AGROFOR/
Rol
V-20-2024
Fecha
21 de noviembre de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 15-04-2024, comparece don Dionisio Esteban Ulloa Berrocal, en representación de AGROFORT SpA, persona jurídica del giro agrícola y forestal, RUT N° 76.758.308-7, todos con domicilio para estos efectos en el estudio jurídico del abogado patrocinante, ubicado en calle Antonio Varas N°687, oficina 1209 de la ciudad de Temuco, quien señala que, en la representación que inviste y ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, que consta en certificación de fecha 28-06-2023, cuya copia acompaña a su presentación, solicita que se ordene inscribir forzosamente la escritura pública de fecha 24-10-2018, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular don Juan Antonio Loyola Opazo, en razón de los argumentos de hecho y de derecho que expuso. Preliminarmente, se refiere a los antecedentes generales de la compraventa y las subdivisiones. En cuanto a la compraventa, señala que, en la referida escritura de compraventa consta que don Roberto Alejandro González Álvarez vendió, cedió y transfirió a la sociedad por acciones denominada AGROFORT SpA, quien debidamente representada por don Rene Feliciano Solís Vásquez, compró, aceptó y adquirió para su representada, el LOTE 1-h-2, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes especiales: Al norte, en 81,75 metros con Lote 1-h 10 de la presente subdivisión; Al este, en 57 metros con Lote 1-h 10 de la presente subdivisión; Al sur, en 62,70 metros con lote L-h 5 de la presente subdivisión y en 37,30 metros con Lote 1-h 4 de la presente subdivisión; y Al oeste, en 55,45 metros con Lote 1-h de la presente subdivisión. Precisa, que el LOTE 1-h-2, es resultante del resto de un predio de mayor extensión ubicado en Quitratue, comuna de Gorbea, el cual tenía una superficie original de 33 has., Rol de Avaluó N°432-14 de la comuna de Gorbea, inscrito a Fs. 885 vta. N° 979 en el Registro de Propiedad del año 2001 del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén. En cuanto a las subdivisiones, indica que la propiedad de mayor extensión ha sido objeto de las siguientes: Código: LVUUXRCGLJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A) Primera Subdivisión: Cuyos antecedentes se encuentran archivados bajo el N°265 al final del Registro de Propiedad del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén; B) Segunda Subdivisión: Cuyos antecedentes se encuentran archivados bajo el N°276 al final del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén; C) Tercera Subdivisión: Cuyos antecedentes se encuentran archivados bajo el N° 388 al final del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén; Luego, se refiere al requerimiento de inscripción al Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén. Al respecto, sostiene que con fecha 28 de junio de 2023 se ingresó al Conservador de Bienes Raí
Fallo
Por tanto, conforme al mérito de los antecedentes que se acompañan y los que se aportaran en la oportunidad procesal pertinente, y lo dispuesto en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 582 y siguientes del Código Civil, artículo 13, 18, 52 N°1, 78 y 88 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y demás normas legales pertinentes y principios de equidad, pide al Tribunal que se acoja a tramitación la presente solicitud de inscripción forzada y, en definitiva, se de lugar a ella, ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, doña María Constancia Contardo Silva, proceder, en razón de los argumentos de hecho y de derecho expuestos en lo principal de esta presentación, a efectuar la competente inscripción de la escritura pública de compraventa de fecha 24 de Octubre de 2018, Repertorio 5728, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular don Juan Antonio Loyola Opazo, en el Registro de Propiedad respectivo, oficiando al efecto, a su costa. SEGUNDO: Que, en autos se rindieron las siguientes probanzas: A folio 1: 1.- Copia de la escritura pública de compraventa de fecha 24-10-2018, Repertorio 5728, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular don Juan Antonio Loyola Opazo; 2.- Copia de inscripción de compraventa de Fs 263 vta N°272 del Registro de Propiedad del a
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pitrufquen CAUSA ROL : V-20-2024 CARATULADO : AGROFOR/ Pitrufquen, veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 15-04-2024, comparece don Dionisio Esteban Ulloa Berrocal, en representación de AGROFORT SpA, persona jurídica del giro agrícola y forestal, RUT N° 76.758.308-7, tod
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