Juzgado de Letras y Gar.de Calbuco

URREA/

Rol

V-72-2023

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este tribunal se presentó don Antonio Segura González, abogado, domiciliado en Urmeneta N° 305, oficina 705, Edificio Los Héroes, Puerto Montt, en representación de don CRISTOFER ANDRÉS URREA SOTO, estudiante, domiciliado en Ramón Friere sin número, localidad de Pargua, comuna de Calbuco, solicitando al Tribunal autorice el cambio de los apellidos de su representado y la modificación de su partida de nacimiento, en el sentido de que se substituyen los apellidos "URREA SOTO", para quedar en definitiva como “CRISTOFER ANDRÉS GONZÁLEZ CHAURA”. Fundó su solicitud, en lo pertinente, en que la madre biológica de su representado es Rosa María Soto Uribe y no tiene filiación paterna determinada. Relata que, cuando tenía dos años de edad, la madre biológica llegó a trabajar como mesera en un restaurant ubicado en la localidad de Pargua, de propiedad de doña Patricia Del Carmen González Hernández. Al poco tiempo, se fue generando una relación de afecto y cercanía entre Cristofer y doña Patricia, que fue creciendo con el paso de los meses. Así, era frecuente que su madre biológica lo dejara al cuidado de doña Patricia los fines de semana, situación que se hizo cada vez más habitual. Finalmente, y antes de que cumpliera los tres años, la madre biológica de su representado lo entregó voluntariamente y en forma definitiva al cuidado de doña Patricia Del Carmen González Hernández. Posteriormente, el año 2004, cuando su representado tenía cuatro años aproximadamente, doña Patricia Del Carmen González Hernández conoció a don José Wilibaldo Chaura Añazco, con quien inició una relación sentimental, contrayendo matrimonio el año 2012. Indica que, desde que su representado era un niño, doña Patricia y don José han sido sus únicos padres, cobijándolo en su hogar, haciéndose cargo de todos los gastos de su crianza y de su educación, incluso los estudios superiores que cursó en la Universidad Santo Tomás. Durante todo este tiempo la madre biológica ha sido una madre ausente tanto en lo económico como en lo emocional, siendo estas necesidades suplidas en su totalidad por los padres de crianza. En cuanto al padre biológico, indica que su representado no lo conoce y el único padre que ha tenido y conocido es don José Wilibaldo Chaura Añazco. Sostiene que todos sus cercanos y personas conocidas lo identifican como Christofer Andrés González Chaura, como hijo de doña Patricia Del Carmen González Hernández y de don José Wilibaldo Chaura Añazco, por lo que creció siendo conocido con los apellidos “González Chaura” y, durante gran parte de su Código: KXRHXRHUXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl niñez, no tuvo conciencia que sus padres de crianza no eran sus padres biológicos, siendo natural para él que lo nombraran con sus mismos apellidos. Señala que, al enterarse de su verdadero origen, continuó usando los apellidos “González Chaura”, por cuanto los apellidos “Soto Urrea

Fallo

se resuelve: Que HA LUGAR a la solicitud formulada en lo principal del escrito de folio 1 por don Antonio Segura González, en representación de don CRISTOFER ANDRÉS URREA SOTO, RUN 20.292.405-0, nacido el 20 de febrero de 2000, inscrito bajo el N° 411, Registro S, del año 2000 en la circunscripción de Puerto Montt y, en consecuencia, se declara que se autoriza el cambio de sus apellidos URREA SOTO por GONZÁLEZ CHAURA, quedando en definitiva como “CRISTOFER ANDRÉS GONZÁLEZ CHAURA”. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia y certificado tal hecho por la Ministro de Fe del Tribunal, ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación, adjuntando copia autorizada de la misma, a fin de que se modifique la partida de nacimiento del solicitante. Anótese, regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese.- Rol V-72-2023.- Código: KXRHXRHUXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don PABLO ENRIQUE FARFÁN KEMP, Juez Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco.- Código: KXRHXRHUXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-22T13:51:10-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a de Calbuco.í CAUSA ROL : V-72-2023. CARATULADO : URREA. Calbuco, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este tribunal se presentó don Antonio Segura González, abogado, domiciliado en Urmeneta N° 305, oficina 705, Edificio Los Héroes, Puerto Montt, en representación de don C

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