BANCO ITAU CHILE S.A/JAQUE
Rol
C-440-2024
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 09 de enero de 2024, mediante presentaci n ingresadaó por oficina judicial virtual, comparece don Andr s Silva Charpentier,é abogado, mandatario judicial y en representaci n convencional de ó BANCO ITA CHILE, Ú sociedad an nima bancaria cuyo Gerente General es donó Gabriel Amado de Moura, ingeniero comercial, estos ltimos domiciliadosú en Avenida Presidente Riesco N 5.537, comuna de Las Condes, quienº deduce demanda ejecutiva en contra ALEJANDRO EDUARDO JAQUE MANDIOLA, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Bailen N 2236,ó ° comuna de Maip , solicitando se despache en su contra Mandamiento deú Ejecuci n y Embargo por la suma de $4.982.890.- m s intereses y costas.ó á Funda su demanda en los siguientes pagar s:é 1) Pagar a la vista N 5436960293244313, suscrito con fecé ° ha 13 de noviembre de 2023, por la suma de $1.159.942.- por concepto de capital. 2) Pagar a la vista N 202128529, suscrito con fecha 13 de noviembreé ° de 2023, por la suma de $3.822.948.- por concepto de capital. Se ala que se estipul que a contar de la fecha de suscripci n yñ ó ó durante toda la vigencia de la obligaci n, esta devengar a intereses a la tasaó í m xima convencional para operaciones de cr dito de dinero no reajustablesá é que rija a la fecha de suscripci n.ó Código: YSXFXRBKWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Indica que presentado a cobro los documentos, el deudor no pag losó montos adeudados, raz n por la cual y de acuerdo con lo pactado,ó mediante esta demanda el acreedor hace exigible el monto adeudado, que asciende a la suma de $1.159.942 y $3.822.948 respectivamente, m s losá intereses penales ya descritos hasta la fecha del pago efectivo. Agrega finalmente que las firmas consignadas en los pagar s antesé singularizados se encuentran autorizadas por Notario P blico, raz n por laú ó cual dicho instrumento tiene m rito ejecutivo, y siendo la obligaci n l quida,é ó í actualmen
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, BANCO ITA CHILE dedujoÚ demanda ejecutiva en contra de don ALEJANDRO EDUARDO JAQUE MANDIOLA todos ya individualizados, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que en su presentaci n expuso, solicitando se despacheó mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $3.822.948.- m s los intereses y costas.á SEGUNDO: Que, el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n mediante las excepciones contempladas en los n merosó ú 2, 4, 7, y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdoí ó con los antecedentes que fueron rese ados en la parte expositiva de esteñ fallo, los cuales se dan enteramente por reproducidos. TERCERO: Que previo al an lisis de las excepciones opuestas, cabeá consignar que la ejecutante acompa al expediente los siguientesñó documentos: 1) Pagar a la vista N 5436960293244313, suscrito con fechaé ° 13 de noviembre de 2023, por la suma de $1.159.942; 2) Pagar a la vistaé N 202128529, suscrito con fecha 13 de noviembre de 2023, por la suma de° $3.822.948; 3) Escritura p blica de Mandato, con firma electr nicaú ó avanzada, de fecha 17 de febrero de 2020, suscrita en la Notar a deí Santiago de don Ren Benavente Cash, Repertorio 16.069-2020; Escrituraé p blica de Mandato, con firma electr nica avanzada, de fecha 28 de marzoú ó de 2016, suscrita en la Notar a de Santiago de don Ren Benavente Cash,í é Repertorio 9.342-2016; 4) Escritura p blica de Mandato Judicial yú “ Revocaci n de fecha 19 de diciembre de 2023, suscrita en la Notar a deó ” í Santiago de do a Mar a Soledad Lascar Merino repertorio n 62.405-2023;ñ í ° y 5) Escritura P blica de Mandato judicial , de fecha 12 de octubre deú ” Código: YSXFXRBKWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 2023, suscrita en la Notar a de Santiago de do a Patricia Manr quezí ñ í Huerta, repertorio 14.798-2023. CUARTO: Que respecto a la primera excepci n opuesta por eló ejecutado, referida a la falta de capacidad del demandante o de personer aí o representaci n legal del que comparezca en su nombre, es necesarioó indicar que el art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil dispone queí ° ó quien comparezca en juicio a nombre de otro, en desempe o de unñ mandato, deber exhibir el t tulo que acredite su representaci n, siendoá í ó poder suficiente el constituido por escritura p blica otorgada ante notario,ú cumpli ndose dicho requisito con la sola exhibici n del t tulo en el queé ó í consta la representaci n que se invoca, lo que se verifica al momento en queó el tribunal provee la demanda y se autoriza el poder de autos, no siendo necesario,
Fallo
por tanto, acreditar las circunstancias que en dicho instrumento se contienen. QUINTO: Que en este sentido, la alegaci n del deudor deber seró á rechazada, por cuanto quien comparece en la demanda como abogado de la ejecutante, lo hace en virtud de un mandato para representarla, como consta tanto de la escritura p blica de fecha 13 de octubre de 2023,ú repertorio N 14.798-2023, MANDATO JUDICIAL , como en la escritura° “ ” p blica de fecha 19 de diciembre de 2023, repertorio N 62405-2023,ú ° MANDATO JUDICIAL Y REVOCACI N , la ejecutante confiri a don“ Ó ” ó Andr s Eduardo Silva Charpentier, la facultad de representarla con todasé aquellas enumeradas en el inciso primeo del art culo 7 del C digo deí ó Procedimiento Civil y las dem s especiales enunciadas en dichas escrituras.á Es en virtud de dichas escrituras que la compareciente deduce la acci n deó autos y en su calidad de abogado habilitado es que asume el patrocinio y poder, el que se constituy cumpliendo todos los requisitos establecidos en eló art culo 1 de la Ley N 18.120, pues el libelo aparece patrocinado porí ° abogado y contiene la firma, nombre y domicilio de este. Asimismo, y en cuanto a la falta de acreditaci n de la calidad deó representante legal de la actora, sin perjuicio de lo se aladoñ Código: YSXFXRBKWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 precedentemente, y m s all de las meras aseveraciones de la ejecutada, noá á se han acompa ad
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Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-440-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/JAQUE Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 09 de enero de 2024, mediante presentaci n ingresadaó por oficina judicial virtual, comparece don Andr s Silva Charpentier,é abogado, mandatario judicial y en re
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