Juzgado de Letras de Constitución

NEORE SPA/

Rol

V-46-2024

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto por los artículos 35, 43, 46 a 58, 87 y 90 del Código de Minería, 42, 43 y 49 del Reglamento del dicho código, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; SE RESUELVE: I.- Que, SE APRUEBA el plano y por ende queda constituida la concesión de exploración denominada “OBA 4”, solicitada por doña CAROLINA MARÍA JOSÉ ARIAS JARA, en representación de NEORE SPA., ambos ya individualizadas, ubicada en la Comuna de Empedrado, Provincia de Talca, Región del Maule, con una superficie total de 300 hectáreas. Debiendo publicarse la presente sentencia en los términos a que se refiere el artículo 90 del Código de Minería, al efecto dese extracto. II.- Que, SE DISPONE la entrega al interesado de copia autorizada de esta sentencia constitutiva y del original del plano, para el cumplimiento de lo dispuesto por el inciso 1º del artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. III.- Que, SE ORDENA la inscripción de la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Constitución y archívese copia del plano en el mismo Registro y Conservador. Regístrese, notifíquese, otórguese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol V-46-2023. Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular del Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Código: XZGGXRDXZPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-22T09:30:38-0300

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de abril de 2024, a folio 1, comparece doña CAROLINA MARÍA JOSÉ ARIAS JARA, Chilena, casada, abogada, R.U.N. N°13.729.837-6, en representación de NEORE S.p.A., Empresa chilena del giro de su denominación, R.U.T. Nº77.145.461-5, ambos con domicilio en Av. Cuatro Norte N°1.565, departamento 112, San Pedro de la Paz, Concepción, quien por medio del respectivo pedimento, solicita se constituya concesión minera de exploración de sustancias concesibles sobre una superficie de 300 hectáreas, su punto medio se encuentra ubicado en la Comuna de Empedrado, Provincia de Talca, Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. Norte: 6.051.700,00 metros, Este: 734.260,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 18, señalando que tal concesión se denominará “OBA 4” El terreno pedido tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M medirán 3.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este- Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. Concluye solicitando se sirva tener por efectuado este pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, certificar el día y la hora de su presentación, dándosele copia autorizada para ello y, en definitiva, otorgar la concesión de exploración solicitada SEGUNDO: Que, la solicitud de pedimento minero se inscribió el 6 de mayo del año 2024, a foja 67 Nº 36 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Constitución, correspondiente al año 2024, Repertorio Nº1346. Luego, el 16 de mayo de 2024 se publicó en Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile, en su edición Nº43.852, la inscripción del pedimento minero “OBA 4.” A su turno, el 16 de mayo de 2024 se pagó la tasa de pedimento, mientras que la patente de concesión de exploración, con fecha 15 de julio de 2024. Finalmente, fue presentada la correspondiente solicitud de dictación de sentencia constitutiva de la concesión de exploración por la totalidad del terreno pedido, que abarca una extensión de 300 hectáreas, conteniendo la indicación de las coordenadas U.T.M., acompañándose los documentos indicados, y respectivos en conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería. Todo, según consta a folio 5. TERCERO: a folio 9, corre Ordinario N°0347/2024, de fecha 06 de septiembre de 2024, en el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería informó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. Agrega dicho informe que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. CUARTO: Que, los rumbos, coordenadas y distancias son U.T.M. Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 18. Asimismo, las coordenadas U.T.M. de los vértices del períme

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos 35, 43, 46 a 58, 87 y 90 del Código de Minería, 42, 43 y 49 del Reglamento del dicho código, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; SE RESUELVE: I.- Que, SE APRUEBA el plano y por ende queda constituida la concesión de exploración denominada “OBA 4”, solicitada por doña CAROLINA MARÍA JOSÉ ARIAS JARA, en representación de NEORE SPA., ambos ya individualizadas, ubicada en la Comuna de Empedrado, Provincia de Talca, Región del Maule, con una superficie total de 300 hectáreas. Debiendo publicarse la presente sentencia en los términos a que se refiere el artículo 90 del Código de Minería, al efecto dese extracto. II.- Que, SE DISPONE la entrega al interesado de copia autorizada de esta sentencia constitutiva y del original del plano, para el cumplimiento de lo dispuesto por el inciso 1º del artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. III.- Que, SE ORDENA la inscripción de la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Constitución y archívese copia del plano en el mismo Registro y Conservador. Regístrese, notifíquese, otórguese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol V-46-2023. Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular del Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Código: XZGGXRDXZPG Este document

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Foja trece. 13 Constitución, a veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de abril de 2024, a folio 1, comparece doña CAROLINA MARÍA JOSÉ ARIAS JARA, Chilena, casada, abogada, R.U.N. N°13.729.837-6, en representación de NEORE S.p.A., Empresa chilena del giro de su denominación, R.U.T. Nº77.145.461-5, ambos con domicilio en A

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