9º Juzgado Civil de Santiago

RIEGEL/

Rol

V-264-2020

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Walter Riegel Von Conta, casado, agricultor, domiciliado en avenida Presidente Kennedy N 9.070, oficina 1.501, comuna° de Vitacura, solicitando autorizaci n judicial para donar a las personas queó indica. Se ala que el 29 de enero de 1982ñ contrajo matrimonio con do añ Betina Mar a Wolf Gopfert, el que se inscribi bajo el N 6 del a o 1982 deí ó ° ñ la circunscripci n de La Cruz.ó De dicha uni n nacieron los siguientes hijos: Ver nica Bettina, Robertó ó Walter, Daniela Cristina y Steffanie Gabriela, todos Riegel Wolff. Es due o del 2% de los derechos sociales de la sociedad Agr cola Losñ í Sauces Limitada, RUT 76.203.920-6, la que se constituy por escrituraó p blica de 30 de noviembre de 2004, otorgada en la notar a de Santiago deú í Patricio Zald var Mackenna, cuyo extracto se inscribi a fojas 39.897í ó N 29.671 del Registro de Comercio del a o 2004 del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Santiago.í Es su deseo donar parte de su participaci n en dicha sociedad a susó hijas: - Steffanie Gabriela Riegel Wolff, el 0,75% de los derechos sociales de los que es due o; y, ñ - Daniela Cristina Riegel Wolff, el 0,25% de los derechos sociales de los que es due o.ñ Las donaciones de los referidos derechos sociales no producen menoscabo en su patrimonio por cuanto posee bienes, flujos de dinero y participaciones en sociedades suficientes para poder mantener su nivel de vida. En efecto, el monto de su patrimonio supera los $2.000.000.000. Asimismo, no se vulneran las leg timas por cuanto los bienes queí pretende donar no alcanza el 25% de su patrimonio. Las donaciones que se proyectan efectuar se har n como meraá liberalidad y en forma irrevocable. Código: YKTXXRKKTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se rindi informaci n sumaria de testigos el 15 de diciembre de 2020.ó ó Se acompa certificado del Servicio de Impuestos Internos que dañó cuenta del pago de la respectiva carga tributaria

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil establece Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita eó irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” A su vez, el art culo 1í 401 del mismo cuerpo legal, refiere que La“ donaci n entre vivos que no se insinuare solo tendr efecto hasta el valor deó á dos centavos, y ser nula en el exceso .á ” SEGUNDO: Que los requisitos de la insinuaci n se encuentranó establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimiento Civil, el queí ó se ala ñ “El que pida autorizaci n judicial para una donaci n que debaó ó insinuarse, expresar :á 1 . El nombre del donante y del donatario, y si alguno de ellos se° encuentra sujeto a tutela o curadur a o bajo potestad de padre o marido;í 2 . La cosa o cantidad que se trata de donar;° 3 . La causa de la donaci n, esto es, si la donaci n es remuneratoria° ó ó o si se hace a t tulo de leg tima, de mejora, de dote o sí í olo por liberalidad; y, 4 . El monto l quido del haber del donante y sus cargas de familia° í ”. TERCERO: Que en cuanto al primer requisito se encuentran plenamente individualizados el donante y las donatarias, siendo todos plenamente capaces. CUARTO: Que, en relaci n con el segundo requisito, el solicitanteó ha detallado convenientemente los bienes que donar .á QUINTO: Que se ha expresado la causa de la donaci n, la cual seó realiza por mera liberalidad, cumpliendo con el pago del impuesto a las donaciones de conformidad con la Ley N 16.271, seg n lo informado por el° ú Servicio de Impuestos Internos. SEXTO: Que finalmente sobre el cuarto requisito, el donante ha manifestado el monto l quido de su haber patrimonial y no tener cargas deí familia. Código: YKTXXRKKTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl S PTIMO: Que el cumplimiento de las exigencias É legales, adem s, haá sido confirmado por las declaraciones de los testigos presentados en autos. En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culosí 1386, 1401 y siguientes del C digo Civil, art culos 889 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se concede a don Walter Riegel Von Conta, RUN 6.526.841-8, autorizaci n para donar a sus hijas Steffanie Gabriela Riegeló Wolff, RUN 16.575.745-5; y, Daniela Cristina Riegel Wolff, RUN 17.753.740-3, los porcentajes de derechos sociales de que es due o en lañ sociedad Agr cola Los Sauces Limitada, indicados en lo expositivo.í Reg strese, notif quese, dese copia y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatro.é Código: YKTXXRKKTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-26T17:12:39-0300

Fallo

fallo el 7 de noviembre de 2024. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil establece Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita eó irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” A su vez, el art culo 1í 401 del mismo cuerpo legal, refiere que La“ donaci n entre vivos que no se insinuare solo tendr efecto hasta el valor deó á dos centavos, y ser nula en el exceso .á ” SEGUNDO: Que los requisitos de la insinuaci n se encuentranó establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimiento Civil, el queí ó se ala ñ “El que pida autorizaci n judicial para una donaci n que debaó ó insinuarse, expresar :á 1 . El nombre del donante y del donatario, y si alguno de ellos se° encuentra sujeto a tutela o curadur a o bajo potestad de padre o marido;í 2 . La cosa o cantidad que se trata de donar;° 3 . La causa de la donaci n, esto es, si la donaci n es remuneratoria° ó ó o si se hace a t tulo de leg tima, de mejora, de dote o sí í olo por liberalidad; y, 4 . El monto l quido del haber del donante y sus cargas de familia° í ”. TERCERO: Que en cuanto al primer requisito se encuentran plenamente individualizados el donante y las donatarias, siendo todos plenamente capaces. CUARTO: Que, en relaci n con el segundo requisito, el solicitanteó ha detallado convenientemente los bienes que donar .á QUINTO: Que se ha expresado la causa de la donaci n, la cual seó realiza por mera liberalidad, cumpliendo con el pago del

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-264-2020 CARATULADO : RIEGEL/ Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatro.é VISTOS: Comparece don Walter Riegel Von Conta, casado, agricultor, domiciliado en avenida Presidente Kennedy N 9.070, oficina 1.501, comuna° de Vitacura, solicitando autorizaci n judicial para donar a las personas queó indica

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