2º Juzgado de Letras de Quillota

BEAUVOIR/CONSTRUCTORA TRAFAHED SPA.

Rol

M-46-2024

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la causa. No habiendo sido contestada la demanda por la parte demandada, se hará uso de la facultad del artículo 453 N° 1 inciso 7° y N° 3 inciso final del Código del Trabajo, por lo tanto, admitiéndose como tácitamente los hechos de la demanda, procediéndose a dictar sentencia: Dictación y notificación de sentencia: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. - se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Quillota, a veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 44, 45, 55, 58, 63, 67, 73, 162, 168, 172, 422, 446 y siguientes, 499 y siguientes del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil,

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda, deducida por don JEAN PERALT BEAUVOIR, en contra de CONSTRUCTORA TRAFAHED SPA, ambos ya individualizados, en consecuencia el despido de que fue objeto el trabajador es incausado y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo que corresponde a $ 625.000.- 2.- Indemnización por 5 años de servicios por (cinco), por la suma de $3.125.000.- 3.- Recargo legal de la letra b) del Art. 168 del Código del Trabajo, conforme a la indemnización por años de servicios, por la suma de $ 1.562.500.- 4.- Feriado legal correspondiente a la anualidad del 22 de abril de 2023 al 22 de abril de 2024, por la suma de $ 426.993.- 5.- Feriado proporcional correspondiente al periodo del 23 de abril al 26 de julio de 2024, por la suma de $ 323.536.- II. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser con reajustes e intereses que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Se condena a la demandada en costas las que se regulan en un 10% de las sumas ordenadas pagar. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la sección de cumplimiento laboral de este tribunal. Téngase a las partes por notificadas del fallo dictado en audiencia y siendo las 11:13 horas se pone término a la misma. Regístrese, notifíquese y, archívese, en su oportunidad. RIT M-46-2024 RUC 24-4-06

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 22 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0616227-k RIT M-46-2024 MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO ENCARGADO DE ACTA Paola Martínez Vargas HORA DE INICIO 11:02 horas HORA DE TERMINO 11:13 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440616227-k-97 DEMANDANTE Jean Peralt Beauvoir ABOGADO Marcela Pizarro Muñoz

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