ARAYA/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA
Rol
C-2421-2024
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Roció Su Ellen Araya Bugueño, cédula de identidad N°15.574.184-8, con domicilio para estos efectos en calle 3 Oriente Nº2575 de Calama; en contra de I. Municipalidad de Calama, Rut N°69.020.200-K, representada legalmente por su alcalde, don Eliecer Chamorro Vargas, cédula nacional de identidad N°12.607.560-k, chileno, ambos con domicilio en Vicuña Mackenna N°2001, Calama. Que, con fecha 26 de septiembre de 2022, adquirió el vehículo inscripción JVPW.53-8, tipo STATION WAGON, del año 2018, marca Mazda, modelo ALL NEW CX 3 R 4X4 2.0, motor Nº PE31071064, chassis NºJM7DK4W76J0135485, serie NºJM7DK4W76J0135485, color GRIS, combustible GASOLINA y PBV de 1.792,00 Kilos. Que, por diversas razones, no fueron pagados los permisos de Circulación, correspondientes a los años 2020 en adelante. Que, previas citas legales que indica, solicita tener por interpuesta demanda y declarar que se han extinguido las acciones de cobro de los permisos de circulación adeudados, respecto del vehículo placa patente JVPW.53-8, por los períodos desde 2020 a 2021 señalados, sus intereses, reajustes y multas. SEGUNDO: Que, a folio 9, compareció doña Scarlet Nieto Molina, Abogada en representación de la Ilustre Municipalidad de Calama, representada legalmente por don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, Alcalde de la Comuna, quien contesta la demanda y se allana parcial y expresamente a la demanda de prescripción extintiva, interpuesta por el actor, por cuanto efectivamente las cuotas por concepto de permiso de circulación, desde el año 2020 hasta el año 2021, por un total de $948.223.-, incluidos multas y reajustes se Código: FSXMXRMRXUH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2421-2024 Foja: 1 encuentran prescritos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2521 de Código Civil, entendiendo la aplicación de la normativa al tratarse de un impuesto municipal, de conformidad con lo regulado en el artículo 12 del Decreto Ley N°3.036 sobre Rentas Municipales. Que, hace reserva de acciones respecto de períodos posteriores y no prescritos al tiempo cuya prescripción se solicita. En el primer otrosí, doña Scarlet Nieto Molina, Abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Calama, representada legalmente por don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, Alcalde de la comuna, deduce demanda reconvencional, en contra del actor ya individualizado. Funda demanda reconvencional, en antecedentes que obran en el proceso, así como en el Certificado de deuda actualizado, emitido por la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Calama, la parte demandante mantiene periodos del año 2021 hasta el año 2024, por un total de $791.437.-, incluidos multas y reajustes. Solicita se declare condenando al demandado reconvencional, a pagar por concepto de permiso de circulación no prescritos, por los periodos del año 2021 hasta el año 2024, por $791.437.-, incluídos multas y reaju
Fallo
se resuelve: I.-SE ACOGE, sin costas, la demanda de declaración de prescripción extintiva, interpuesta por doña Roció Su Ellen Araya Bugueño, en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama, ya individualizados, declarándose prescritas las acciones de ésta última para perseguir el pago de los impuestos devengados por permiso de circulación, del vehículo Código: FSXMXRMRXUH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2421-2024 Foja: 1 PPU JVPW.53-8, de propiedad del demandante principal, por los períodos comprendidos entre los años 2020 y 2021, montos devengados por la suma de $948.223.- II.-SE ACOGE sin costas, la demanda reconvencional de cobro de pesos, impetrada por la Ilustre Municipalidad de Calama, condenándose a doña Roció Su Ellen Araya Bugueño, a pagar $791.347.-, por permisos de circulación devengados y no prescritos del vehículo PPU JVPW.53-8, correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024. Notifíquese a las partes por correo electrónico. Dictada por don RICARDO ANDRES ALVEAL VENEGAS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Calama. Se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Calama, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro Código: FSXMXRMRXUH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-25T20:54:49-0300
Texto Completo (Preview)
C-2421-2024 Foja: 1 FOJA: 15 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-2421-2024 CARATULADO : ARAYA/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA Calama, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Roció Su Ellen Araya Bugueño, cédula de identidad N°15.574.184-8, con domicilio para estos efectos en cal
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