CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./GALLARDO
Rol
C-10380-2023
Fecha
26 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de junio de 2023, comparece Gonzalo Salgado Barros, abogado, para estos efectos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O Higgins 949, oficina 1901, comuna de Santiago mandatario’ judicial, de CAT Administradora de Tarjetas S.A., persona jur dica delí giro de su denominaci n, Rut. 99.500.840-8, representada por su Gerenteó General don Luis Alberto Aubele Ram rez, Ingeniero Comercial, ambos coní domicilio en Avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, Las Condes, y deduce demanda ejecutiva en contra de Dennis Ornella Gallardo Miranda, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Oscar Lanas 663,ó comuna de Ovalle. Refiere que su representada CAT Administradora de Tarjetas S.A., antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual due a y leg tima tenedora, del pagar a la orden n mero 3660078 por lañ í é ú suma de $1.545.721.- con vencimiento el 30 de mayo de 2023. Que el referido pagar fue suscrito en representaci n de la deudora,é ó por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/oé ACC S.A., representada individual e indistintamente por Egon Arriagada L pez, Daniel Duarte Cuervo, Jorge Caycho Pachas, Carolina Andreaó Morales Sierra, Tamara Gonz lez Meza, Fernando Camilo Vega Mu oz yá ñ Rodrigo Lampre Lara, en virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor, seg n consta del Contrato de Apertura de Cr dito queú é acompa a.ñ Código: FNWXXRFGUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10380-2023 Foja: 1 Sostiene que el mencionado pagar no fue pagado a la fecha de sué vencimiento, raz n por la cual la deudora, ya individualizada, adeuda laó suma antes se alada, devengando adem s el m ximo de inter sñ á á é convencional que la ley permite estipular para operaciones de cr dito deé dinero no reajustables en moneda nacional, por todo el per odo de la moraí o simple atraso, m s las costas.á Indica que la obligaci n es l quida y/o liquidabl
Fundamentos
motivos econ micos y personales, se constituy enó ó mora de pagar la cuota que venc a el d a 30 de mayo de 2023. í í Que, en relaci n al art culo 98 de la Ley N 18.092 sobre Letra deó í ° cambio y Pagar , donde el plazo de prescripci n es de un a o,é ó ñ plazo razonable y mucho m s que suficiente para que el acreedor ejerza susá derechos y acciones respecto del pagar de autos, de modo que estaé interpretaci n no importa ning n desmedro de sus derechos, ni perjuicioó ú Código: FNWXXRFGUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10380-2023 Foja: 1 alguno para l, sino que s lo establece reglas claras que regulan estaé ó instituci n tan importante y fundamental de nuestro ordenamiento jur dico,ó í como es la prescripci n extintiva o liberadora. ó Se ala que la acci n ejecutiva se encuentra ntegramenteñ ó í prescrita respecto de todas las cuotas restantes, toda vez que la mora o simple retardo se dio desde el d a 30 de mayo de 2023,í y que hasta la fecha, ha transcurrido con creces el plazo de un a o desde la mora o simple retardoñ hasta la notificaci n de la demanda ejecutiva y requerimiento de pago, queó ser la fecha en que resuelva esta presentaci n, como lo establece el art culoá ó í 98 de la Ley N 18.092 sobre Letra de Cambio y Pagar . ° é El 28 de octubre de 2024, se tiene por notificada expresamente a la ejecutada, y por requerida y de pago, y se confiere traslado a la excepci nó opuesta. El 29 de octubre de 2024, la ejecutante se allana a la excepci nó deducida, solicitando expresamente la no condenaci n en costas, por haberó tenido motivo plausible para litigar. El 14 de noviembre de 2024, se cita a las partes para o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ha comparecido en autos Cat Administradora de tarjetas S.A, a trav s de su apoderado, y deduce demanda ejecutiva ené contra de Dennis Ornella Gallardo Miranda, ya individualizada, a fin que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la sumaó $1.545.721.-, m s los intereses pactados, seg n tasa m xima convencionalá ú á estipulada en el pagar , devengados desde el d a del vencimiento se aladoé í ñ en sta, hasta el momento de su pago efectivo, reajustes y costas;é disponiendo que debe seguirse adelante la ejecuci n hasta el entero yó cumplido pago de estas sumas, si el deudor no pagare en el acto del requerimiento. Ello, por los fundamentos de hecho y de derecho ya se alados en lo expositivo y que se tienen por reproducidos.ñ SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la ejecuci n la excepci n ó ó del art culo 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, es decir, í º ó La“ Código: FNWXXRFGUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10380-2023 Foja: 1 prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutivaó ó ó , solicitando se” niegue lugar a la ejecuci n con costas, por lo argumentos esgrimidos en laó parte expositiva y que se tienen por reproducidos en su totalid
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los art culos 1438 y 1698 del C digo Civil; 144, 160, 170, 464 N 17 , 470 yí ó ° ° 471 del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que, se acoge la excepci n opuesta por la parte ejecutadaó contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, respecto de la acci n ejecutiva, quedando enó consecuencia la parte ejecutada absuelta de la presente ejecuci n.ó II.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese y arch vese.í í Código: FNWXXRFGUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10380-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatroé Código: FNWXXRFGUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-26T12:59:08-0300
Texto Completo (Preview)
C-10380-2023 Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10380-2023 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./GALLARDO Santiago, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatroé VISTOS: Con fecha 22 de junio de 2023, comparece Gonzalo Salgado Barros, abogado, para estos efectos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O Hig
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