BANCO DE CHILE/BRAVO
Rol
C-9099-2023
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 29 de mayo de 2023, comparece Paula Arancibia Rodríguez, abogada, con domicilio en Bandera 577, piso 10, comuna de Santiago, mandatario judicial y en representación convencional de BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, factor de comercio, éstos últimos domiciliados en calle Ahumada 251, comuna de Santiago, y exponen: Que viene en interponer demanda de cobro de pesos, en contra de los herederos de don GUSTAVO RODOLFO BRAVO CANCINO, esto es, a su cónyuge doña ALEJANDRA CECILIA RÍOS BECERRA, ignoro profesión u oficio, y a sus hijos AGUSTINA JESUS BRAVO RÍOS, ignoro profesión u oficio, PASCUALA ALELÍ BRAVO RÍOS, ignoro profesión u oficio, todos con domicilio en 1) Avda. Balmaceda Nº760, comuna de San Javier, Región del Maule, y 2) Ex Fundo Santa Cecilia, parcela Nº3 S/N, parcela 3, comuna de San Javier, Región del Maule, todos como mutuario, para que paguen a su representado, como mutuante, la suma de $4.580.035.-, más intereses y costas. Con fecha 07 de mayo de 2024, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de los demandados y por deducida excepción de prescripción extintiva de la acción. Con fecha 16 de mayo de 2024, se tuvo por evacuado el traslado conferido al demandante, quien solicita Código: CVEQXRJRMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9099-2023 Foja: 1 el rechazo de la excepción con costas. En ese acto se deja la resolución de la excepción de prescripción para definitiva. Con fecha 27 de mayo de 2024, se efectúa el llamado a conciliación. El 21 de junio de 2024, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 13 de agosto de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO EN CONSIDERACION PRIMERO: Que con fecha 29 de mayo de 2023, comparece Paula Arancibia Rodríguez, abogada, mandatario judicial y en representación convencional de BANCO DE CHILE, cuyo
Fundamentos
fundamentos de hecho en que ésta se apoya, por lo que en el caso sub-lite la carga procesal recae en el demandante, quien para acreditar los presupuestos de hecho de su demanda acompañó los siguientes documentos: 1) Copia del pagaré descrito en lo principal; 2) Anexo pagaré Fogape Covid-19; 3) Mandato para suscribir y documentar deuda cliente; 4) Copia de la personería de don Jorge Luis Olivares Quintanilla y Enrique Eduardo Escalas Paineo, para representar al Banco de Chile y suscribir pagarés; 5) Certificado de defunción de don GUSTAVO RODOLFO BRAVO CANCINO; 6) Copia de la solicitud de la posesión efectiva, con beneficio de inventario, de la herencia testada quedada al fallecimiento de don GUSTAVO RODOLFO BRAVO CANCINO, cédula nacional de identidad N°14.497.642-8. A folio 42: 1) Pagaré N°994144976428037066 y anexo respectivo; 2) Cuadro de pago actualizado de pagaré; 3) Liquidación de deuda de pagaré; 4) Posesión efectiva de don Gustavo Bravo Cancino. A folio 44: Certificado del Registro Nacional de Posesiones Efectivas, donde consta la inscripción de la posesión efectiva del causante don Gustavo Bravo Cancino. Código: CVEQXRJRMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9099-2023 Foja: 1 DÉCIMO PRIMERO: Que del examen del documento mercantil que sustenta la acción deducida en autos, consistente en un Pagaré en cuotas, libre de objeción de contrario, consta que el demandado recibe la suma demandada y reconoce que debe y pagará a la orden del Banco de Chile, la suma de $ 6.001.556.-, pagadero en 42 cuotas de las cuales las primeras 41 serán iguales, mensuales y sucesivas, cada una de ellas por el monto de $154.803.- y la numero 42 por el monto de $154.813.- Las cuotas vencerían los días 01 de cada mes, venciendo la primera de ellas el 01 de febrero de 2021 y la última el 01 de julio del año 2024. Asimismo, a contar de la fecha de suscripción del pagaré, la suma o capital adeudado devengará intereses a la tasa del 3.480% anual. Finalmente, se estipulo que el no pago oportuno de alguna de las cuotas facultará al acreedor, una vez transcurridos 15 días corridos contados desde la mora o simple retardo, para hacer exigible el saldo total adeudado, como si fuese de plazo vencido; DÉCIMO SEGUNDO: Que, establecida la existencia y monto de la obligación demandada en autos, correspondía al demandado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1698 del Código Civil, acreditar o justificar el pago o solución de la misma, quien no rindió prueba alguna para tal efecto, por lo que en tales condiciones la demanda deducida en autos deberá ser acogida en la forma como se dispondrá en lo resolutivo de esta sentencia. Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1437, 1545 y siguientes y 1698 y siguientes del Código Civil, 140, 160, 169, 170, 254 y siguientes, 341 y siguientes, 385, 400 y 698 y siguientes del código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE DECLARA: a) Q u e s e r e c h a z a l a e x c e p c i ó n d e p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a Código: CVEQXRJRMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9099-2023 Foja: 1 b) Que se acoge la demanda deducida el 29 de mayo de 2023, por la abogada Paula Arancibia Rodríguez, en representación del Banco de Chile, y se condena a los demandados herederos de don GUSTAVO RODOLFO BRAVO CANCINO, esto es, a su cónyuge doña ALEJANDRA CECILIA RÍOS BECERRA, y a sus hijos AGUSTINA JESUS BRAVO RÍOS, y PASCUALA ALELÍ BRAVO RÍOS, a pagar al Banco de Chile la suma de $4.580.035.- (cuatro millones quinientos ochenta mil treinta y cinco pesos), más los intereses pactados, a contar de la fecha de notificación de la demanda; c) Que se condena en costas al demandado. Regístrese y archívense los autos, en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA CLAUDIA NATALIA VELOSO BURGOS, JUEZA TITULAR. ROL C-9099-2023 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro Código: CVEQXRJRMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9099-2023 Foja: 1 Código: CVEQXRJRMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-28T15:10:54-0300
Texto Completo (Preview)
C-9099-2023 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9099-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/BRAVO Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 29 de mayo de 2023, comparece Paula Arancibia Rodríguez, abogada, con domicilio en Bandera 577, piso 10, comuna de Santiago, mandatario judicial y en representa
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