2º Juzgado de Letras de Curicó

MUÑOZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ROMERAL

Rol

C-2245-2024

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: En el folio 1, de fecha 22 de julio de 2024, comparece don Jorge Alejandro Fuster Mansilla, abogado domiciliado en calle Manuel Montt N°357 de la ciudad de Curicó, en representación de don JUAN PAULO MUÑOZ REYES, chileno, cédula nacional de identidad N°14.485.219-2, pensionado, divorciado, domiciliado en calle Carmen N°695, comuna de Curicó, quien de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil, presenta demanda de declaración de prescripción de deuda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ROMERAL, corporación de derecho público, representada por su Alcalde titular don Carlos Alberto Vergara Zerega, ambos domiciliados en calle Ignacio Carrera Pinto Nº279, comuna de Romeral, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que a continuación pasa a exponer: Que, con fecha 15 de marzo de 2023 compró un vehículo station wagon marca Nissan modelo Kicks Sense 1.6, año 2018, numero de motor HR16- 458518T, color NARANJO METALICO, placa patente única KGDS 83-0. Sucede que dicho vehículo no ha sido usado desde el año 2018 por lo que presentaba una deuda por permisos de circulación desde esa fecha. Que dado el tiempo transcurrido únicamente le corresponde pagar los permisos de circulación desde el año 2022, en adelante, siendo más alto el valor de los permisos de circulación atrasados que el vehículo mismo, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2492, 2514, 2521 del Código Civil, demando la declaración de prescripción de la deuda de los permisos de circulación correspondiente a los años 2019, 2020 y 2021, la cual asciende a la suma de $615.873. toda vez que tratándose de órganos Municipales o el fisco el plazo de prescripción en TRES AÑOS. Código: UUWVXRYBXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2245-2024 Foja: 1 En mérito de lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 254 del Código de Procedimiento Civil, artículos 2492

Fallo

En mérito de lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 254 del Código de Procedimiento Civil, artículos 2492 y siguientes del Código Civil, solicita al Tribunal tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción de acciones, derechos, y deuda en materia de permisos de circulación, en contra de la Ilustre Municipalidad de Romeral, corporación de derecho público, representada por su Alcalde titular don Carlos Alberto Vergara Zerega, ambos domiciliados en calle Ignacio Carrera Pinto Nº1213, comuna de Romeral, someterla a tramitación, y en definitiva declarar al efecto la prescripción de las acciones, derechos y deudas de permisos de circulación correspondiente a los años 2019, 2020 y 2021, con costas en caso de oposición. En el folio 6, de fecha 21 de agosto de 2024, se lee estampado receptorial, en el que consta que se notificó personalmente a don Carlos Alberto Vergara Zerega, en su calidad de Alcalde de la I. Municipalidad de Romeral, de la acción impetrada en su contra, designación del tribunal y proveído de la misma, con fecha 19 de agosto de 2024. En el folio 9, de fecha 2 de octubre de 2024, rola resolución que tuvo por contestada la demanda, en rebeldía de la parte demandada. En el folio 14, con fecha 23 de octubre de 2024, rola audiencia de conciliación, con la asistencia del abogado de la parte demandante, don Jorge Fuster Mansilla y en rebeldía de la parte demandada, se procedió: Llamadas a las partes a CONCILIACIÓN, esta no se produce. En

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C-2245-2024 Foja: 1 FOJA: 18.- dieciocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : C-2245-2024 CARATULADO : MUÑOZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ROMERAL Curico, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro Visto: En el folio 1, de fecha 22 de julio de 2024, comparece don Jorge Alejandro Fuster Mansilla, abogado domiciliado en calle Manuel Montt N°357 de la

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