1º Juzgado Civil de Temuco

ALTAMIRANO/

Rol

V-196-2024

Fecha

28 de noviembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece JAVIERA PAZ ALTAMIRANO ALTAMIRANO, estudiante, domiciliada en calle Phillippi 673, de la comuna y ciudad de Temuco, solicitando autorizaci n del cambio de su segundo apellido, quedando poró consiguiente como JAVIERA PAZ ALTAMIRANO PASTOR. Relata que, es su pretensi n la eliminaci n de su apellido materno, para ser reemplazado por eló ó apellido paterno de su t a pol tica. Su motivaci n se funda, en la inexistenteí í ó relaci n con su madre biol gica, do a ALICIA DEL CARMEN ALTAMIRANOó ó ñ HERN NDEZ, quien, a lo largo de la vida de Javiera, ha permanecido emocional,Á comunicacional y econ micamente ausente y por ello, ha rehuido utilizar suó apellido. Agrega que, desde su nacimiento fue criada exclusivamente por sus t os,í do a PATRICIA ALEJANDRA PASTOR BALCAZAR y don LUIS NARCIZOñ ALTAMIRANO HERNANDEZ, quienes le proporcionaron asistencia, apoyo y un v nculo emocional. Es por ello, que, los identifica como familia y haí preferido ser denominada, familiar y socialmente, como “JAVIERA PAZ ALTAMIRANO PASTOR”. En base a los hechos relatados es que solicita la autorizaci n deó l cambio de su apellido materno,

Fundamentos

considerando que toda su vida ha sido conocida como “JAVIERA PAZ ALTAMIRANO PASTOR”, y le resulta menester concretar formalmente un cambio de identidad en la esfera social. Previas citas legales, finaliza solicitando, se elimine su apellido materno original “ALTAMIRANO” y se establezca como segundo apellido el de su t aí pol tica, “PASTOR”, quedando su nombre en definitiva de la siguiente forma:í “JAVIERA PAZ ALTAMIRANO PASTOR”. A folio 13, consta informe del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó A folio 28, se tuvo por acompa ada la publicaci n en el diario oficial,ñ ó respecto de la que no consta oposici n en autosó , conforme a lo certificado a folio 30. A folio 17, se rindi informaci n sumaria de testigos.ó ó Código: QFJCXRLFPLJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folios 7; 9 y 15, se dio cumplimiento al mandato del inciso s ptimo delé art culo 2 de la ley 17.344.í A folio 35, se certific lo referente al hecho de no existir opositor a laó presente solicitud, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 2, inciso cuarto deí la Ley 17.344. A folio 34, se orden traer los autos para fallo.ó CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para resolver la solicitud planteada por la peticionaria, de la forma como lo ha propuesto debe tenerse presente lo que dispone el art culo 1í inciso tercero de la ley 17.344, sobre cambio de nombre que en lo pertinente dispone: “… cualquiera persona podr solicitar, por una sola vez, que se laá autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante m s de cinco a os,á ñ por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.” SEGUNDO: Que, para acreditar su pretensi n, la solicitante se ha validoó de la siguiente prueba: I. Documental: 1. Certificado de Nacimiento solicitante. 2. Declaraci n jurada del hecho de encontrarse soltera y no tener hijos. ó II. Informaci n Sumaria de Testigos:ó a) Jennifer Paola Penrroz Ar valo y é b) Mar a Constanza Squella Trombertí TERCERO: Que, atendido los antecedentes proporcionados por la solicitante, y encontr ndose evacuadas las diligencias ordenadas por el Tribunal, necesariamenteá ha de concluirse que se ha acreditado fehacientemente en estos autos los requisitos de procedencia del cambio de apellido que requiere, por cuanto, en raz n del nuloó v nculo con la madre biol gica, se ha justificado que no se identifica a s mismaí ó í con el apellido materno consignado en su partida de nacimiento, y que s se sienteí familiarizada con quien la crio y apoy , su t a pol tica, do a Patricia Alejandraó í í ñ Pastor Balcazar, encontrado en la familia compuesta por sus t os una identidadí social y familiar. CUARTO: Que, del mimo modo la prueba rendida en autos ha resultado arm nica entre s , pues las mismas declaraciones de las testigos, se encuentranó í Código: QFJCXRLFPLJ Este documento tien

Fallo

SE DECLARA: Que, SE ACOGE la petici n de cambio de nombre por configurarse laó causal de la letra B) del art culo 1 de la Ley 17.344, y en consecuencia se ordenaí al se or Oficial del Registro Civil e Identificaci n, rectifique la inscripci n deñ ó ó nacimiento N°1780, del a o 1998, de la circunscripci n de OSORNO,ñ ó correspondiente a la titular JAVIERA PAZ ALTAMIRANO ALTAMIRANO, nacida el 16 de octubre de 1998, quedando su nombre en definitiva como: “JAVIERA PAZ ALTAMIRANO PASTOR”. Una vez ejecutoriada que se encuentre la presente resoluci n, pract quese laó í rectificaci n ordenada. ó Para efectos de la inscripci n correspondiente estese a lo dispuesto en eló art culo 56 inciso 3 del C digo de Procedimiento Civil, a saber “Las inscripciones,í ó subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resoluci n judicial, podr n seró á solicitadas al registro correspondiente directamente por la parte interesada, sin necesidad de receptor judicial, acompa ando las copias autorizadas de lasñ resoluciones y actuaciones obtenidas directamente del sistema inform tico deá tramitaci n con el correspondiente selloó de autenticidad. En este caso, la instituci nó a cargo del registro deber cerciorarse, a trav s de dicho sistema y bajo suá é responsabilidad, de la existencia de las resoluciones y que las mismas causan ejecutoria.” Atendido las instrucciones impartidas en Acta n° 44 -2022 de la Excelent sima Corte Suprema, proc dase la anonimizaci n de la presente causa yí é ó sentencia utiliz

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-196-2024 CARATULADO : ALTAMIRANO/ Temuco, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece JAVIERA PAZ ALTAMIRANO ALTAMIRANO, estudiante, domiciliada en calle Phillippi 673, de la comuna y ciudad de Temuco, solicitando autorizaci n del cambio de su segundo apellido, quedando poró consiguie

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