18º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/RAMÍREZ

Rol

C-4999-2024

Fecha

28 de noviembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece José Miguel Matte Risopatrón, abogado, correo electrónico notificaciones@mattebarayon.cl, actuando en calidad de mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O´Higgins N°1449, Torre 04, Piso 8, Edificio Santiago Down- Town, comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Ramon Fernando Ramírez Becerra, ignora profesión u oficio, actualmente con domicilio en Talhuen N°106, V. Tres Puntas, comuna de Quilicura. Funda su demanda en el Pagaré a la vista extendido a la orden de su representada, el que fue suscrito con fecha 22 de diciembre de 2023 a nombre de la deudora por la suma de $7.614.437.- por Patricia Salas Marticorena quien actúa debidamente facultado para suscribir el pagaré de autos a nombre de la demandada y conforme mandato conferido por la ejecutada a su representada para suscribir el pagaré a su nombre y documentar la deuda. A contar de esta fecha la obligación devengará intereses a razón de la tasa máxima convencional que la ley permite estipular para operaciones moneda nacional no reajustables. Afirma que la deudora ya individualizada no ha dado cumplimiento a la obligación contraída, dado que no ha pagado íntegramente el crédito, encontrándose por ende en mora, adeudando actualmente a su representada la suma de $7.614.437.-, más los intereses por la mora estipulados en el pagaré, así como las costas del juicio. Señala que la firma del suscriptor del referido pagaré, fue autorizada por Notario Público, así, la deuda consta de un título ejecutivo, es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. En definitiva, solicita tener por entablada demanda en juicio ejecutivo en contra del demandado, ya individualizado, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embar

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece José Miguel Matte Risopatrón, abogado, correo electrónico notificaciones@mattebarayon.cl, actuando en calidad de mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O ´Higgins N°1449, Torre 04, Piso 8, Edificio Santiago Down- Town, comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Ramon Fernando Ramírez Becerra, ignora profesión u oficio, actualmente con domicilio en Talhuen N°106, V. Tres Puntas, comuna de Quilicura, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo, despachándose mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de $7.614.437.-, en capital, más el interés máximo convencional pactado, y Código: XUGRXRBXRQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4999-2024 en definitiva acoger la demanda, ordenando que se siga adelante la ejecución hasta hacerse a su representado entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones de los numerales 4°, 6°, 7° y 14° el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a los fundamentos expuestos precedentemente. En tanto, el actor solicitó el rechazo de las mismas, al tenor de lo reseñado en lo expositivo. TERCERO: Que, el actor acompañó 1) El pagaré fundante de la ejecución ya individualizado; 2) Copia de contrato planes personas servicios bancarios BCI; y 3) Copia de escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2018 otorgada ante Notario de Santiago, don Alberto Mozó Aguilar. En tanto, la parte ejecutada no aportó probanzas. CUARTO: Que, respecto a las excepciones promovidas, cabe recordar que las excepciones contenidas en el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil están dirigidas a los títulos, indicados en el artículo 434 del mismo cuerpo legal, y no a los documentos que le sirven de base, por cuanto aquellos serán objeto de un juicio declarativo, cual no es el caso de autos; QUINTO: Que, en la especie se ha hecho valer como título ejecutivo el contemplado en el artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, pagaré respecto del obligado cuya firma aparezca autorizada por un notario o por el oficial del Registro Civil en las comunas donde no tenga su asiento un notario. En efecto, el actor acompañó como título fundante de la ejecución de marras el pagaré antes singularizado, en el cual la firma de la persona suscriptora se encuentra autorizada por Notario Público; SEXTO: Que, para resolver la excepción de ineptitud del libelo, es necesario tener presente que ella tiene como objetivo esencial el evitar dificultades en cuanto a la identificación de las partes entre quienes se traba la litis, como asimismo, evitar la falta de

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba. A folio 23, encontrándose la causa en estado, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece José Miguel Matte Risopatrón, abogado, correo electrónico notificaciones@mattebarayon.cl, actuando en calidad de mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O ´Higgins N°1449, Torre 04, Piso 8, Edificio Santiago Down- Town, comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Ramon Fernando Ramírez Becerra, ignora profesión u oficio, actualmente con domicilio en Talhuen N°106, V. Tres Puntas, comuna de Quilicura, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo, despachándose mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de $7.614.437.-, en capital, más el interés máximo convencional pactado, y Código: XUGRXRBXRQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4999-2024 en definitiva acoger la demanda, ordenando que se siga adelante la ejecución hasta hacerse a su representado entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones de los numerales 4°, 6°, 7° y 14° el artí

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C-4999-2024 FOJA: 18 .- dieciocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4999-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/RAM REZÍ Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparece José Miguel Matte Risopatrón, abogado, correo electrónico notificaciones@mattebarayon.cl, actuando en calidad de mandatario jud

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