22º Juzgado Civil de Santiago

MANCILLA/FISCO DE CHILE - C.D.E.

Rol

C-5184-2024

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 21 de marzo de 2024, comparecen don Hugo Guti rrez G lvez, don Ramiro Guti rrez Acu a, y do a Yolanda Milancaé á é ñ ñ Nahuelhuaique, abogados, todos domiciliados en Paseo Bulnes N 216,° oficina 901, comuna de Santiago, en nombre y representaci n de donó ALEJANDRO CLAUDIO MANCILLA MU OZÑ , c dula de identidadé N 12.034.838-8, chileno, divorciado, monitor de educaci n, domiciliado en° ó Los Alel es N 6336, comuna de Pedro Aguirre Cerca, quien viene ení ° interponer demanda de indemnizaci n de perjuicios en contra del ó FISCO DE CHILE, representado, en su calidad de Presidente del Consejo de Defensa del Estado, por don R ul Letelier Wartenberg, abogado, ambosá domiciliados en Santiago, calle Agustinas 1225, Piso 4, de esta ciudad. Funda su pretensi n en que su representado fue objeto de torturas,ó vejaciones y otros tratos inhumanos y degradantes, lo cual se encuentra recogido en el Registro de la Comisi n de Prisi n Pol tica y Tortura con eló ó í N 13.870.° Principia su relato se alandoñ , que su detenci n se produjo cuando eraó un trabajador activo en una Lavander a, por Carabineros de Chile, yí mientras viajaba en un veh culo en Panamericana con avenida Lo Espejo,í con ocasi n de la coordinaci n de una protesta en la poblaci n La Bandera,ó ó ó quienes procedieron a dispararles, y a reducirlos. Lo introdujeron a un veh culo donde le cubrieron la cabeza, y le comenzaron a dar golpes deí culetazos, y a interrogar acerca de los

Fundamentos

motivos de su reuni n. Refiere, queó todos en su grupo ten an el mismo relato de la historia, adem s de laí á Código: JHJXXRBJDEK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5184-2024 Foja: 1 indicaci n de resistir unas cinco horas el interrogatorio, para que quienesó participaron de la protesta se pudieran ir. En la comisar a, afirma que lasí torturas eran muy fuertes, las cuales implicaban amenazas de muerte, golpes de pu os y culetazos, el golpe llamado el tel fono , adem s deñ “ é ” á colgamientos de sus extremidades, entre otros. Al d a siguiente, es trasladado a la c rcel de San Miguel, dondeí á permaneci por seis meses, y ó donde tambi n fue objeto de un trato muyé violento y lo privaron de comunicaci n.ó Se ala, que el Quinto Juzgado de San Miguel lo declar culpable yñ ó fue condenado a tres a os y un d a de libertad vigilada, debiendo firmarñ í regularmente. Que, de los hechos relatados, arguye que qued con una lesi n en laó ó espalda que califica como artrosis avanzada, atribuible a las golpizas recibidas. En cuanto al da o producido, rñ efiere que stos se fundan en haberé sido sometido el demandante a persecuci n, detenci n, torturas, amenazas,ó ó apremios ileg timos y prisi n pol tica en c rcel p blica, desde el 3 deí ó í á ú diciembre de 1988 al 4 de mayo de 1989, cuando recuper la libertad. Que,ó en dicho per odo se le trat con mucha violencia, sufriendo de secuelasí ó hasta el d a de hoy, como los dolores y malestares f sicos que le provocaní í una discapacidad de movimiento por dolor invalidante, adem s de losá traumas cr nicos y problemas psicol gicos que en l persisten, y que hanó ó é dejado huellas, tanto en el se or Mancilla, como en su familia.ñ Respecto a los fundamentos jur dicos de su acci n alude a que elí ó Estado de Chile es civilmente responsable, ya que los autores de los hechos descritos eran miembros de Orden. Agrega que el Estado de Chile ha reconocido expresamente su responsabilidad en los hechos de secuestro y tortura ocurridas durante la dictadura militar, mediante distintos instrumentos jur dicos como la Comisi n Nacional de Verdad yí ó Reconciliaci n y el Informe sobre Prisi n Pol tica y Tortura denominadoó ó í Informe Valech , en el cual se reconoce a su representado como v ctima.“ ” í Indica que la Responsabilidad del Estado emana del Derecho Administrativo en raz n del hecho propio al haber actuado como rganoó ó cometiendo actos il citos. Agrega que la responsabilidad del Estado seí Código: JHJXXRBJDEK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5184-2024 Foja: 1 encuentra consagrada tanto en la Constituci n Pol tica como en el Derechoó í Internacional de los Derechos Humanos. Indica que en el caso de autos se dan todos los requisitos que obligan al Estado a indemnizar los perjuicios causados, esto, ya que el da o moralñ se presume, la acci n u omisi n correspondi a rganos del Estado a

Fallo

por tanto, constituye un hecho pac fico, resultandoí Código: JHJXXRBJDEK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5184-2024 Foja: 1 inoficioso adentrarse a determinar la existencia de ese il cito, y conforme alí m rito de los instrumentos descritos en el considerando tercero, a los que seé les otorga valor probatorio, seg n su naturaleza, no objetados niú impugnados, y de conformidad a lo dispuesto en el art culo 342 N 3 delí ° C digo de Procedimiento Civil, se encuentra acreditado que el demandanteó fue v ctima de detenci n, torturas, y diversos maltratos f sicos y psicol gicosí ó í ó cometidos por agentes del Estado de Chile, constitutivos de violaciones a los Derechos Humanos. Ahora bien, en cuanto a la imputaci n de responsabilidad estatal, a laó luz de tales antecedentes, sta se configura claramente, lo cual fluye de losé hechos descritos y de la intervenci n de sus agentes, considerando enó particular lo dispuesto en el inciso primero del art culo 6 de la Constituci ní ° ó Pol tica de la Rep blica, en cuanto a la obligaci n de los rganos del Estadoí ú ó ó de someter su acci n a la Constituci n y a las normas dictadas conforme aó ó ella, y garantizar el orden institucional de la Rep blica, y ú espec ficamente loí preceptuado en su inciso final, al se alar que la infracci n de esta normañ ó generar las responsabilidades y sanciones que determine la ley;á considerando adem s lo dispuesto en el art culo 4 del D

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C-5184-2024 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5184-2024 CARATULADO : MANCILLA/FISCO DE CHILE - C.D.E. Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 21 de marzo de 2024, comparecen don Hugo Guti rrez G lvez, don Ramiro Guti rrez Acu a, y do a Yolanda Milancaé á é ñ ñ Nahuelhuaique, a

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