1º Juzgado de Letras de Linares

CISTERNA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1899-2024

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. Primero: Demanda: A folio 01, de fecha 16 de octubre de 2024, comparece do a GRACE GIERKE SAAVEDRA, abogada, con domicilioñ en Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1025, oficina 21, Concepci n, por suó representada, seg n se acreditar , do a OLAYA DEL CARMENú á ñ CISTERNA LAGOS, comerciante, con domicilio en San Antonio Encina Código: KGZXXRPXCJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sin n mero, comuna de Linares, quien con respeto dice:ú Que, por ese acto viene en interponer DEMANDA DECLARATIVA DE PRESCRIPCI N DE DEUDA POR PERMISO DEÓ CIRCULACION, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, corporaci n aut noma de Derecho P blico, representada por suó ó ú alcalde, don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en calle Kurt Moller 391, Linares, por los antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer: I. EN CUANTO A LOS HECHOS: Que su representada es due a del veh culo tipo STATION WAGON,ñ í marca TOYOTA, modelo RAV 4 2.0, motor 3ZR6368950, a o 2015, placañ patente HBRT.59-3, color plateado Silver ME. Es del caso se alar, que con fecha 28 de junio del 2024 del presenteñ a o, la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidadñ ó ó de Linares ha emitido un certificado de deuda por la suma de $2.682.329.-, por concepto de permisos de circulaci n.ó Dicho certificado incluye cuotas que se detallan en el certificado que se acompa a en el primer otros , las cuales exceden el plazo de 3 a os a lañ í ñ fecha, contados desde su vencimiento. II. EL DERECHO Esta solicitud se funda en todo nuestro ordenamiento jur dico civil ení torno a la prescripci n, entre cuyas normas se destacan:ó En primer lugar, el art culo 2492 , el que define a la prescripci n deí ° ó las acciones judiciales como: modo de extinguir las acciones y derechos“… ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto tiempo concurriendo los dem s requisitos legales .á …” Luego, en el

Fundamentos

fundamentos de su demanda acompa los siguientes medios deñó prueba. Prueba Documental. A folio 1 la parte demandante acompa con citaci n los siguientesñó ó documentos: 1.- Certificado de deuda por permisos de circulaci n, de fecha 28 deó junio del 2024. 2.- Certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo deó í su representada. 3.- Mandato judicial en que consta poder con que act a.ú Sexto: Prueba de la parte demandada. Que la parte demandada, no rindi en estos autos, medios probatorios para ser ponderados por eló Tribunal. S ptimoé : Que, respecto de las normas que rigen la prescripci nó extintiva, efectivamente de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 2521 delí C digo Civil, y en relaci n con el plazo, las acciones de las Municipalidadesó ó para cobrar tributos municipales prescriben en el plazo de tres a os, desdeñ que la obligaci n se hizo exigible, por lo cual, podr a sostenerse en teor a ,ó í “ í ” que la acci n para perseguir el cobro de lo adeudado, eventualmente seó habr a extinguido parcialmente por prescripci n.í ó Octavo: Que adem s del trascurso del tiempo, la prescripci ná ó extintiva debe ser alegada por la persona en cuyo beneficio la ha establecido el legislador, esto es, el deudor u obligado personalmente al pago, derecho que puede ser renunciado por su titular de manera expresa o t cita a trav sá é Código: KGZXXRPXCJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del pago, como claramente se desprende de lo dispuesto en los art culosí 2518, 2519 y 12 del C digo Civil.ó Noveno: Que del m rito de las pruebas agregadas a los autos y deé acuerdo al valor probatorio de las mismas, lo dispuesto en el art culo 2521í del C digo Civil, que establece que las acciones de las Municipalidades paraó cobrar tributos municipales prescriben en el plazo de tres a os desde que lañ obligaci n se hizo exigible, plazo que en las obligaciones de autos hanó transcurrido en exceso, y habi ndose allanado la demandada, procedeé acoger la demanda de autos. Y teniendo adem s presente lo dispuesto en los art culos 144, 160,á í 313 y 342 del C digo de Procedimiento Civil, 1698, 2514 y 2521 deló C digo Civil,

Fallo

se declara:ó I.- Que, se ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1, por do a GRACE GIERKE SAAVEDRA,ñ abogada, por su representada do a OLAYA DEL CARMEN CISTERNAñ LAGOS, y se declara la prescripci n extintiva de las acciones por conceptoó de cobro de permisos de circulaci n respecto del veh culo tipo STATIONó í WAGON, marca TOYOTA, modelo RAV 4 2.0, motor 3ZR6368950, a oñ 2015, placa patente HBRT.59-3, respecto de los periodos comprendidos desde el a o 2017, hasta el a o 2021, ambos a os inclusive.ñ ñ ñ II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada, por haberse allanado. Notif quese, reg strese, dese copia autorizada a la parte que lo soliciteí í y arch vese en su oportunidad.í Rol C-1899-2024.- Dicto don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. Código: KGZXXRPXCJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-26T12:39:19-0300

Texto Completo (Preview)

CAUSA ROL C-1899-2024 MATERIA PRESCRIPCI NÓ EXTINTIVA DE ACCI NÓ DE COBRO DE PERMISOS DE CIRCULACI NÓ C digo P18Aó PROCEDIMIENT ORDINARIO. DEMANDANTE OLAYA DEL CARMEN CISTERNA LAGOS RUT 12.373.036-4 ABOGADO GRACE HELEN GIERKE SAAVEDRA RUT 18.108.911-3 DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES RUT 69.130.300-4 ABOGADO GONZALO REBOLLEDO GONZALEZ RUT 16.537.110-0 FECHA DE INGRESO 16 de octubre de 2

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