1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VARGAS/PROAMBIENTE S.A.

Rol

O-723-2023

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Demanda Javier Antonio Vargas Bugueño, ingeniero, cédula nacional de identidad N° 10.910.990-8, ambos con domicilio para estos efectos en San Crescente 384, comuna de Las Condes, interpone demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de unidad económica, despido indirecto, cobro de remuneraciones, feriado legal y proporcional y nulidad de despido, en contra de: (1) PROYECTOS OCEÁNICOS PROCEANIC S.A., R.U.T. N° 76.094.736-9; (2) PROIECTA INGENIERÍA ALEMANA S.A., R.U.T N° 76.034.501-6; (3) PROAMBIENTE S.A, R.U.T. N° 96.919.080-K, todas representadas por Joachim Vogdt, ignoro profesión u oficio, C.I. N° 14.599.447-0, todos domiciliados en Avda. Providencia 2653, oficina 1308, comuna de Providencia, de conformidad a los antecedentes de hecho y de derecho que, a continuación, paso a exponer: Indica que la relación laboral inició con 1 de mayo de 2010, que fue contratado bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, por la demandada Proyectos Oceánicos Proceanic S.A., para desempeñarse como Ingeniero de Proyectos, que se desempeñaba el cargo de Gerente Técnico, prestándole servicios a diversas empresas del holding IASA del que formaba parte Proyectos Oceánicos Proceanic S.A., que su remuneración ascendía a la suma de $3.432.666. Indica que se le adeudan feriados legal y proporcionales y que a la fecha del auto despido, las cotizaciones de seguridad social no habían sido pagado de manera íntegra, siendo uno de los

Fundamentos

motivos por lo que se auto despidió. En cuanto a los antecedentes del autodespido, señala que las demandadas, Proyectos Oceánicos Proceanic S.A., Pro Ambiente S.A. y Proiecta Ingeniería Alemana S.A., forman parte del Holding de empresas denominado Grupo IASA. Conforme a lo que se señala en su página web www.iasa.cl, el Grupo IASA es un holding de empresas de ingeniería y ciencias del medio ambiente que tiene como misión y objetivo entregar soluciones de diseño integrados en el ámbito de la ingeniería ambiental y sanitaria, de primer nivel tecnológico y con un enfoque práctico. Dentro de este grupo de empresas, la sociedad matriz es Proiecta Ingeniería Alemana S.A., cuya razón social original era Proyectos de Inversiones Ecológicas de Tecnología Alemana S.A., que luego fue modificada en el año 2014 a Proiecta Ingeniería Alemana S.A. con nombre de fantasía IASA (Ingeniería Alemana Sociedad Anónima). La inscripción social rola a fojas 45.934, número 31.625 del Registro de Propiedad del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y la modificación de la razón social rola a fojas 62.494, número 38.345 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2014, del mencionado Conservador. Esta sociedad presta servicios de saneamiento ambiental, manejo de aguas industriales y Riles, mecánica de suelos, estudios de napas y acuíferos, diseño de instalaciones y rellenos sanitarios, inspección técnica de obras, etc. Además de la sociedad matriz, existe Proambiente S.A. cuyos servicios consisten en llevar a cabo Auditorías Ambientales, de Cumplimiento RCA, de Residuos y/u otras emisiones, asimismo efectuar Estudios de Línea Base de Eficiencia Energética, Sistemas de Gestión de Energía (ISO 50.001), realizar Investigación de Sitios con Potencial Presencia de Contaminación (SPPC) y Estudios y asesorías en Declaraciones de Impacto Ambiental. La inscripción social de esta empresa rola a fojas 11.440, número 9.249 del Registro de Propiedad del año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La última sociedad que forma parte del holding IASA es Proyectos Oceánicos Proceanic S.A., cuyos servicios consisten en llevar a cabo estudios ambientales en acuicultura y proyectos de ingeniería en medio marino, estudios de ingeniería de obras marítimas estudios oceanográficos con o sin certificación SHOA, programas de vigilancia ambiental (PVA) y realizar monitoreo y modelación de contaminantes. La inscripción social de esta empresa rola a fojas 17.654, número 11.982 del Registro de Propiedad del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Señalado lo anterior, el Holding de empresas Grupo IASA, tiene como giro dar soluciones ambientales, además tiene una administración y dirección común, comparten las mismas oficinas, así, antes de la pandemia de coronavirus tenían oficinas ubicadas en Avda. Providencia 2653, oficinas 809 y 1308, después de la pandemia sólo la oficina 1308, ahí funcionan y tienen su domicilio las 3 empresas demandadas. En cuanto

Fallo

por tanto de dependencia y subordinación, ya que es lo fundamental de una relación laboral , en que ha quedado de manifiesto que la obligación de pagar por los servicios tanto de otros como de él, era de él mismo, por lo que aun cuando se pretenda hacer una diferenciación en época, lo cierto es que igualmente cualquier alegación anterior conforme al artículo 510 del Código del Trabajo se encontraría prescrito al caso, y dicho sea de paso a esa época se le pagó con acciones su indemnización. Que conforme lo expuesto, esta parte no puede dar cabida a que al resolver el presente, se pueda permitir concretar un fraude judicial por la contraria, lo que por lo demás, vendría sólo en corroborar una actuación reñida con la ley a la luz de lo penal. Llama la atención, que no es el demandado quien advierte, y de ninguna forma, que se encontraban impagos remuneraciones y cotizaciones, y para lo cual, según periodo que reclama, tuvo 6 meses, sino, que es el nuevo directorio al sesionar por primera vez en diciembre de 2022, y que al perder su calidad de director y de administración, y por tanto perder el control cerrado que tenía, decide utilizar su propio actuar previo, para auto despedirse y culpar de ello a una sociedad de la que es parte, solicitando que otorgue lo reclamado, y cuyo causa ha generado su propia persona, pero obviando en su libelo omite información y actuación propia y de suma importancia para la resolución de ésta; erigiéndose, por tanto, como una víctima laboral de al

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Demanda Javier Antonio Vargas Bugueño, ingeniero, cédula nacional de identidad N° 10.910.990-8, ambos con domicilio para estos efectos en San Crescente 384, comuna de Las Condes, interpone demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de unidad económica, despido indire

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