BANCO ITAU CHILE S.A/LÓPEZ
Rol
C-9866-2024
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de ó 31 de mayo de 2024 comparece el abogado Pablo Jos de la Cerda Santa Mar a, domiciliado en calle Coronel Pereira N 72,é í ° oficina 1.002, comuna de Las Condes, mandatario judicial en representaci nó del Banco Ita Chile, empresa bancaria del giro de su denominaci n, cuyoú ó gerente general es Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, ambos domiciliados en avenida Presidente Riesco N 5.537, piso 20, comunaº de Las Condes, como continuador legal de Ita Corpbanca, demandandoú ejecutivamente de cobro de pagar a Alfredo Alexis L pez Gallardo, ignoraé ó profesi n, con domicilio en calle Irarr zaval N 0714, comuna de Puenteó á ° Alto, por la cantidad de 170,5407 UF por concepto de capital m s losá intereses pactados y penales m sá costas. Indica que el ejecutado adeuda a su representado la suma de 170,5407 UF por concepto de capital, obligaci n consta en 2 pagar s poró é las sumas de 17,0541 y 153,4866 UF, con vencimientos el 10 de mayo de 2024, suscritos el 10 de abril de 2024 por un apoderado del ejecutante, cuya firma se autoriz ante notario, quien actu seg n mandato otorgadoó ó ú por la parte demandada y deudora, y que consta en el Contrato de“ Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior coní é ó Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027 .í ú ° ” El capital adeudado devengar a a contar de la fecha de su suscripci n,í ó y hasta la fecha de pago efectivo, la tasa de inter s m xima convencionalé á vigente para operaciones de cr dito de dinero reajustables en monedaé nacional. En caso de mora o simple retardo en el pago del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al m ximo convencional que la leyí é á permita estipular para operaciones en moneda nacional reajustable, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudadaó en virtud de estos pagar s. El inter s se calcular sobre el capital adeudadoé é á
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), suscritos el 10 de abril de 2024 por Antonio Tuya Fuentes, en representaci n del ejecutante y este, a su vez, enó representaci n del ejecutado, por las sumas de 17,0541 y 153,4866 UF,ó respectivamente, pagaderas al 10 de mayo de 2024. Los capitales adeudados devengar an a contar de la fecha de suí suscripci n la tasa de inter s m xima convencional vigente para operacionesó é á de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Los pagar s se encuentran garantizados con la garant a estatal delé í Fisco de Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley N 20.027.° Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa : á ñó - “Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior, con Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027ó í ú ° ”, firmado por el ejecutado, en cuya cl usula d cima quinta Dos) confiri mandatoá é ó Código: ENXXXRYPUMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl especial, irrevocable y delegable con el objeto de que suscriba uno o m sá pagar s en su representaci n ante notario p blico o autoriz ndose la firmaé ó ú á ante notario p blico. ú - informe de situaci n acad mica de 26 de abril de 2024, emitido poró é la Comisi n Administradora del Sistema de Cr ditos para Estudiosó é Superiores, en el que consta que la ejecutada termin el plan de estudios yó egres el 31 de diciembre de 2013. Agrega que la certificaci n de egreso dioó ó inicio al per odo de servicio normal del financiamiento, gener ndose laí á obligaci n de pago del cr dito 5 de julio de 2015ó é , de acuerdo con lo regulado por la normativa aplicable al Sistema de Cr ditos para Estudiosé Superiores. TERCERO: Que en lo relativo a la excepci n de concesi n deó ó esperas y pr rroga del plazo, atendido lo dispuesto en el art culo 1698 deló í C digo Civil, tocaba a la ejecutada acreditar los fundamentos de su defensa,ó lo que no hizo, por lo que ser desechada.á CUARTO: Que sobre la excepci n de falta de requisitos del t tuloó í para que tenga fuerza ejecutiva, basada en no estar suscrito el pagar por elé ejecutado, as como respecto del primer fundamento í de la excepci n deó nulidad, sustentada en que el ejecutante hizo uso abusivo del mandato conferido para suscribir los pagar s, excedi ndose en lo referente al montoé é adeudado, condiciones de pago y tasa de inter s aplicada, é ser ná desestimadas pues como se refiri en la motivaci n segunda, el ejecutadoó ó facult al ejecutante para que se firmaran pagar s ó é en su representaci n anteó notario p blico o autoriz ndose la firma ante notario p blico, constando enú á ú la cl usula d cima sexta del contrato á é las instrucciones para su llenado, las que no han sido desatendidas. QUINTO: Que en lo rela
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Por resoluci n de ó 12 de noviembre de 2024 se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), suscritos el 10 de abril de 2024 por Antonio Tuya Fuentes, en representaci n del ejecutante y este, a su vez, enó representaci n del ejecutado, por las sumas de 17,0541 y 153,4866 UF,ó respectivamente, pagaderas al 10 de mayo de 2024. Los capitales adeudados devengar an a contar de la fecha de suí suscripci n la tasa de inter s m xima convencional vigente para operacionesó é á de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Los pagar s se encuentran garantizados con la garant a estatal delé í Fisco de Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley N 20.027.° Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa : á ñó - “Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior, con Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027ó í ú ° ”, firmado por el ejecutado, en cuya cl usula d cima quinta Dos) confiri mandatoá é ó Código: ENXXXRYPUMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl especial, irrevocable y delegable con el objeto de que suscriba uno o m sá pagar s en su representaci n ante no
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9866-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/L PEZÓ Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de ó 31 de mayo de 2024 comparece el abogado Pablo Jos de la Cerda Santa Mar a, domiciliado en calle Coronel Pereira N 72,é í ° oficina 1.002, comuna de Las Condes, mandatario jud
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