BRUCHER/INMOBILIARIA E INVERSIONES IMPACTA SPA
Rol
C-3658-2021
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Carlos Fernando Prado Go i, abogado, enñ representaci n convencional de Sociedad Agr cola El Salto Limitada,ó í sociedad limitada del giro agr cola, Rol nico Tributario n meroí Ú ú 79.746.870-3, y do a Mar a In s del Tr nsito Br cher Rodr guez, factor deñ í é á ü í comercio, c dula de identidad n mero 3.068.751-5, ambas en calidad deé ú demandantes, todos domiciliados para estos efectos en Av. Eliodoro Y ezáñ N 2839, 807 B, comuna de Providencia vienen en interponer demanda deº resoluci n de contrato m s indemnizaci n de perjuicios por responsabilidadó á ó contractual, por incumplimiento de contrato de promesa de compraventa, en contra de Inmobiliaria e Inversiones Impacta SpA, sociedad por acciones de giro inmobiliaria, rol nico tributario n mero 76.451.358-4, representadaú ú por don Marcelo Andr s Hern ndez Barbieri, ingeniero comercial, c dulaé á é de identidad n mero 15.636.715-K, ambos con domicilio en Cerro Elú Plomo N 5420, oficina 503, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana° ó de Santiago, esencialmente por no suscribir el contrato de compraventa prometido. Argumentando que seg n consta en contrato de promesa deú compraventa celebrado con fecha 12 de septiembre de 2017, que el demandado, se comprometi a firmar un contrato de compraventaó relacionado con la venta de un terreno localizado en la comuna de Puerto Código: GXDWXRSTERF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3658-2021 Foja: 1 Montt. En dicho contrato, se acord en la cl usula Tercero que el precioó á por el terreno ascender a a la suma de UF29.246. Por otro lado, en laí cl usula Cuarto se acord que el contrato prometido se suscribir en elá ó á plazo de 180 d as contados desde la suscripci n del contrato de promesa. siní ó embargo, llegado el d a, se neg a suscribir el contrato prometido siní ó justificaci n alguna, contradiciendo sus propios actos. A pesar de que podr aó í haber una raz n econ mica desc
Fundamentos
fundamentos por los cuales solicita de desestime la demanda, de los cuales expone: a) Imposibilidad absoluta para las actoras de dar cumplimiento al contrato de promesa de compraventa, por haber dejado de poseer el inmueble; b) El terreno prometido vender estaba afecto a una declaraci n deó utilidad p blica sobre una parte de su superficie; ú c) Esta situaci n implica y significa que las demandantes no estabanó condiciones de proporcionar la totalidad de la superficie til requerida porú su representada. d) Si la I. Municipalidad de Puerto Montt hubiera llevado a efecto la expropiaci n de la parte incluida en la declaratoria de utilidad p blica, ó ú su representada habr a perdido el valor de las construcciones que hubieraí ejecutado en ese sector. Luego de la contestaci n que antecede, la demandada reconviene aó las partes de Mar a In s Br cher Rodr gez y a Sociedad Agr cola El Saltoí é ü í í Limitada argumentando su reconvenci n en que los demandantes no est nó á en condiciones de dar cumplimiento al contrato de promesa de compraventa (el segundo de ellos), ya que no son actualmente titulares de ning n derecho, poder o potestad sobre el inmueble, predio, terreno o bienú ra z objeto de esa promesa. Adem s, agrega que dejaron de poseerí á cualquier derecho sobre el mismo, antes de que venciera el plazo fijado para ese cumplimiento. Refiere el demandante reconvencional que lo enajenaron voluntariamente, en un acto que envuelve inequ vocamente el nimo oí á intenci n de desistirse de la compraventa prometida, de no perseverar enó ella. En definitiva, la demandante reconvencional solicita que se declare: a) Que las demandadas reconvencionales incurrieron en incumplimiento del contrato de promesa de compraventa que con fecha 22 Código: GXDWXRSTERF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3658-2021 Foja: 1 de junio del a o 2018 celebraron con su representada, consistente en queñ enajenaron a un tercero el inmueble prometido vender, haciendo de esa manera imposible el perfeccionamiento de la referida promesa, por su hecho o culpa; b) Que ese hecho o culpa que impide la celebraci n del contratoó prometido confiere a su representada el derecho a exigir de las demandadas reconvencionales, la multa o pena estipulada en la cl usula Octava delá contrato de promesa de compraventa indicado en la letra a) precedente; c) Que, en consecuencia, las demandadas reconvencionales deben pagar a su representada, la cantidad de U.F 1.500 (un mil quinientas Unidades de Fomento), por su equivalente en pesos moneda nacional, al d aí de la soluci n efectiva, seg n el valor vigente de ese patr n;ó ú ó d) Que sobre la suma de la letra c), deber n abonar interesesá corrientes para operaciones reajustables en moneda nacional, seg n el tipo oú tasa aplicable atendida la naturaleza de la obligaci n, desde la fecha de laó notificaci n de esta demanda reconvencional, y hasta la fecha del pagoó efectivo; y e) Que se conde
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo adem s presente, lo dispuesto en losá art culos í 1444, 1445, 1489, 1552, 1553. 1698, 1712 y 1873 del C digoó Civil; art culos 144, 160, 170, 346, 426 y 427 del C digo de Procedimientoí ó Civil, se resuelve: I. Que se rechaza la demanda principal de fecha 19 de abril de 2021, II. Que se rechaza la demanda reconvencional de fecha 23 de diciembre de 2021, III. Que cada parte pagar sus costasá Reg strese, Notif quese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular, Autorizadañ por don Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subrogante.á é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro Código: GXDWXRSTERF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3658-2021 Foja: 1 Código: GXDWXRSTERF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-20T13:32:24-0300
Texto Completo (Preview)
C-3658-2021 Foja: 1 FOJA: 134 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3658-2021 CARATULADO : BRUCHER/INMOBILIARIA E INVERSIONES IMPACTA SPA Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparece Carlos Fernando Prado Go i, abogado, enñ representaci n convencional de Sociedad Agr cola El Salto Limitada,ó í sociedad limi
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