RAMÍREZ/INPROSER S.A EMPRESA CONSTRUCTORA
Rol
O-936-2023
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho que paso a exponer: I.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1.- Con fecha 01 de agosto de 2011, fui contratado por la demandada principal, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para cumplir funciones como obrero en las dependencias de la demandada solidaria, a saber, Fuerza Aérea de Chile, ubicada en Avenida José Miguel Carrera N°10525, comuna del El Bosque. 2.-Trabajé durante 12 años para la demandada, hasta el día 30 de agosto de 2023, siendo mi Contrato de Trabajo de carácter indefinido. 3.- La jornada de trabajo, según lo estipulaba el contrato, era de 45 horas. 4.- La remuneración que tenía era de $602.500.- que eran pagados de manera mensual, monto que servirá para el cálculo legal. 5.- Durante el transcurso de mi relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo mis funciones, siempre lo hice de forma leal, dedicada y transparente, con un comportamiento irreprochable, cumpliendo a cabalidad con todas las obligaciones, y manteniendo un excelente desempeño que la demandada siempre ponderó, ello se demuestra por los más de 12 años que se extendió la relación laboral, sin embargo, el vínculo terminó sorpresivamente y sin mediar explicación de mi empleador, despidiéndome con fecha 30 de agosto de 2023 según los antecedentes que detallo más adelante. II.- ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL: 1.- El día 30 de agosto de 2023 recibí por carta certificada un proyecto de finiquito, sin carta de aviso de término de contrato, incumpliendo de esta manera con lo establecido en nuestro Código del Trabajo, razón por la cual el despido es nulo. 2.- El día 31 de agosto de 2023 ingresé un reclamo administrativo ante la Dirección del Trabajo, celebrando la audiencia de conciliación con la inasistencia de la parte reclamada, por lo que me vi en la obligación de interponer la presente acción. 3.- En el proyecto de finiquito se establece causal de término del contrato, no estando de acuerdo con lo postulado, en el siguiente tenor: Señalan como causal la contenida en el artículo 161, número 1 del Código del Trabajo, sin detallar más antecedentes para fundamentar el despido. A la luz de lo antedicho es que la demandada ha incurrido en el error de no detallar con claridad bajo que presupuestos se configura la causal aplicada, además de que no cumplió con las formalidades mínimas, esto es, envía una carta de aviso del término del contrato de trabajo a su domicilio, por carta certificada. PRESTACIONES DEMANDADAS: De lo señalado en el cuerpo del presente escrito, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 168 del Código del Trabajo, vengo en solicitar a U.S. se condene al demandado a pagar las siguientes prestaciones: - REMUNERACIÓN DEL MES DE AGOSTO DE 2023 $600.000 (seiscientos mil pesos) - INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE AVISO PREVIO $600.000.- (seiscientos mil pesos) - FERIADO PROPORCIONAL $300.000.- (trescientos mil pesos) - INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIOS $6.600.000.- (seis millones seiscientos mil peso
Fallo
por tanto al demandante acreditarlos fehacientemente, según corresponda, conforme dispone el artículo 1698 del Código Civil. En especial controvierto y niego: a) Que la Fuerza Aérea de Chile o el Fisco de Chile puedan ser considerados responsables solidaria y/o subsidiariamente por las eventuales obligaciones laborales surgidas en la supuesta relación laboral existente entre el actor y su empleador. b) Que el demandante haya prestado servicios para el Fisco de Chile - Fuerza Aérea de Chile. c) Que en esta causa se verifiquen los presupuestos fácticos que permitan configurar el régimen de subcontratación laboral y que la Fuerza Aérea de Chile o el Fisco de Chile detenten la calidad de empresa principal o mandante de la demandada principal, de acuerdo con lo prescrito por el artículo 183- A del Código del Trabajo. d) Que exista alguna responsabilidad de la Fuerza Aérea de Chile o del Fisco de Chile ya sea en el término de la relación laboral del actor, en sus circunstancias o en sus consecuencias patrimoniales. e) La fecha de inicio y término de la relación laboral del demandante con la demandada principal, la naturaleza y monto de sus remuneraciones. f) Que el despido del actor pueda calificarse como “injustificado”. g) Que sean procedentes y por tanto que se adeuden al demandante los conceptos y prestaciones reclamados en libelo, como asimismo los montos reclamados. III. EXCEPCIONES, ALEGACIONES Y DEFENSAS. a. INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 446 DEL CÓD
Texto Completo (Preview)
Procedimiento : Ordinario Materia : Despido injustificado, cobro de prestaciones y régimen de subcontratación. Demandante : ORLANDO ALFREDO RAMÍREZ VARGAS Demandado : INPROSER S.A EMPRESA CONSTRUCTORA RIT : RUC : 23- 4-0530024-9 _______________________________________________________________/ San Miguel, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Encontrándose afinada la redacción de la sente
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica