COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/
Rol
V-1146-2023
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 08 de marzo de 2024, comparece doña LORENA ANDREA HERRERA MADARIAGA, chilena, abogado, casada, cédula de identidad N° 16.100.166-K, y BEATRIZ DEL PILAR PIÑONES JIMENEZ, chilena, abogado, conviviente civil, cédula de identidad N° 18.179.020-2, en representación de COMPAÑÍA MINERA SAN GERONIMO, sociedad contractual minera, chilena, del giro de su denominación, Rut N° 78.801.520-8, con domicilio en Quebrada de Marquesa S/N°, Vicuña y para estos efectos ambos domiciliados en comuna y región de Coquimbo, Barrio Industrial Alto Peñuelas, Avenida Talca N° 101, solicitando sentencia constitutiva de la concesión de exploración denominada “CHAPILCA 31", cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte- 6.701.500,00 metros.- Este- 351.500,00 metros. Pedimento comprendido dentro de un rectángulo que mide 1.000 metros con orientación Norte- Sur U.T.M. por 3.000 metros con orientación Este-Oeste U.T.M. y 300 hectáreas de superficie y cuyos vértices del perímetro de la concesión de la exploración son: VÉRTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 6.702.000,00 350.000,00 V2 6.702.000,00 353.000,00 V3 6.701.000,00 353.000,00 V4 6.701.000,00 350.000,00 Que, dicho pedimento fue presentado con fecha 06 de diciembre de 2023, se inscribió a fojas 1.785 N° 980 en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Vicuña-Paihuano, con fecha 18 de diciembre de 2023 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería, con fecha 28 de diciembre de 2023. Que, con fecha 08 de marzo de 2024, se acompañan comprobantes de haberse pagado la tasa del pedimento, patente proporcional, copia autorizada de la inscripción del pedimento, planos y Boletín Oficial de Minería. Que, mediante ordinario 0938/2024, de fecha 10 de abril de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe sin observaciones señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigent
Fallo
SE RESUELVE: I.- Se declara por constituida la concesión minera de exploración denominada “CHAPILCA 31”, de propiedad de COMPAÑÍA MINERA SAN GERONIMO, ya individualizada, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte- 6.701.500,00 metros.- Este- 351.500,00 metros, pedimento comprendido dentro de un rectángulo que mide 1.000 metros con orientación Norte-Sur U.T.M. por 3.000 metros con orientación Este-Oeste U.T.M. y 300 hectáreas de superficie. II.- Que se aprueba el plano acompañado en autos. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Ministro de Fe del tribunal, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. IV.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vicuña y archívese una copia del plano respectivo. V.- Remítase por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese los antecedentes, en su oportunidad. Pronunciada por Jueza de Letras de Vicuña quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Vicuña, a veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la sentencia precedente. Código: DMJXRHXXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-25T10:42:59-0300
Texto Completo (Preview)
V-1146-2024 Foja: 1 FOJA: 16.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Vicu añ CAUSA ROL : V-1146-2023 CARATULADO : COMPA A MINERA SAN GER NIMO/ÑÍ Ó Vicuña, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 08 de marzo de 2024, comparece doña LORENA ANDREA HERRERA MADARIAGA, chilena, abogado, casada, cédula de identidad N° 16.100.166-K, y BEATRIZ DEL
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