IRARRÁZABAL/ENTEL CALL CENTER S.A
Rol
M-2850-2024
Fecha
19 de noviembre de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X Escritos pendientes: Al escrito de acompaña documentos presentado por el abogado de la parte demandante: Téngase presente. Al escrito de delega poder presentado por el abogado de la parte demandada: Téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta, argumentos constan en el registro de audio. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación el 70% de lo demandado. La parte demandada ofrece el 20% del recargo más el 50% de la AFC. Por su parte la demandante indica no tener instrucciones para llegar a un acuerdo. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) La relación laboral entre las partes inició en la fecha indicada en la demanda. 2) La relación laboral terminó por necesidades de la empresa en la fecha indicada en la demanda. 3) La remuneración de los demandantes es la indicada en la demanda. 4) Se pagó años de servicio. 5) Se descontó por parte del empleador el aporte del empleador al seguro de cesantía, según los montos indicados en la demanda. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Existencia de necesidades de la empresa que obligara al despido de los demandantes, según los hechos contenidos en la carta de despido. Cumplimiento de las formalidades de comunicación. No se deduce recurso de reposición respecto de los hechos controvertidos. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Carta aviso de término de contrato de fecha 27 de marzo de
Fallo
se resuelve: I. Se acoge en todas sus partes la demanda, declarándose que el despido de los demandantes don FELIPE ESTEBAN GÓMEZ CANIUQUEO, don CRISTÓBAL IGNACIO IRARRÁZABAL BERNAL y don ÁLVARO IGNACIO PEREIRA GAJARDO es injustificado. II. Se condena a la demandada ENTEL CALL CENTER S.A. a pagar a los demandantes: 1. Respecto de Felipe Esteban Gómez Caniuqueo: a. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $1.011.989.- b. Restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía descontado en el pago del finiquito correspondiente a $1.115.226.- 2. Respecto de Cristóbal Ignacio Irarrázaval Bernal: a. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $416.255.- b. Restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía descontado en el pago del finiquito correspondiente a $591.114. 3. Respecto de Álvaro Ignacio Pereira Gajardo: a. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $1.136.788. b. Restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía descontado en el pago del finiquito correspondiente a $1.013.652. III. Que las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Que resultando completamente vencida la demandada y sin que le asista motivo plausible para litigar, se le condena en costas, regulándose prudencialmente las personales en 1 Ingreso Mínimo
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 19 DE NOVIEMBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 24-4-0585265-5 RIT M-2850-2024 MAGISTRADO VICTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANGELO VARGAS HORA DE INICIO 10:25 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:50 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440585265-5-
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