GUTIÉRREZ/RAMÍREZ
Rol
C-538-2024
Fecha
23 de noviembre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS 1° Partes del juicio. Que son parte en este Juicio Ordinario Rol N°C-538-2024, del Juzgado de Letras de Parral, don Christian Mauricio Gutiérrez Lillo, chileno, cesante, soltero, cédula de identidad número 12.966.476-2, domiciliado en Fundo Los Maitenes, Parcela N°1, comuna de Retiro, Región del Maule, representado por el abogado don Rodrigo Medina Carrasco, cédula nacional de identidad N°17.601.252-8, domiciliado para estos efectos en Avenida Providencia 1208, oficina 1803, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien interponer demanda en juicio ordinario de menor cuantía, sobre prescripción de deuda correspondiente a permiso de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad De Retiro, ROL N°69.130.800-6, representada legalmente por su alcalde, don Rodrigo Ramírez Parra, Run N°11.458.844-K, ambos domiciliados conjuntamente en Avenida Errázuriz N°240, comuna de Retiro, Región del Maule, quien se encuentra representada por el abogado Pablo Humberto Parra Valdés, Run N°15.500.437-1, con domicilio en Avenida Errázuriz N°240, comuna de Retiro, como demandado. 2° De la demanda y sus pretensiones. A folio 1, con fecha 29 de mayo de 2024, comparece don Christian Mauricio Gutierez Lillo, ya individualizado y expone: Código: XYHCXRXLYCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Refiere que, en la actualidad, es dueño del vehículo Tipo: Automóvil, Placa Patente Única: PT.7017, Marca: Daewo, Modelo: Espero 2.0 GLS, Año: 1997; y del vehículo, Tipo: Moto, Placa Patente Única: VA.0388, Marca: Euromot, Modelo: HJ, Año: 2009, según consta en certificados de inscripción que acompaña en el primer otrosí de la presentación. Señala que, existe una deuda a favor de la Ilustre Municipalidad de Retiro, ya individualizada, por concepto de cobro de permiso de circulación vehicular, de acuerdo con certificado de deuda emitido por la Jefa de Departamento de Tránsito y Transporte Público
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Christian Mauricio Gutiérrez Lillo, representado por el abogado don Rodrigo Medina Carrasco, quien solicita se declare en procedimiento ordinario de mínima cuantía, la prescripción extintiva de impuestos ya singularizados, en contra de la de la Ilustre Municipalidad de Retiro, la cual se allana a la misma, todo ello en base a los argumentos de hecho y derecho, ya expuestos en lo expositivo de este fallo, los cuales se dan por enteramente reproducidos. SEGUNDO: Que, para acreditar su pretensión, la parte demandante incorporo a estos autos los siguientes documentos: 1.- Certificados de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo placa patente única PT.7017 y placa patente única VA.0388, en el que consta que el dueño de ambos vehículos es don Christian Mauricio Gutiérrez Lillo. TERCERO: Que previo a declarar la prescripción extintiva de los derechos de permiso de circulación de los periodos detallados en el libelo, resulta necesario determinar su naturaleza, siendo preciso dejar establecido que, a partir de lo dispuesto en el artículo 19 N°20 de la Constitución Política de la República de Chile, se puede desprender, ampliamente, que la expresión “tributo” se entiende alusiva a “todas las prestaciones que los particulares se encuentran obligados a efectuar a favor del Estado, en virtud a la potestad impositiva que la Carta Fundamental y la Ley le confieren, con la finalidad de cubrir el gasto público” (Revista Chilena de Derecho, Vol. 27 N°2, año 2000). CUARTO: Que, por su parte, el artículo 13 letra f) de la Ley N°18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala que el patrimonio de las municipalidades se compone de: “f) los ingresos que recauden por los tributos que la ley permita aplicar a las autoridades Código: XYHCXRXLYCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 comunales, dentro de los marcos que la ley señale, que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local, para ser destinados a obras de desarrollo comunal, sin perjuicio de la disposición séptima transitoria de la Constitución Política, comprendiéndose dentro de ellos, tributos tales como el impuesto territorial establecido en la Ley sobre Impuesto Territorial, el permiso de circulación de vehículos consagrado en la Ley de Rentas Municipales, y las patentes a que se refieren los artículos 23 y 32 de dicha ley y 140 de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres”. QUINTO: Que, por su parte, el artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales (D.L. N°3063 de 1979) prescribe que “para efectos del cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendrá mérito el certificado que acredite la deuda emitida por el secretario municipal (…) La cobranza administrativa y judicial del impuesto territorial se regirá por las normas contenidas en el Título V del Libro III del Código Tributario”. Desde luego, dentro de los derechos a q
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto por los artículos 144, 160, 170, 254, 314, 315, 316, 698 y demás aplicables del Código de Procedimiento Civil; 1.698, 2.492, 2.497, 2.515, 2.521 y 2523 del Código Civil; 12, 47, 48 de la ley de Rentas Municipales contenida en Decreto Ley 3.063 de 1979; y, 13 de la 18.695 Orgánica de Municipalidades, se declara: I. Que, SE ACOGE la demanda de prescripción extintiva deducida por don Christian Mauricio Gutiérrez Lillo, en contra de la Ilustre Municipalidad De Retiro, y, en consecuencia, se declara prescrita la acción de cobro de los derechos por permiso de circulación, junto a los intereses, reajustes y multas asociados al mismo permiso de circulación, que se hayan devengados los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 por el vehículo placa patente única PT.7017, y los años 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 por el vehículo placa patente única VA.0388, Código: XYHCXRXLYCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 correspondiente a la suma de $1.223.567 (un millón doscientos veintitrés mil quinientos sesenta y siete pesos). II. Que, se exime a la parte demandada del pago de las costas de la causa, por haberse allanado a la pretensión. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL C-538-2024/Civil. Dictó don Pablo Ramos Abarzúa, Juez Titular del Juzgado de Letras de Parral. Se deja constancia que
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Foja: 1 FOJA: 17 .- .- Causa Rol : C-538-2024 Materia : Prescrip. Extinción de acciones, adquisición de derechos y otros. Demandante : Christian Mauricio Gutiérrez Lillo Rut : 12.966.476-2 Abogado : Rodrigo Medina Carrasco Demandado : Ilustre Municipalidad de Retiro Rut : 69.130.800-6 Representante legal: Rodrigo Ramírez Parra. Abogado : Pablo Parra Valdés Fecha de Ingreso : 29 de mayo de 2024 Cit
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