CONTRERAS/HIDALGO
Rol
O-60-2024
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITA PODER X SE ALLANA DEMANDA X 1. TOTAL X 2. PARCIAL X EXCEPCIONES X 1. DILATORIAS A. INCOMPETENCIA B. FALTA DE CAPACIDAD C. LITIS PENDENCIA D. INEPTITUD DEL LIBELO F. OTRAS 2. PERENTORIAS CONCILIACION X 1. TOTAL X 2. PARCIAL X OBJETO DEL JUICIO X HECHOS A PROBAR X INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA POR LA PARTE DEMANDANTE X INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA POR LA PARTE DEMANDADA X SE FIJA NUEVA FECHA DE AUDIENCIA PREPARATORIA X ACTUACIONES EN AUDIENCIA: (Respaldo de audio). I. Se deja constancia se realiza la audiencia de forma presencial, vía Zoom. II. Incorporación de pruebas. III. Observaciones. IV. Sentencia. INCORPORACIÓN DE PRUEBA- PARTE DEMANDANTE A.- Documental: 1.- Copia de acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, de fecha 25.06.2024. 2.- Contrato de trabajo y anexo, de fecha 01.06.2016 y 01.03.2019, respectivamente. 3.- Certificado de cotizaciones de salud, de fecha 28.06.2024. 4.- Certificado de cotizaciones previsionales, de fecha 11.06.2024. 5.- Cartola histórica de cuenta RUT, Banco Estado, de fecha 27.06.2024. 6. Conversaciones vía WhatsApp con mi ex jefatura, del periodo 10.02.2024 al 29.03.2024. B.- Confesional: ante la inasistencia de la demandada, la demandante solicita se haga efectivo apercibimiento 454 N° 3 del Código del Trabajo, lo que el Tribunal se resolverá en sentencia definitiva. C.- Testimonial de: no se rinde. D.- Exhibición de documentos por la demandada, bajo apercibimiento legal: no se cumple, se solicita por la demandante se haga efectivo apercibimiento legal del 454 N° 5 del Código del Trabajo, lo que el Tribunal lo tendrá presente para sentencia definitiva. SENTENCIA Teniendo presente que con esta fecha se ha dictado sentencia en forma oral, cuyo contenido íntegro consta en registro de audio a disposición de las partes y atendido lo dispuesto por el artículo 27 del
Fundamentos
CONSIDERANDO: Lo dispuesto en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil y demás normas legales aplicables,
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña MARIELA CARMEN CONTRERAS CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 12.816.042-6, en contra de doña NARRIMAN DEL CARMEN HIDALGO MOREL, cédula nacional de identidad N° 7.531.697-6, declarándose que la demandada deberá pagar a la actora las siguientes las prestaciones: a.- Cotizaciones previsionales, seguro de cesantía y de salud del periodo comprendido entre el 01.06.2016 al 30.04.2024, calculada sobre la base de $603.500.- mensuales.- b.- $1.800.000.-, por concepto de diferencia de remuneración del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2024 al 30 de abril de 2024. c.- $603.500.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. d- $2.663.604.-, por concepto de cotización adicional a todo evento del 4,11 %, contemplada en el artículo 163 del Código del Trabajo. e.- Remuneraciones y demás prestaciones laborales y de seguridad social de la actora, desde el periodo de la separación esto es, desde el 30 de abril de 2024 hasta la acreditación en autos de la convalidación del despido, por aplicación del artículo 162 inc. 5 del Código del Trabajo. f.- $420.000.-, por concepto de feriado legal y proporcional del adeudado a la actora. II.- Que las sumas ordenadas pagar, han de serlo con reajustes e intereses legales. III.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido ésta totalmente vencida. Las que se regulan en este acto en la suma de $ 250.000. Notifíquese. Regístrese. En su oportunidad,
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO - PROCEDIMIENTO ORDINARIO- REALIZADA POR VIDEOCONFERENCIA A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM FECHA 12 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0595250-1 RIT O-60-2024 MAGISTRADO VLADIMIR JOFRÉ HIDALGO ADMINISTRATIVO DE ACTAS A.PÉREZ HORA DE INICIO 11:50 Horas HORA DE TERMINO 12:33 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440595250-1-52 / Sala N°2 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE MA
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