2º Juzgado Civil de Rancagua

CODELCO CHILE/

Rol

V-453-2023

Fecha

2 de diciembre de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 29 de diciembre del 2023, comparece don CLAUDIO GODOY CAMPILLAY, chileno, casado, cédula de identidad N°8.486.905-8, domiciliado en paseo Huérfanos N°1270, Comuna de Santiago, en representación de CORPORACION NACIONAL DE COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, chilena, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de febrero de 1976, mismo domicilio, indicando que desea constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos, en la comuna de Machalí, Provincia Cachapoal Región LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS, pedimento minero que denominará "MARTINA D 4". Arguye que el punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M Al norte 6.201.000,00 metros, Al este 404.500,00 metros y el área solicitada que se propone explotar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M medirán 2.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie de 600 hectáreas. SEGUNDO: Que, según documento acompañado a folio 6, dicho pedimento minero fue inscrito a fojas 114, número 65, correspondiente al Registro de Descubrimientos de Minas del año 2024, del Conservador de Minas de Rancagua. TERCERO: Que, según documento acompañado a folio 6, consta copia íntegra de dicha inscripción, la que fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago N°43.771, con fecha 08 de febrero del 2024. CUARTO: Que, según consta a folio 6, se acompañó Formulario de Pago de Tasa de Concesión Exploración con fecha de pago 12 de enero de 2024, y formulario de Pago de Patente Proporcional de Concesión de Exploración, con fecha de pago 14 de marzo de 2024. QUINTO: Que, a folio 6, se solicitó sentencia constitutiva, y previamente se ordenó informe del Servicio respectivo. SEXTO: Que, en cumplimiento a lo ordenado por el tribunal, a folio 10, con fecha 01 de agosto del 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería informa a Código: PMWMXRYBHLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl través del Ord. N°1890, que los aspectos técnicos se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido. SEPTIMO: Que, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidos por la ley. OCTAVO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto y quinto del artículo 57 del Código de Minería y atendido a que no hubo observaciones al plano por parte del Servicio Nacional de Geología y Minería, sólo corresponde declarar constituida la concesión. Y, conforme a lo establecido en los artículos 35 a 38, 40, 43, 46 a 52, 55 a 58 y 86 a 90 del Código de Minería,

Fallo

se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “MARTINA D 4”, a favor de CORPORACION NACIONAL DE COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, ya individualizado. II.- Que, las coordenadas U.T.M., con precisión de centímetros de los vértices del perímetro de la concesión, son las siguientes: Vértice Norte (metros) Este(metro) Punto Medio 6.201.000,00 404.500,00 Vértice 1 6.202.000,00 403.000,00 Vértice 2 6.202.000,00 406.900,00 Vértice 3 6.200.000,00 406.900,00 Vértice 4 6.200.000,00 403.000,00 III.- Apruébese el plano de la concesión de exploración "MARTINA D 4”. IV.- Publíquese el extracto de esta sentencia en la forma dispuesta en el artículo 90 del Código de Minería. V.- Inscríbase esta sentencia y archívese el plano correspondiente. VI.- Remítase en su oportunidad al Servicio Nacional de Geología y Minería, copia de esta sentencia y original plano correspondiente. Regístrese y notifíquese por el estadio diario, conforme a lo que dispone el inciso cuarto del artículo 86 del Código de Minería. Asimismo, obténgase copias al tenor de lo dispuesto en el inciso final del artículo 4° de la Ley N°20.886. ROL V-453-2023 Código: PMWMXRYBHLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Cristián Fernández González, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, dos

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Rancagua CAUSA ROL : V-453-2023 CARATULADO : CODELCO CHILE/ Rancagua, dos de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 29 de diciembre del 2023, comparece don CLAUDIO GODOY CAMPILLAY, chileno, casado, cédula de identidad N°8.486.905-8, domiciliado en paseo Huérfanos N°1270, Comuna de Sant

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