3º Juzgado de Letras de Talca

SEPÚLVEDA/

Rol

V-283-2023

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 27 de diciembre de 2023, se presenta SUSANA MALVA SEPULVEDA GARRIDO, divorciada, Ingeniera en Administración Municipal, domiciliada en calle 6 oriente número 0174, entre 16 y 18 sur, el mirador calle larga de Talca. Refiere que. por este acto solicita se sirva declarar la ausencia por desaparición forzada de su hermano paterno, JUAN DE DIOS SEPÚLVEDA GONZALES, chileno, soltero, Estudiante Universitario, nacido el 1 de enero de 1952, cédula nacional de identidad número 7.002.121-8. Expone que, sobre la desaparición de su hermano Juan de Dios Sepúlveda Gonzales, de acuerdo con las declaraciones de familiares y testigos, el día 23 de septiembre de 1973, fue detenido por militares cuando se encontraba junto con otros jóvenes, en la Plaza de Armas de Los Ángeles. Desde dicha fecha permanece desaparecido. En relación a su inclusión en el informe sobre calificación de víctimas de violaciones de derechos humanos y de violencia política de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, señala que de conformidad a dicho informe, su Hermano Juan de Dios es víctima de Código: KNGXXRGBSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl violación de derechos humanos calificada por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Añade, que el relato de su desaparición se encuentra en las páginas 235-236 del mentado informe, que señala: “Sepúlveda González, Juan De Dios: 21 años, soltero, estudiante universitario, detenido desaparecido el 23 de septiembre de 1973 en Los Ángeles. Juan de Dios Sepúlveda Gonzáles fue detenido ese día, en la Plaza de Armas de Los Ángeles, por efectivos militares. Añade que, desde esta fecha permanece desaparecido. Durante su educación secundaria había sido activo dirigente estudiantil, y al momento de su detención militaba en el Partido Socialista. Indica que, de acuerdo con las declaraciones de familiares y testigos, el 23 de septiembre fue detenido por milit

Fundamentos

considerando los antecedentes reunidos y las investigaciones realizadas por la indicada Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Juan de Dios Sepúlveda Gonzáles, encontrándose detenido por agentes del Estado, fue hecho desaparecer. En tal virtud, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.” Que en cuanto a las normas legales, los hechos antes descritos configuran la hipótesis que el artículo 1° de la Ley 20.377 prescribe como desaparición forzada, por cuanto su hermano don Juan de Dios Sepúlveda Gonzales, fue detenido por obra de agentes del Estado, seguido de la negativa a reconocer su privación de libertad, y el ocultamiento de su suerte y paradero. Cabe señalar que, para efectos de los artículos 2° y 3° de la Ley 20.377, es decir, para efectos de probar mí legitimidad activa; su hermano fue soltero, no tuvo hijos y tanto su madre como nuestro padre fallecieron; acompañando en esta presentación los certificados respectivos, y solicitando en el tercer otrosí un oficio a fin de acreditar el fallecimiento de la madre de mi hermano Juan y de acuerdo con los antecedentes expuestos y lo dispuesto en la ley Nº 20.377. solicita se sirva tener por interpuesta solicitud de declaración de ausencia por desaparición forzada, admitirla a tramitación y en definitiva, acogerla, declarando la ausencia por desaparición forzada de su hermano paterno JUAN DE DIOS SEPÚLVEDA GONZÁLES, cédula nacional de Código: KNGXXRGBSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl identidad número 7.002.121-8, y, una vez ejecutoriada la sentencia, se proceda a transferir sus bienes de conformidad con lo establecido en el artículo 9° y siguientes de la Ley Nº20.377. Con fecha 27 de diciembre de 2023, rolan certificados de nacimientos, de calidad de víctima, copias simples del informe sobre calificación de víctimas de violaciones a los derechos humanos y certificado de defunción Con fecha 17 de enero de 2024, rolan publicaciones efectuadas en el Diario Talca. Con fecha 4 de marzo de 2024, rola oficio de la Tercera Comisaria de carabineros de esta ciudad. Con fecha 22 de marzo de 2024, rola oficio de la Policía de Investigaciones de Chile. Con fecha 4 y 8 de abril de 2024, rolan oficios del Registro Civil e Identificación de Chile. Con fecha 11 de junio de 2024, rola oficio del Servicio Electoral de esta ciudad. Con fecha 26 de junio de 2024, rola información sumaria de testigos con los dichos de doña Clelia del Carmen Sepúlveda Garrido, casada, dueña de casa, domiciliada en 12 sur N°139 Villa Los Nogales II de Talca y doña Nicole Fernanda Retamales Muñoz, soltera, estudiante, domiciliada en 19 ½ poniente con 26 sur N°0559 de Talca, quienes previamente juramentadas exponen: La primera señala que, conoce a don Juan de Dios Sepúlveda Gonzales, ya que es su hermano por parte de papa, que su hermano Juan de Dios es un detenido desaparecido, quien fue estudiante universitario, no tuvo hijos y er

Fallo

fallo y ejecutoriada que sea, se transferirán- entendiendo que el legislador quizó decir, transmitirán- los bienes, de acuerdo a los órdenes establecidos en el artículo 9° y 11 de la Ley N°20.377 Por las anteriores consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto, además, en los artículos 41 y 990 del Código Civil, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 1 y siguientes de la Ley N° 20.377, se decide: I.-) Que se declara la ausencia por desaparición forzada de JUAN DE DIOS SEPULVEDA GONZALES, nacido el 01 de enero de 1952, según consta de la inscripción N°177 del Registro de Nacimientos del año 1952 del Servicio de Registro Civil e Identificación, circunscripción Talca, cedula nacional de identidad N°7.002.121-8. II.-) Ejecutoriada que sea el presente laudo, el servicio antes aludido, procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de transferir- transmitir- todos los bienes del desaparecido a las personas designadas en el artículo 9° de la Ley N°20.377, todo ello conforme lo ordena el artículo 11 del texto legal en referencia. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°283-2023. Código: KNGXXRGBSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl DICTADA POR DON ALVARO SAAVEDRA SEPULVEDA. JUEZ LETRADO TITULAR. AUTORIZA DON JUAN RODRÍGUEZ MOYA. SECRETARIO SUBROGANTE. En Talca a veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, notifique por el estado diario la resolución que

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FOJA: 63 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-283-2023 CARATULADO : SEP LVEDA/Ú Talca, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 27 de diciembre de 2023, se presenta SUSANA MALVA SEPULVEDA GARRIDO, divorciada, Ingeniera en Administración Municipal, domiciliada en calle 6 oriente número 0174, entre 16 y 18 sur, el mir

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