CÁRDENAS/
Rol
V-2-2024
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 3 de enero de 2024, comparece don Sergio Cordero Villablanca, abogado, en representación convencional de doña Oritia del Carmen Cárdenas Perez, cédula de identidad N° 8.131.824-7, jubilada, con domicilio en Gramado N° 560, oficina 21, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos; reclamando en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Castro a practicar la inscripción de la compraventa de la parcela DOS, a nombre de la compradora solicitante de autos. Indica que don Gabriel Urra Berrios, solicitó la inscripción de la compraventa de la parcela número Dos, el 11 de noviembre de 2021, numero de solicitud de la caratula 143179, en la cual pide que se practique la inscripción de la compraventa celebrada entre don Cesar Cárdenas Pérez a doña Oritia Cárdenas Pérez, el 2 de noviembre de 2021, cuyo repertorio es 3469-2021, de la Primera Notaria de Castro del Notario don Pedro Larrere Castro. Precisa que el referido lote o parcela tenía un plano aprobado por Bienes Nacionales, certificado de SAG, minuta de deslindes, firmado por profesional y un certificado de avaluó en trámite del SII, todo ello proveniente de una subdivisión que se realizó el 2001, donde la solicitante, compró la Parcela Dos del misma subdivisión, el cual fue acompañada en la solicitud de inscripción, lo que el Conservador de Bienes Raíces de Castro lo rechaza. Relata, que ha presentado los documentos de la subdivisión de las parcelas UNO y DOS, pero que según el mismo conservador no corresponden, ni figuran realizadas, donde se le solicita acompañar el plano de la subdivisión, minuta de deslindes y autorización del SAG, son embargo ello consta en la compraventa de fecha 17 de abril de 2001, e inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Castro, a fojas 539 número 537 del año 2001, de lo cual se acompaña escritura pública e inscripción en un otrosí de esta presentación donde constan los certificados de subdivisión. Menciona, que solicitó copias autorizadas de todos los documentos de la subdivisión, ante el mismo Conservador de Castro y los acompañó para que los archivara, y fueron nuevamente rechazados por no ser originales, pero fueron validados e inscritos para la parcela DOS, de la misma subdivisión, por el mismo Conservador de Bienes Raíces de Castro. Código: XJQXXRDTXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Añade que, solicitó al SAG la documentación pero los antecedentes del año 2001, ya no están, y la misma respuesta le dieron en Bienes Nacionales. Solo en el Servicios de Impuestos Internos, le dieron un avaluó actualizado, generando por lo que no puede cumplir con lo que le solicito el Conservador de Castro en su negativa de inscripción de la compraventa solicitada. Finalmente, previas citas legales, pide en definitiva al tribunal, que ordene al Conservador de Bienes Raíces de Castro, que proceda a inscribir la anotación rectificatoria solicitada, y también, a arc
Fallo
SE RESUELVE: Código: XJQXXRDTXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, SE RECHAZA el reclamo de la negativa del Conservador de Bienes de Castro, a inscribir la compraventa de la parcela DOS, a nombre de la compradora solicitante de autos, que detalla en su libelo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña CAMILA ANDREA DE LA BARRA LUEGMAYER, Juez Interina del Juzgado de Letras de Castro. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Castro, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Código: XJQXXRDTXWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-22T13:24:10-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL : V-2-2024 CARATULADO : CÁRDENAS / Castro, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 3 de enero de 2024, comparece don Sergio Cordero Villablanca, abogado, en representación convencional de doña Oritia del Carmen Cárdenas Perez, cédula de identidad N° 8.131.824-7, jubila
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