1º Juzgado de Letras de San Felipe

ARAYA/

Rol

V-121-2024

Fecha

21 de noviembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de julio de 2024, folio 1, comparece don Cristóbal Felipe Araya Hernández, estudiante, domiciliado en Calle Nicolás Maruri 2331 de la Comuna y provincia de San Felipe, cédula de identidad N°21.824.823, quien solicita el cambio de su nombre y se ordene la rectificación de la partida de su nacimiento. Sustenta legalmente su pretensión en lo dispuesto en el artículo 1° letra a) de la Ley N°17.344. Pide suprimir el apellido Araya, quedando en definitiva su nombre como Cristóbal Felipe Hernández Hernández. A folio 11 consta Acta de Información sumaria de testigos. A folio 7, se agregó Informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, N°3770, de fecha 06 de agosto de 2024 y no advierte inconveniente en solicitud. A folio 9 se agregó publicación efectuada en el Diario Oficial, correspondiente al día viernes 16 de agosto de 2024, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N°17.344. A folio 24, rola certificado del Sr. Secretario del Tribunal que señala que no se formuló oposición por terceros contra la solicitud. A folio 20, se agregó Oficio proveniente de la Policía de Investigaciones de Chile, de fecha 29 de agosto de 2024. A folio 16, se agregó Oficio N°2406, proveniente de Carabineros de Chile de fecha 26 de agosto de 2024. A folio 18, se agregó Oficio N°95-VAS- 2024, proveniente de Ministerio Público de San Felipe, de fecha 30 de octubre de 2024. SEGUNDO: Que, de la prueba rendida en autos, se desprende que el solicitante, da cuenta de un menoscabo moral, en razón de llevar el apellido Araya. En efecto, las declaraciones de los testigos presentados, y la prueba documental, hacen procedente acoger la solicitud de cambio de nombre en atención a lo dispuesto en el artículo 1° letra a) de la Ley N°17.344. Y visto lo dispuesto en el artículo 1° inciso segundo letra a) y siguientes de la Ley N°17.344; y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I.- Que se hace lugar a la petición de fecha 05 de julio de 2024, folio 1, y en consecuencia, se accede al cambio de nombre solicitado por don Cristóbal Felipe Araya Hernández, cédula de identidad N°21.824.823. En consecuencia el nombre completo del solicitante Código: SMGVXRMNSHG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl queda como Cristóbal Felipe Hernández Hernández, manteniendo la cédula de identidad ya referida. II.- Rectifíquese la partida de nacimiento inscripción N°3770, Registro 241, del año 2005, de la circunscripción de San Felipe, en los términos señalados precedentemente. Notifíquese legalmente. Rol V-121-2024. Dictado por don Omar Antonio Cifuentes Mena, Juez Titular. En San Felipe, a veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: SMGVXRMNSHG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-21T15:53:05-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 30 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : V-121-2024 CARATULADO : ARAYA/ San Felipe, veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de julio de 2024, folio 1, comparece don Cristóbal Felipe Araya Hernández, estudiante, domiciliado en Calle Nicolás Maruri 2331 de la Comuna y provincia de San

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