PLAZA ESTACIÓN S.A./GONZÁLEZ
Rol
C-18368-2023
Fecha
29 de noviembre de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en lo principal, que da por expresamente reproducidos, sea condenada a pagar las rentas y dem sá conceptos impagos por el inmueble arrendado e individualizado en lo principal, seg n el siguiente detalle: a) Rentas impagas detalladas en loú principal: $17.358.852 IVA incluido. b) servicios impagos total: $1.793.462 (IVA incluido) + 2,7 U.F. m s IVA. c) $130.730 IVA incluido. Solicita ená definitiva tener por interpuesta demanda en juicio sumario especial en Código: XTSDXRVPWFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contra de do a Malva Cecilia Gonz lez Gonz lez, ya individualizada,ñ á á acogerla a tramitaci n, y en definitiva condenarla a pagar las sumasó indicadas m s los reajustes que contempla la ley 18.101 por sobre lasá cantidades adeudadas, y las costas de la causa. A folio 14 consta la celebraci n de la ó audiencia de contestaci n,ó conciliaci n y prueba. A esta instancia compareci nicamente la parteó ó ú demandante, por lo que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a y seí practic la segunda reconvenci n de pago, la que no se produjo. Llamadasó ó las partes a conciliaci n, se frustr el tr mite atendido la inasistencia antesó ó á dicha. Se recibi la causa a prueba, reiter ndose la documental que constaó á en autos. A folio 16 se cit a las partes a o r sentencia. ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, don Ivo Skoknic Larraz bal, en representaci ná ó judicial, de Plaza Estaci n S.A., representada a su vez convencionalmenteó por su gerente general Nicol s Bennett Nualart interpuso demanda deá t rmino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y cobro deé rentas insolutas en contra de Malva Cecilia Gonz lez Gonz lez, solicitandoá á restituya la propiedad arrendada, totalmente desocupada, dentro de tercero d a que cause ejecutoria la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamientoí con fuerza p blica, y sin perjuicio de la obligaci n del arrendatario de tenerú ó que seguir pagando las rentas de arrendamiento y los consumos del inmueble arrendado, hasta el d a de la restituci n, con costas; En el primerí ó otros , dedujo demanda de cobro de rentas de arrendamiento, servicios yí consumos impagos, en contra de la arrendataria do a Malva Ceciliañ Gonz lez Gonz lez, ya individualizada, seg n fue relatado en lo expositivo.á á ú Segundo: Que la demandada no contest la demanda ni rindió ó prueba alguna que ponderar en autos. Tercero: Que, de lo dispuesto en los art culos 1.545, 1.938 y 1.942í del C digo Civil, se desprende que el contrato de arrendamiento es unó contrato bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa, y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta ltima su obligaci n principal oú ó esencial, en los t rminos del art culo 1.444 del cuerpo legal antes citado.é í Código: XTSDXRVPWFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, a su vez, el art culo 1.977 del C digo Civil establece que laí ó “ mora de un per odo entero en el pago de la renta dar derecho alí á arrendador, despu s de dos reconvenciones (...) para hacer cesaré inmediatamente el arriendo .” Cuarto: Que, atendida la naturaleza jur dica de la acci n intentadaí ó en autos y de conformidad a lo dispuesto en el art culo 1.698 del C digoí ó Civil, corresponde al actor probar la existencia de los contratos y las obligaciones contra das por la demandada en cuyo incumplimiento funda suí acci n, siendo de cargo de esta ltima, a su vez, probar el cumplimiento deó ú estas. Quinto: Que, en este orden de ideas, y con el fin de acreditar sus asertos, la parte demandante rindi la siguiente prueba: ó 1. Copia simple de Modificaci n y renovaci n de contrato de“ ó ó subarrendamiento , celebrado el 5 de abril de 2018, entre Plaza Estaci n” ó S.A. debidamente representada, en calidad de subarrendadora y do añ Malva Cecilia Gonz lez Gonz lez, en calidad de subarrendataria, respectoá á del P-600 del centro comercial Paseo Arauco Estaci n, de una superficieó aproximada de 6 metros cuadrados. En virtud de esta convenci n seó modifica el plazo de vigencia del contrato, acordando que se mantendrá vigente hasta el d a 30 de juí nio de 2018. Este plazo se renovará autom ticamente por periodos iguales y sucesivos de tres meses c
Fallo
se declarar terminado el contrato,á por aquella circunstancia. Asimismo, se acceder al cobro de las rentasá devengadas por los meses que corren desde el mes de mayo de 2022 a septiembre de 2023, por $17.358.852 (incluye IVA)., m s las que seá devenguen desde noviembre de 2023 a raz n de 25 U.F. mensuales m só á IVA. Código: XTSDXRVPWFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Adem s, de todas las rentas que se devenguen hasta que conste ená autos la efectiva restituci n del inmueble, a raz n de 25 Unidades deó ó Fomento mensuales, atendido que de acuerdo con la ltima modificaci n alú ó contrato de arrendamiento -suscrito por la demandada y no objetado en este juicio por aquella- el actual valor vigente de renta corresponde a 25 UF (tope) m s IVA.á D cimo:é Que, asimismo, atendido lo estipulado en la ltimaú modificaci n al contrato deó arriendo acompa ado, en que la parteñ arrendataria se obliga a pagar los consumos de electricidad, servicios de aseo, mantenci n, aseo y vigilancia, se acceder n el cobro por dichosó á conceptos que se encuentren efectivamente adeudados, desde el 6 de mayo de 2022, hasta la efectiva restituci n del inmueble arrendado.ó Und cimo:é Que en cuanto a los reajustes que proceden, se deber ná aplicar a las rentas adeudadas los establecidos en el art culoí 21 de la Ley N° 18.101. En este sentido, dicho reajuste s lo corresponder a las sumasó á determinadas en pesos, ya que las cantidades estab
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18368-2023 CARATULADO : PLAZA ESTACI N S.A./GONZ LEZÓ Á Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro Vistos, A folio 1 comparece Ivo Skoknic Larraz bal, abogado, domiciliado ená Estoril 50, oficina 303, Las Condes, en representaci n judicial de Plazaó Estaci n S.A., sociedad an nima representada leg
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