SALDIVIA/
Rol
V-99-2024
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En los folios 1 y 16, PAMELA MARGARITA SALDIVIA ARAVENA, asistente de párvulos, domiciliada en Canta Adela, Población San Pedro N°3768, de la ciudad de Valdivia, en representación de su hija menor de edad ANTONIA MAGDALENA VÁSQUEZ SALDIVIA, solicitó el cambio de apellido paterno de esta, de forma tal que quede identificada como Antonia Magdalena Saldivia Saldivia, con fundamento en que, de los tantos
Fundamentos
motivos que la llevan a querer realizar este cambio de apellido, es debido a la incomodidad que le provoca a su hija ser llamada por un apellido con el cual no se representa, ya que su papá biológico nunca estuvo presente y nunca ha tenido intenciones de establecer algún vínculo con Antonia. Además, según consta en certificado de nacimiento, su hija no tiene filiación paterna. Precisó que, Antonia quiere tener los mismos apellidos que su hermano mayor, Esteban Nicolás Saldivia Saldivia, ya que ella siempre se ha presentado como Antonia Saldivia Saldivia, igual que su hermano. Agregó que, las personas cercanas a ellos tienen conocimiento de que rara vez menciona su apellido (Vásquez), por cuanto no se siente en absoluto identificado con él, toda vez que implica un recordatorio constante de un padre ausente. También les ha comentado a las personas que considera de confianza, desde hace más de cinco años, su deseo de efectuar este cambio de nombre. Así, se ha presentado ante los demás con el nombre de Antonia Magdalena Saldivia Saldivia. Por lo anterior, es que requiere realizar el cambio de nombre de su hija y cambiar “Vásquez” por “Saldivia”, a fin de que su nombre completo pase a ser Antonia Magdalena Saldivia Saldivia. Por las consideraciones expuestas, solicitó que el nombre de su hija actual Antonia Magdalena Vásquez Saldivia se cambie a Antonia Magdalena Saldivia Saldivia. Código: VNZVXRRCFXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En el folio 5, se acompañó copia de la publicación en el Diario Oficial de la solicitud de autos de 1 de agosto de 2024, no habiéndose presentado oposición a la solicitud, dentro del plazo señalado en el artículo 2 inciso 5° de la Ley 17.344. En el folio 12, se evacuó el informe del Registro Civil, conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 17.344, en el que expresa que consta en su registro la inscripción de nacimiento N° 224, del año 2016, de la circunscripción de Valdivia, siendo titular de ella la menor Antonia Magdalena Vásquez Saldivia, nacida el 20 de febrero de 2016, consignándose en el rubro correspondiente a la madre a doña Pamela Margarita Saldivia Aravena, no indicándose el nombre del padre en rubro respectivo. Agrega que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión de la misma en la base de datos computacional del Servicio, no constan subinscripciones ni rectificaciones. Añade que no se adjunta el extracto de filiación y antecedentes del titular de la partida de nacimiento a rectificar por tratarse de un menor de edad y que en caso de acceder a la petición, se mantendrá invariable su número de RUN. En el folio 21, consta el acta de audiencia en la que la niña Antonia Magdalena Vásquez Saldivia ejerció su derecho a ser oída respecto de la solicitud de autos, en la cual expresó que está de acuerdo con la solicitud de folio 1 y que desea cambiar su nombre por el de “Antonia Magdalena Saldivia Saldivia” en razó
Fallo
se resuelve: Que se acoge la solicitud de folio 1. En consecuencia, se ordena al Oficial de Registro Civil de la circunscripción de Valdivia, cambiar el apellido paterno de Antonia Magdalena Vásquez Saldivia, RUN 25.296.324-3, de modo que se le Código: VNZVXRRCFXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl identifique como Antonia Magdalena Saldivia Saldivia, para lo cual deberá rectificar la partida de nacimiento Nº 224, del año 2016, de la circunscripción de Valdivia, con la sola presentación de la presente sentencia. Regístrese y notifíquese por correo electrónico al abogado de la solicitante. Rol V-99-2024. Dictada por doña Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro Código: VNZVXRRCFXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-27T15:31:34-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-99-2024 CARATULADO : SALDIVIA/ Valdivia, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro Vistos: En los folios 1 y 16, PAMELA MARGARITA SALDIVIA ARAVENA, asistente de párvulos, domiciliada en Canta Adela, Población San Pedro N°3768, de la ciudad de Valdivia, en representación de su hija menor de edad ANTONIA MAGD
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