IRIARTE/ROJAS
Rol
C-27-2022
Fecha
30 de noviembre de 2024
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 11 de enero de 2022, folio 1, de la carpeta virtual, compareció don Jorge Cortes Monroy De La Fuente, abogado, domiciliado en calle Maip Nú º 499 oficina N 303 de la ciudad de Antofagasta, y para estos efectos en calle Miguelº Gallo N 601 de la ciudad de Copiap , en representaci n convencional de do a º ó ó ñ Dorys Luz Iriarte Rodr guezí , c dula nacional de identidad N 13.645.993-7, asistente judicial,é º domiciliada en calle Calbuco N 5737, Poblaci n O Higgins, Antofagasta y, en calleº ó ’ Miguel Gallo N 601, Copiap , en calidad de hija y nica heredera sobreviviente deº ó ú do a ñ Doris Antonia Rodr guez Munizagaí , con ltimo domicilio en calle Calbucoú N 5737 de la ciudad de Antofagasta, deduciendo demanda en juicio ordinarioº declarativo de los derechos de dominio que indica y de nulidad de la inscripci nó conservatoria que se ala, solicitando la cancelaci n de las inscripciones, subinscripcionesñ ó y anotaciones registrales que correspondan en el Conservador de Bienes Ra ces deí Copiap . ó En subsidio de lo anterior, interpone demanda en juicio ordinario de reivindicaci n del derecho de propiedad de la demandante, solicitando adem s laó á nulidad y la cancelaci n de la inscripci n de dominio a favor del demandado y laó ó practica de las inscripciones, subinscripciones y anotaciones pertinentes en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Copiap , y; en subsidio de lo anterior,í ó interpone acci n especial reivindicatoria del art culo 915 del C digo Civil y de Nulidad yó í ó Cancelaci n de la inscripci n que indica, en contra de don ó ó Tom s Ernesto Rojasá Vega, explosivista, con domicilio en la Poblaci n Los Estandartes, calle Juan Vilches Nó º 2062 y en calle Carlos Sayago N 910, ambos domicilios, de la ciudad de Copiapº ó Cimenta su acción aseverando que su representada do a ñ Dorys Luz Iriarte Rodr guezí es la nica heredera sobreviviente, en su calidad de hija, de do a ú ñ Doris Antonia Rodr guez Munizagaí , quien era en
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho, solicitando que la misma sea acogida, en todas sus partes y, se disponga por el tribunal adem s laá restituci n de la posesi n jur dica afectada por la inscripci n de dominio ya citada a suó ó í ó leg tima propietaria, declar ndose la nulidad de la inscripci n referida, cancel ndose laí á ó á misma, las subinscripciones y anotaciones derivadas de la misma y, finalmente realiz ndose adem s las inscripciones subinscripciones y anotaciones que sean pertinentesá á a nombre de la demandante. Todo ello, con expresa condena en costas del juicio reivindicatorio. Por ltimo y, en subsú idio de todo lo anterior, con los mismos fundamentos de hecho y de derecho, solicita se tenga por interpuesta y, se acoja finalmente la acci nó especial reivindicatoria del art culo 915 del C digo Civilí ó , declar ndose ená consecuencia la nulidad de la inscripci n practicada a fojas 2223 N 1734 del Registroó º de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces, correspondiente al a o 2015, en que seí ñ registra el dominio del inmueble de calle Miguel Gallo N 601 de esta ciudad a nombre° del demandado, y se ordene adem s, su cancelaci n, as como las derivadas de la mismaá ó í y, de sus subinscripciones y anotaciones resolviendo el tribunal el conflicto jur dico,í conforme al m rito de la causa, a las normas legales aplicables, a los principios generalesé de derecho, a la equidad y a la justicia particular del caso. Conforme a lo expuesto, disposiciones constitucionales del art culo 19 N 24, 76í º inciso 2 de la Constituci n Pol tica de la Rep blica; art culos 5 inciso 2 y 10 inciso 2º ó í ú í º º del C digo Org nico de Tribunales, art culos 5ó á í 82 y siguientes del C digo Civil, dem só á disposiciones legales citadas precedentemente y otras que fueren pertinentes y, de acuerdo adem s, a lo dispuesto en los art culos 254 y siguientes del C digo deá í ó Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario declarativo, en contra de don TOM S ERNESTO ROJAS VEGAÁ , ya Código: CXKBXRDQGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-27-2022. individualizado, con el objeto de que someta la misma a tramitaci n y en definitiva, seaó acogida y, se declare: I.- Que, se acoge la demanda en todas sus partes y, se reconoce el derecho de dominio exclusivo de la demandante do a ñ Dorys Luz Iriarte Rodr guezí , en su calidad de nica heredera sobreviviente de su madre, do a Doris rodr guez Munizaga, sobre elú ñ í inmueble materia de la Litis, ubicado en calle Miguel Gallo N 601 de la ciudad de° Copiap e inscrito a nombre del demandado a fojas 2223 N 1734 del Registro deó ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Copiap , correspondiente al a o 2015.í ó ñ II.- Que, se declare nula y se cancele la inscripci n del inmueble de calle Mó iguel Gallo N 601, de fojas 2223 N 1734 correspondiente al Registro de Propiedad del a oº º ñ 2015, del Conservador de Bienes Ra ces
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y, visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 565, 568, 582, 588, 670, 671, 686, 687, 688, 700, 702, 703, 706, 707, 717, 724,í 728, 889 y siguientes, 915, 951, 955, 956, 983, 984, 986, 1181, 1182, 1437, 1438, 1441, 1444, 1445, 1470, 1545, 1546, 1548, 1567, 1698, 1699, 1700, 1702, 1706, 1713, 1793, 1801, 1824, 1826, 1832, 1833, 1871, 2492, 2498, 2501, 2502, 2503, 2505, 2506, 2507, Código: CXKBXRDQGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-27-2022. 2508, 2509, 2513, 2514, 2515, 2517, 2518 y 2519 del C digo Có ivil; 144, 160, 170, 254 y siguientes 341, 342, 346 y 426 del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la excepci n de prescripci nó ó deducida por el demandado principal don Tom s Ernesto Rojas Vega, en lo principal de su escrito de 17 de mayoá de 2022, folio 16, en relaci n a las 3 acciones impetradas en su contra por do a Dorysó ñ Luz Iriarte Rodr guez en lo principal del libelo de folio 1, una en subsidio de la otra, y,í en consecuencia, se rechaza la demanda en todas sus partes. II.- Que se omite pronunciamiento acerca de las restantes excepciones perentorias impetradas por el demandado principal , seg n lo dicho en motivo 14ú precedente. III.- Que se acoge la demanda reconvencional intentada por don Tom sá Ernesto Rojas Vega en contra de do a Dorys Luz Iriarte Rodr guez en el primer otrosñ í í del escrito 17 de mayo de 2022, folio 16
Texto Completo (Preview)
ROL C-27-2022. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : C-27-2022 CARATULADO : IRIARTE/ROJAS Copiapó, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 11 de enero de 2022, folio 1, de la carpeta virtual, compareció don Jorge Cortes Monroy De La Fuente, abogado, domiciliado en calle Maip Nú º 499 oficina N 303 de la ciudad de Antofa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica