BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/BASTÍAS
Rol
C-3235-2024
Fecha
26 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 12 de agosto deó 2024, comparece don Claudio Troncoso Marabol , abogado, domiciliadoí en calle Los Carrera Nº 380, oficina 210, comuna de La Serena, en representaci n judicial de fuente convencional, por mandato que constaó en un otros , del í Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad an nimaó bancaria del giro de su denominaci n, deduciendo demanda ejecutiva enó contra de don Jaime Eduardo Bast as Chianí , ignora profesi n uó oficio, domiciliado en calle Guillermo Schmidt Nº 3018, y/o en calle Carlos Mondaca Nº 2299, San Joaqu n, ambos comuna de La Serena,í y/o en calle Larrondo Nº 1281, comuna de Coquimbo, y/o en calle Camino El Cristo Nº 158, comuna de Machal , por los fundamentosí de hecho y de derecho que expone. Se ala que don Jaime Eduardo Bast as Chian, ya individualizado,ñ í suscribi , a trav s de su mandatario, Banco de Cr dito e Inversiones,ó é é representado por don Carlos Alejandro Marconi Vargas, a la orden del Banco de Cr dito e Inversiones, un pagar con fecha 27 de marzo deé é 2020, por la suma de $68.280.159.- (sesenta y ocho millones doscientos ochenta mil ciento cincuenta y nueve pesos), suma que la deudora se Código: GSJQXRNFDJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3235-2024 Foja: 1 oblig a pagar en 59 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, por la sumaó de $1.434.971.- (un mill n cuatrocientos treinta y cuatro miló novecientos setenta y un pesos), cada una, venciendo la primera de ellas el d a 08 de junio de 2020 y las restantes los d as 08 de losí í meses siguientes. La tasa de inter s de esta obligaci n es de 0,6926%é ó mensual, vencido, durante todo el plazo pactado. Indica que dicho mandato consta del documento denominado Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios, que en un otros se acompa a. í ñ Afirma que llegada la fecha de vencimiento de la cuadrag simaé sexta cuota, esto es el d a 08 de marzo de 2024, sta
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado Claudio Troncoso Marabol , ení representaci n de Banco de Cr dito e Inversiones, ha deducido demandaó é ejecutiva en contra de don Jaime Eduardo Bast as Chian, respecto delí pagar suscrito con fecha 27 de marzo de 2020, por la suma deé $68.280.159.- por concepto de capital, m s los intereses respectivosá se alados en dicho documento, que el ejecutado se oblig a pagar enñ ó 59 cuotas, venciendo la primera de ellas el d a 08 de junio de 2020 yí las restantes los d as 08 de los meses siguientes, habiendo incumplido suí obligaci n a partir de la cuadrag sima sexta cuota, esto es el d a 08 deó é í marzo de 2024, adeudando a su representado la suma de $21.568.385.- (veinti n millones quinientos sesenta y ocho mil trescientos ochenta yú cinco pesos), m s los intereses se alados y las costas de la causa.á ñ SEGUNDO: Que la parte ejecutada, opuso a la ejecuci n, lasó excepciones del art culo 464 N° 1, 7 y 9 del C digo deí ó Procedimiento Civil, esto es, la incompetencia del tribunal ante quien se haya presentado la demanda, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado; y el pagoó de la deuda. TERCERO: Que, en apoyo a su demanda ejecutiva, la ejecutante acompa la siguiente prueba documental:ñó 1. Pagar singularizado en la demanda.é 2. Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios. CUARTO: Que, a fin de acreditar los fundamentos de las excepciones deducidas, la parte ejecutada no ha acompa ado medio deñ prueba alguno. Código: GSJQXRNFDJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3235-2024 Foja: 1 QUINTO: Que el ejecutado opuso en primer t rmino laé excepci n del art culo 464 N°1 del C digo de Procedimiento Civil,ó í ó esto es, la incompetencia del tribunal, fundado en que el domicilio se alado en el t tulo ejecutivo de autos, fue determinado por unñ í mandatario fuera de la esfera de sus atribuciones, sostiene que su representado nunca otorg poder al mandatario que suscribi el pagaró ó é para acordar una pr rroga de competencia. Agrega que el pagar es unó é acto unilateral del deudor, por lo que no constituye un acuerdo entre las partes. Finalmente, argumenta que incluso si la cl usula fueraá v lida, el banco ejecutante ten a conocimiento del domicilio de suá í representado en la comuna de Machal , motivo por el cual, la pr rrogaí ó de la competencia no operar a.í SEXTO: Que se debe dejar asentado en el presente
Fallo
fallo que el ejecutado no ha negado ni discutido la existencia del mandato en cuya virtud se suscribi en su representaci n el pagar puesto a cobro, seg nó ó é ú se ala expresamente al fundar la excepci n que se analiza, sino que suñ ó reproche est dirigido a que el mandatario quien habr a actuado fueraá í de la esfera de sus atribuciones al indicar en el pagar como domicilioé la ciudad y comuna de La Serena, cuando dicha parte tendr a otroí domicilio. S PTIMO:É Que el examen del t tulo ejecutivo fundante de laí presente ejecuci n da cuenta de la existencia de una cl usula enó á relativa al domicilio, y en la que se consign lo siguiente: “ó Para todos los efectos legales, judiciales o extrajudiciales derivados de este pagar ,é las partes acuerdan someterse a los Tribunales de Justicia con asiento en la comuna y ciudad del domicilio del suscriptor, lo que será obligatorio tanto para el suscriptor como para sus avales, endosantes u obligados por garant a. Sin perjuicio declaro, que mi domicilio yí Código: GSJQXRNFDJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3235-2024 Foja: 1 residencia son los consignados en este t tulo, comprometi ndome a darí é pronto aviso por escrito al Banco, en el evento que realice cualquier cambio de domicilio en el futuro”. OCTAVO: Que de la lectura del contrato de Contrato de cuenta corriente y otros servicios bancarios, acompa ado por el demandante, esñ posible constatar que en su cl usu
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C-3235-2024 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-3235-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/BAST ASÍ La Serena, veintis is de noviembre de dos mil veinticuatroé VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 12 de agosto deó 2024, comparece don Claudio Troncoso Marabol , abogado, domiciliadoí en calle Los
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