Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CEPEDA/PGV SEGURIDAD LIMITADA

Rol

O-1576-2023

Fecha

20 de noviembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se funda la demanda y con el solo objeto de poner término al presente juicio, ofrece pagar ofrece pagar las siguientes sumas que fueron en definitiva aceptadas por la parte demandante, respecto de don Cristian Urrea Plaza la suma de $10.857.918.- y respecto de don Rodrigo Cepeda Lara la suma de $2.128.000-, el pago se efectuará mediante transferencia o depósito en la cuenta corriente de la abogada de la parte demandante doña Carol Apablaza Chauquepán en Banco BCI número 76310574, Rut del titular 15.550.853-1, correo electrónico carol.apablaza@gmail.com, el pago se verificará dentro de los 20 días hábiles bancarios a contar de esta fecha. 2. En virtud de este acuerdo las partes se dan amplio finiquito respecto de los hechos contenidos en la demanda y de las acciones que han sido impetradas en relación a esta demandada, renunciando expresamente a cualquier tipo de acción, pretensión, reclamo o derecho que se funde en los mismos. 3. Por otro lado respecto de la demandada que ha arribado a este acuerdo HIPERMERCADO TOTTUS S.A., esta una vez efectuado el pago se subrogará los derechos respecto a los demandantes Cristian Urrea Plaza y Rodrigo Cepeda Lara, hasta por el monto pagado a estos, para perseguir su responsabilidad en PGV SEGURIDAD LTDA, ejerciendo en su caso la acciones legales que resulten procedentes. 4. Cada parte pagará sus costas Se deja establecido además, que los demandantes presentes en la audiencia manifestaron expresamente su conformidad con los términos del presente acuerdo El tribunal aprueba este acuerdo y le otorga su aprobación a este acuerdo en todo que no sea contrario derecho, otorgándole valor de sentencia firme y ejecutoriada para todos los efectos legales, salvo la acción para exigir el cumplimiento de lo aquí acordado. Regístrese. Las partes consienten en tener como suficiente suscripción del acta respectiva, la aceptación que han otorgado a los términos del acuerdo, por lo que ésta sólo será firmada por el magistrado que dir

Fundamentos

considerandos: Teniendo presente además lo dispuesto en el artículo 1, 7,10, 63, 73, 55, 58, 161, 162, 163, 168, 173 y 446 y siguientes todo el Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve lo siguiente: I. Que, SE ACOGE LA DEMANDA deducida por el abogado Luciano Henríquez Alarcón en representación de don CRISTIAN ANDRES URREA PLAZA y don RODRIGO ALEJANDRO CEPEDA LARA ya individualizados, declarando que el despido de que fueron objeto con fecha 01 de agosto del año 2023 es improcedente, condenando a la demandada en este caso PGV SEGURIDAD LTDA al pago de las siguientes prestaciones: Respecto de don Cristian Andrés Urrea Plaza: · La suma de $2.763.810.- por concepto feriado legal. · La suma de $21.715.837.- por indemnización por años de servicio. · La suma de $1.974.167.- por sustitutiva de aviso previo. · Recargo legal por el despido improcedente $6.514.751.- · Y la nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales desde la fecha del despido hasta 1 de agosto 2023 hasta su convalidación conforme al artículo 162 inciso quinto y siguientes del Código del Trabajo en razón de $1.974.167.- mensuales. Respecto de don Rodrigo Cepeda Lara: · La suma de $1.489.573.- por concepto de feriado legal. · La suma de $585.189.- por concepto de feriado proporcional. · La suma de $4.256.000.- por indemnización por años de servicio. · $1.064.000.- por sustitutiva de aviso previo. · Recargo legal por despido improcedente $1.276.800.- · La nulidad del despido desde la fecha de este hasta su convalidación en razón de $1.064.000.- mensuales. II. Además se condena a la demandada al pago de las cotizaciones respecto de don Rodrigo Cepeda AFC, AFP Capital,

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Semipresencial) FECHA 20 de noviembre de 2024 Registro de audio en remoto Sala 9 RUC 23-4-0524136-6 RIT O-1576-2023 MAGISTRADO CLAUDIO ALEJANDRO ALVAREZ RAMIREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Mariela Romero Concha HORA DE INICIO 12:21 horas HORA DE TERMINO 13:34 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340524136-6-1343 DEMA

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