1º Juzgado de Letras de Quillota

FEBRE/MATURANA

Rol

M-28-2024

Fecha

19 de noviembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidas, la parte solicita que se omita la recepción de la causa prueba se dé por concluido el debate, se proceda a la dictación de la sentencia definitiva de inmediato, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 453 N°1 inciso, séptimo del Código del Trabajo, estimando como tácitamente reconocidos todos y cada uno de los hechos contenidos en el nivel pretensor, y especialmente en lo relativo a la existencia de diferencias de remuneraciones por no enterar el ingreso mínimo mensual vigente en el periodo 1 de mayo del año 2023 al 22 de marzo del año 2024. Resulta hacer presente, que desde el día, 1 de mayo del año 2023, el sueldo mínimo vigente en Chile correspondía a la suma de $440.000 y su representado fue contratado por la suma de $400.000, y que, a contar del 1 de septiembre del año 2023, el ingreso mínimo mensual vigente en Chile fue aumentado a la suma de $460.000 pesos y su representado continuó percibiendo únicamente $400.000 hasta el término de la relación laboral que se produjo el día 22 de marzo del año 2024 y, en consecuencia, en uso de la facultad, solicita que se haga lugar a la demanda de inicio en todas sus partes con reajustes de intereses y costas de la demandada. El tribunal resuelve, como se pide se dicta fallo de inmediato. Se dicta sentencia. Quillota, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este tribunal compareció VÍCTOR HUGO FEBRE FUENTES, pensionado por incapacidad, de oficio jardinero, domiciliado en calle 1 número 133, población Rafael Ariztía, Quillota; e interpuso demanda en contra de PAULA ANDREA MATURANA VARGAS, domiciliada en parcela 17, pasaje El Cóndor, lote número 4, comuna de Quillota cuya profesión u oficio desconoce; solicitando por las razones que indica y que dicen relación con haber existido entre las partes un vínculo contractual de naturaleza laboral, no escriturado, habiendo sido despedido de manera informal

Fallo

fallo de inmediato. Se dicta sentencia. Quillota, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este tribunal compareció VÍCTOR HUGO FEBRE FUENTES, pensionado por incapacidad, de oficio jardinero, domiciliado en calle 1 número 133, población Rafael Ariztía, Quillota; e interpuso demanda en contra de PAULA ANDREA MATURANA VARGAS, domiciliada en parcela 17, pasaje El Cóndor, lote número 4, comuna de Quillota cuya profesión u oficio desconoce; solicitando por las razones que indica y que dicen relación con haber existido entre las partes un vínculo contractual de naturaleza laboral, no escriturado, habiendo sido despedido de manera informal existiendo deudas por distintos conceptos. Se declare la existencia de relación laboral desde el 1 de mayo de 2023 a la fecha de separación de funciones, se declare además, que el despido que fue objeto es incausado, además es nulo, y no ha producido los efectos de poner término al contrato de trabajo y se condene a la demandada a pagar las sumas que reclama por concepto de indemnizaciones sustitutivas de aviso previo, a todo evento, compensación de feriado proporcional, remuneraciones adeudadas, diferencia de remuneraciones adeudadas, cotizaciones de salud y el efecto propio de la declaración de nulidad del despido con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que la parte demanda no compareció audiencia, no obstante hallarse válidamente notificada, como consta en el proceso y como se hiz

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 14 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0584175-0 RIT M-28-2024 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Sandoval Orrego HORA DE INICIO 13:15 horas HORA DE TERMINO 13:32 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 24-4-0584175-0 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Víctor Hugo Febre Fuentes ABOGADO

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