ROJAS/SÁNCHEZ
Rol
O-2458-2024
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 3, 7, 32, 41, 43, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 171, 172, 445 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por don DANIEL FRANCISCO ROJAS ESPÍNDOLA en contra de SIDCOM S.P.A., SIDCOM LOGISTIC S.P.A. ambas representadas legalmente por doña Inés Sánchez Troncoso y en contra de la demandada persona natural doña INÉS SÁNCHEZ TRONCOSO, todos individualizados previamente y se declara: a. Que todas las demandadas constituyen una unidad económica, debiendo responder solidariamente del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley de los contratos individuales o de instrumentos colectivos. b. Que el despido indirecto ejercido por el trabajador demandante con fecha 12 de febrero del 2024, es justificado y en consecuencia las demandadas deberán pagar al actor en la forma señalada precedentemente los siguientes conceptos: 1. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, ascendente a la suma de $1.020.000. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a la suma de $1.020.000, incrementada esta última conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo en un 50%, esto es, la suma de $510.000. 3. Por concepto de remuneración, correspondiente a 12 días del mes de febrero del 2024, la suma ascendente a $408.000. 4. Por concepto de devolución de descuento improcedente en la remuneración del mes de agosto de 2023 y mes de enero de 2024, la suma ascendente de $100.000. 5. Por concepto de feriado legal, correspondiente a 21 días trabajados, en la suma de $714.000. 6. Por concepto de feriado proporcional, correspondiente a 8,25 días, la suma de $280.500. II.- Que las indemnizaciones y prestaciones deberán ser pagadas con los reajustes e intereses legales que corresponda de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según cada caso. III.- Que las demandadas de autos deberán pagar las remuneraciones y dem
Fundamentos
considerando PRIMERO: Que compareció el proceso don DANIEL FRANCISCO ROJAS ESPÍNDOLA, quien interpuso una demanda por despido indirecto, declaración de solicitud de unidad económica, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de las demandadas SIDCOM S.P.A., SIDCOM LOGISTIC S.P.A. y de la demandada persona natural y representante legal de dichas demandadas doña INÉS SÁNCHEZ TRONCOSO, todos ya individualizados en los presentes autos. Por esta consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 7, 32, 41, 43, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 171, 172, 445 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por don DANIEL FRANCISCO ROJAS ESPÍNDOLA en contra de SIDCOM S.P.A., SIDCOM LOGISTIC S.P.A. ambas representadas legalmente por doña Inés Sánchez Troncoso y en contra de la demandada persona natural doña INÉS SÁNCHEZ TRONCOSO, todos individualizados previamente y se declara: a. Que todas las demandadas constituyen una unidad económica, debiendo responder solidariamente del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley de los contratos individuales o de instrumentos colectivos. b. Que el despido indirecto ejercido por el trabajador demandante con fecha 12 de febrero del 2024, es justificado y en consecuencia las demandadas deberán pagar al actor en la forma señalada precedentemente los siguientes conceptos: 1. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, ascendente a la suma de $1.020.000. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a la suma de $1.020.000, incrementada esta última conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo en un 50%, esto es, la suma de $510.000. 3. Por concepto de remuneración, correspondiente a 12 días del mes de febrero del 2024, la suma ascendente a $408.000. 4. Por concepto de devolución de descuento improcedente en la remuneración del mes de agosto de 2023 y mes de enero de 2024, la suma ascendente de $100.000. 5. Por concepto de feriado legal, correspondiente a 21 días trabajados, en la suma de $714.000. 6. Por concepto de
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 21 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0564005-4 RIT O-2458-2024 CARATULADO Rojas/Sánchez MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 12:20 HORA DE TERMINO 12:59 SALA 6.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440564005-4-1348 PARTE DEMANDANTE (presente en
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