DATABASIS LIMITADA, RUT N°77.695.938-3, representada legalmente por don LEONARDO ANDRÉS MENDEZ VERA, cédula nacional de identidad N°14.047.774-5, ambos domiciliados en Avenida Manquehue Norte 151, oficina 1108, comuna de Las Condes, Santiago; y solidariamente o en subsidio en caso de no dar lugar a la solidaridad en contra de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, RUT N°97.030.000-7, representado por Daniel Hojman, ambos domiciliados en Av. Libertador Bernardo O’Higgins N°1111, Santiago, por las siguientes razones de hecho y derecho: Refiere que con fecha 03 de febrero del 2023, ingresó a prestar servicios para la demandada Consultora Databasis Limitada, RUT 77.695.938-3. En cuanto a la naturaleza del contrato de trabajo, por medio de un anexo de contrato de trabajo se estableció que la duración de este sería hasta el término de la denominada Obra ‘'SERVICIOS DE OPERACIONES Y PASOS A PRODUCCIÓN C 16212'', obra que mantenían con la demandada principal BANCO DEL ESTADO DE CHILE, en la Región Metropolitana, que, a la fecha del término ésta no había concluido, teniendo fecha pronosticada de término para julio del año 2024. Señala que, según el contrato de trabajo, debía desempeñarse como OPERARIO TI JUNIOR, en turnos rotativos de dos días seguidos en turno de día, dos días seguidos en turno de tarde y dos días en turno de noche, seguido de cuatro días de descanso (6x4) en tres tipos de horarios, en los cuales se considera media hora de colación: Turno A: de 10:00 a 14:00 y de 14:30 a 18:00 horas, Turno B: de 18:00 a 21:00 y de 21:30 a 02:00 horas y Turno C: de 02:00 a 05:00 y de 05:30 a 10:00 horas. Esto en Sucursales BANCO ESTADO, ubicadas en MORANDÉ 25, Santiago, Región Metropolitana. Explica que al momento del despido la remuneración ascendía a la suma de $715.642, que conforme a lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo deberá ser considerada como base de cálculo de indemnización. Sostiene que durante la relación laboral, prestó servicios en el marco de la relación laboral contractual que el ex empleador mantenía en calidad de ‘'contratista’’ con el demandado solidario, prestando servicios en dependencias del Banco del Estado de Chile ubicado en Morandé 25 Región Metropolitana. Explica que, en el particular, el servicio que prestaba a la demandada solidaria consistía en el monitorio y almacenamiento de información, también denominada en el área de informática como "CLOUD”, esto es, monitoreando la mensajería, correos electrónicos cuando los clientes solicitaban contraseñas, entre otros. Alega que debía desempeñarse diariamente en las dependencias de Banco del Estado de Chile, ubicado en calle Morandé de la comuna de Santiago, debie
Fallo
Por tanto, será carga probatoria de la contraria acreditar en la etapa procesal que corresponda los hechos que fundan el despido en virtud de la causal aplicada. Pesa entonces sobre el demandado la carga procesal de acreditar que se dio cumplimiento a dichas formalidades y la veracidad de la causal posiblemente invocada de conformidad a la aplicación del artículo 1698 del Código Civil. PETICIONES CONCRETAS: Solicita el pago solidario de: 1. Indemnización de aviso previo $715.642. 2. Lucro cesante, en razón de no haber concluido la obra correspondiente a 17 días del mes de septiembre por la suma de $405.531; mes de octubre por la suma de $715.642, noviembre por la suma de $715.642 y diciembre por la suma de $715.642, todos del año 2023. Luego, meses de enero por la suma de $715.642, febrero por la suma de $715.642, marzo por la suma de $715.642, abril por la suma de $715.642, mayo por la suma de $715.642, junio por la suma de $715.642 y junio por la suma de $715.642, todos del año 2024. 3. Reajustes, intereses, costas de la causa. SEGUNDO: Que comparece Nicolle Castro Acuña, abogada por BANCO DEL ESTADO DE CHILE, demandado solidario y/o subsidiario y contesta la demanda solicitando el rechazo de la misma en todas sus partes, con expresa y ejemplar condena en costas, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho: En primer término, alega que el Banco del Estado de Chile ha sido emplazado en calidad de deudor-supuestamente solidario o subsidiario-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ABRAHAM JESHUA ANGULO ALBORNOZ, cédula nacional de identidad N°17.488.906-6, domiciliado para estos efectos en Santa Elena 1631 departamento 1107, Santiago y deduce demanda de despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de CONSULTORA DATABASIS LI
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica