ARÁNGUIZ/
Rol
V-142-2023
Fecha
26 de noviembre de 2024
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Teresa del Carmen Aránguiz Ramírez, dueña de casa, cédula de identidad n° 6.169.642-3, domiciliada en calle Miramar n° 350, comuna de El Quisco, quien expone ser dueña del depósito a plazo renovable indefinido endosable (DAP) por períodos de 90 días, n° serie 013706405490, n° operación 071004191741, fecha captación 19/06/2023, capital inicial 1.706,0362 UF, capital final 1.740,6331 Unidades de Fomento, tomado en oficina sucursal preferencial Napoleón B, del Banco BCI, o también conocido como Banco de Crédito e Inversiones, empresa de giro de su denominación, domiciliado en calle Huérfanos N° 835, oficina 1101, comuna de Santiago, región Metropolitana, sin la custodia electrónica, el cual se encuentra vigente y no ha sido cobrado. Por lo anterior, se procedió dar al Banco BCI la orden de no pago por estar extraviado, con fecha 23 de junio de 2023 a las 11:55 horas, ya que no consta la custodia electrónica de aquel. Conforme al artículo 88 y siguientes de la Ley n° 18.092 y Ley n° 18.552, solicita se sirva declarar extraviado el DAP N° 013706405490, renovable, ya individualizado precedentemente, y ordene el no pago del mismo y declare la nulidad del documento extraviado, ordenando a dicha institución bancaria proceda a emitir un duplicado de dicho depósito a plazo renovable en original y con mérito de una copia autorizada de la sentencia, se permita ejercer los derechos que le corresponden en virtud del referido DAP, y se le entreguen los valores que de él emanen. Segundo: Que se notificó por cédula a folio 19, de conformidad al artículo 3 N° 3 letra B de la Ley 21.394, y del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, al demandado de autos Banco de Crédito e Inversiones. Tercero: Que, para acreditar sus dichos, la peticionaria acompaño: copia de depósito a la vista con fecha 23 de junio de 2023, emitido por BCI; copia certificado de BCI, la orden de no pago del DAP con fecha 23 de junio de 2023, emitido por sucursal de San Antonio, jefe de servicio a clientes. Cuarto: Que, así las cosas, han vencido los plazos de cinco días para el obligado y librado, y de treinta días respecto de tercero, sin que persona Código: CHHWXRGZSNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl alguna haya aparecido para oponerse a la solicitud o para hacer valer derechos sobre dicho documento, en los términos de la disposición referida, lo que, además, permite tener por acreditada la existencia y vigencia del crédito representado por el instrumento mercantil referidos, por lo que se acogerá la petición de autos.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.902, se declara: 1.- Que se acoge la solicitud interpuesta y se declara el extravío del depósito a plazo renovable indefinido endosable en UF, número de operación 071004191741, número de serie 013706405490, emitido por Banco BCI (Banco de Crédito e Inversiones) a la orden de Teresa del Carmen Aránguiz Ramírez, capital inicial de 1.706,0362 UF y capital final de 1.740,6331 UF. 2.- Que, en concordancia con lo anterior, se autoriza a doña Teresa del Carmen Aránguiz Ramírez, domiciliada en calle Miramar n° 350, comuna de El Quisco, para ejercer los derechos que correspondan como portador y tenedor del instrumento extraviado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por Alexandra Yáñez Jara, jueza del Juzgado de Letras de Casablanca. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: CHHWXRGZSNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-26T16:02:31-0300
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Rol V-142-2023 Materia: Extravío de título de crédito. Solicitante: Teresa del Carmen Aránguiz Ramírez. Casablanca, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Teresa del Carmen Aránguiz Ramírez, dueña de casa, cédula de identidad n° 6.169.642-3, domiciliada en calle Miramar n° 350, comuna de El Quisco, quien expone ser dueña del depósito a plaz
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