25º Juzgado Civil de Santiago

DEL PINO/

Rol

V-60-2024

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, en folio 1 de la carpeta electrónica, compareció KARINNA ALEXANDRA GAETE FERNÁNDEZ, trabajadora, soltera, en representación de su hija menor de edad ANTONIA BELÉN DEL PINO GAETE, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 23.125.955-4, ambas domiciliadas para estos efectos en Pasaje 34 N°1652 comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, a fin de eliminar su primer apellido “DEL PINO” y cambiarlo por “KURTE”, quedando individualizada en definitiva como ANTONIA BELÉN KURTE GAETE. Al efecto señaló que al momento de su nacimiento su hija fue inscrita con el nombre ANTONIA BELÉN DEL PINO GAETE; en el registro correspondiente de la circunscripción Providencia, número de inscripción 5.168 del Año 2009, sin embargo, desde los 3 años y medio de edad ha sido reconocida como ANTONIA BELÉN KURTE GAETE y no como ANTONIA BELÉN DEL PINO GAETE, por sus entornos familiares, sociales y académicos. Indicó que la niña desea llevar el apellido de su actual pareja, con la que se ha relacionado por más de 11 años, de nombre Cristhian Rodrigo Kurte Peña, a quien reconocería como su padre, el que lo es a su vez de su segunda hija de 6 años y que, Antonia quiere llevar el mismo apellido de su hermana, a fin de no sentir el menoscabo al tener que explicar esa diferencia. Agregó, que ha sido su pareja quien ha estado presente en los distintos logros y procesos de su hija, tanto escolares como a lo largo de su desarrollo, formándola y apoyándola, asumiendo ininterrumpidamente el rol paterno siendo esto reconocido naturalmente tanto por mi hija como por todos sus conocidos. Por otro lado, manifestó que a pesar de presentarse en la sociedad como ANTONIA BELÉN KURTE GAETE, en todas las instituciones en las cuales debe realizar algún tipo de trámite, debe mencionar su actual nombre legal, lo que le produce un menoscabo moral, siendo objeto de innumerables confusiones y malentendidos que necesita dejar en el pasado a raíz de todo lo señalado en esta

Fallo

se declara: Que se acoge la solicitud de folio 1 de la carpeta electrónica y, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, proceda a rectificar la partida de nacimiento, con número de inscripción 5168, sin Registro del año 2009 de la circunscripción Providencia, en que actualmente aparece como titular ANTONIA BELÉN DEL PINO GAETE, R.U.N. 23.125.955-4, para que quede en definitiva como ANTONIA BELÉN KURTE GAETE, R.U.N. 23.125.955-4. Sirva copia autorizada del presente fallo, debidamente ejecutoriado, como mérito suficiente para requerir la inscripción antes decretada. Regístrese y dese copia. DICTADA POR DOÑA BEATRIZ CATRILEO, JUEZA (S). Código: XJQQXRGVYNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatroé Código: XJQQXRGVYNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-26T16:14:37-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-60-2024 CARATULADO : DEL PINO/ Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatroé VISTOS: PRIMERO: Que, en folio 1 de la carpeta electrónica, compareció KARINNA ALEXANDRA GAETE FERNÁNDEZ, trabajadora, soltera, en representación de su hija menor de edad ANTONIA BELÉN DEL PINO GAETE, chilena, soltera, estud

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