BANCO DE CHILE/MORGADO
Rol
C-2156-2022
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 26 de junio de 2024, folio 49, del cuaderno de gestión preparatoria comparece Álvaro Preller Pinochet, abogado, domiciliado en Prat 887, piso 6°, Valparaíso, en representación judicial del ejecutante, BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, domiciliado en calle Ahumada Nº251 de la ciudad de Santiago quien interpone demanda ejecutiva de acción de desposeimiento en contra del tercer poseedor de la finca hipotecada, don Nelson Morgado Larrañaga, arquitecto, con domicilio en Paseo Atkinson n°151-153, Cerro Concepción, y/o Santa Isabel n°746, Cerro Alegre, ambos de Valparaíso, y pide se ordene despachar mandamiento de desposeimiento en contra del ejecutado por las dos obligaciones que individualiza contraídas por el deudor personal; se proceda a su desposeimiento y posterior venta forzada de los derechos de propiedad del tercer poseedor sobre el inmueble dado en hipoteca; y, de reembolsar a su parte con su producto las referidas deudas del deudor personal SOCIEDAD MORGADO Y COMPAÑIA LIMITADA, con costas. Con fecha 23 de agosto de 2024, folio 3, comparece la parte ejecutada y opone la excepción del artículo 464 número 7 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 30 de agosto de 2024, folio 6, se tiene por evacuado el traslado por el ejecutante, se declara admisible la excepción y se recibe la causa a prueba. Con fecha 13 de noviembre 2024, folio 9, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de junio de 2024, folio 49, del cuaderno de gestión preparatoria comparece Álvaro Preller Pinochet, abogado, en representación judicial del ejecutante, BANCO DE CHILE, quien interpone acción ejecutiva de desposeimiento en contra de Nelson Morgado Larrañaga, en su calidad de tercer poseedor del inmueble hipotecado. Expone que consta en el cuaderno de gestión preparatoria, que la notificación de desposeimiento le fue notificada personalmente a don Nelson Morgado Larrañaga el 30 de enero de 2023, sin que conste que el ejecutado, dentro del plazo de 10 días que contempla el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, haya pagado la deuda o haya hecho abandono de la propiedad hipotecada. Explica que el Banco de Chile es beneficiario de la hipoteca constituida mediante escritura pública de 18 de mayo de 2017, anotada en el repertorio N°2.690-2017 de la Código: NNHBXRHJSZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2156-2022 Foja: 1 notaría de Valparaíso de don Marcos Díaz León. Consta en dicha escritura que se otorgó un “mutuo hipotecario caucionado con hipoteca con cláusula de garantía general previamente constituida”, con el objeto de caucionar toda clase de obligaciones que el deudor Sociedad Morgado y Compañía Limitada adeude o le adeudare en el futuro, al Banco directa o indirectamente, en moneda nacional o extranjera, conjunta o separadamente, por cualquiera clase o naturaleza de obligaciones, sea como deudor principal o accesorio y a cualquier título. Refiere que en dicha escritura comparecieron don Nelson Morgado Larrañaga y Ruth Judith Merchan Molina, en calidad de constituyentes hipotecarios, quienes ratificaron en todas sus partes una anterior hipoteca, convenida con cláusula de garantía general, en favor del Banco de Chile, sobre el inmueble respecto del cual son copropietarios, ubicado en Santa Isabel N°746, Cerro Alegre, Valparaíso. A modo referencial, la hipoteca que ratificaron los citados comparecientes consta en escritura pública de mutuo hipotecario plus, de 29 de abril de 2011, repertorio N°5237/2011, autorizada ante el notario público de Valparaíso Luis Enrique Fischer Yavar. Las copias de ambas escrituras, no objetadas, se encuentran agregadas junto a la gestión preparatoria de desposeimiento. Sostiene que el inmueble se encuentra inscrito a nombre los citados copropietarios y constituyentes, entre ellos, el tercer poseedor Nelson Morgado Larrañaga, a fojas 1209 N°1778 del Registro de Propiedad del año 1999, Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. La referida hipoteca se encuentra inscrita a fojas 1530 vuelta Nº1630 del Registro de Hipotecas año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. Indica que el deudor personal, Sociedad Morgado y Compañía Limitada ha incurrido en mora para con su representado, el Banco de Chile, respecto de las siguientes obligaciones consignadas en los siguientes títulos ejecutivos:
Fallo
se declara admisible la excepción y se recibe la causa a prueba. Con fecha 13 de noviembre 2024, folio 9, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de junio de 2024, folio 49, del cuaderno de gestión preparatoria comparece Álvaro Preller Pinochet, abogado, en representación judicial del ejecutante, BANCO DE CHILE, quien interpone acción ejecutiva de desposeimiento en contra de Nelson Morgado Larrañaga, en su calidad de tercer poseedor del inmueble hipotecado. Expone que consta en el cuaderno de gestión preparatoria, que la notificación de desposeimiento le fue notificada personalmente a don Nelson Morgado Larrañaga el 30 de enero de 2023, sin que conste que el ejecutado, dentro del plazo de 10 días que contempla el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, haya pagado la deuda o haya hecho abandono de la propiedad hipotecada. Explica que el Banco de Chile es beneficiario de la hipoteca constituida mediante escritura pública de 18 de mayo de 2017, anotada en el repertorio N°2.690-2017 de la Código: NNHBXRHJSZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2156-2022 Foja: 1 notaría de Valparaíso de don Marcos Díaz León. Consta en dicha escritura que se otorgó un “mutuo hipotecario caucionado con hipoteca con cláusula de garantía general previamente constituida”, con el objeto de caucionar toda clase de obligaciones que el deudor Sociedad Morgado y Compañía Limitada adeude
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C-2156-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : C-2156-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MORGADO Valparaíso, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 26 de junio de 2024, folio 49, del cuaderno de gestión preparatoria comparece Álvaro Preller Pinochet, abogado, domiciliado en Prat 887, piso 6°, Valparaíso, en represe
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