SANDOVAL BRAVO LUIS Y OTRA/SERVIU
Rol
C-1344-2022
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece don Edgardo Andr s Estrada Mu oz, abogado, domiciliadoé ñ en Concepci n, ó An bal Pinto N 215, oficina 701 y en Chill n, Huambal N 390, ení ° á í ° representaci n de do a Mar a Eugenia Sandoval Bravo, soltera, educadora de p rvulos,ó ñ í á CI. 9.779.368-9 y don Luis Alberto Sandoval Bravo, soltero, mec nico, CI. 9.527.004-2,á ambos domiciliados en Huambal N 390, Chill n, y deducen reclamo de monto deí ° á indemnizaci n provisional, en contra de Serviu Regi n de uble, representado por suó ó Ñ Director Regional don lvaro Arlondo Pinto Morales, Ingeniero Civil Industrial o por laÁ persona que lo reemplace o subrogue legalmente en el cargo, ambos con domicilio en calle 18 de septiembre N 530, Chill n. Se ala que, por Resoluci n Exenta N 2191 de° á ñ ó ° 21 de diciembre de 2021 dictada por la demandada, de conformidad a lo previsto en el art culo 6 del D.L. 2186 de 1978, publicada en extracto en el Diario Oficial del 03 deí enero de 2022 y en Diario La Discusi n de esta ciudad en la misma fecha, se dispuso laó expropiaci n parcial de terreno y total de edificaciones del inmueble de aparenteó dominio de Sandoval Bravo Luis Alberto y otro, ubicado en Huambal N 390í ° , Rol de Aval o 00644-00008 de la comuna de Chill n, la superficie afecta a expropiaci n parcialú á ó es de 413,12 m2 de terreno y 186,46 m2 total de edificaci n. Se ala que, su parte esó ñ propietaria del indicada bien ra z, de la ubicaci n ya se alada, lo que se acreditarí ó ñ á oportunamente, con los documentos acompa ados en el cuaderno de consignaci n,ñ ó obtenidos en el Conservador de Bienes Ra ces de Chill n.í á Se ala que, de conformidad a los antecedentes que se encuentran agregados en elñ expediente, la entidad demandada dispuso la expropiaci n de un bien ra z, para lo cualó í se fij una indemnizaci n provisional por la comisi n tasadora, quienes determinaron laó ó ó suma de $164.320.574 al 09 de agosto de 2021, correspondientes: a) suelo: se expropió una superficie de te
Fundamentos
considerando edificaciones, especies vegetales, y otras obras dentro de su pol gono. Presenta el mismo destino que el principal del predio,í siendo parte del acceso, antejard n y vivienda unifamiliar, tambi n presenta instalacionesí é que sirven al inmueble general. A ade que, el terreno expropiado tiene forma regular yñ topograf a plana. Presenta buen ancho por calle Huambal (v a Colectora), í í í v a queí permite su acceso de forma directa (peatonal y vehicular). El lote enfrenta la v a citada yí conjuntos residenciales con viviendas de 1 y/o 2 niveles. Presenta uso Residencial ya que es parte del antejard n, del acceso y edificaci n con destino vivienda. Presentaí ó urbanizaci n completa en relaci n a sus servicios b sicos. Su morfolog a es casi regular,ó ó á í con buena relaci n frente/fondo determinando una proporci n favorable.ó ó Agrega que, seg n CIP extendido por la DOM de la comuna, el pol gono del loteú í considera casi el 100% de su superficie con faja afecta a Declaratoria de Utilidad P blica, con ello, dicha superficie, debe atenerse a lo dispuesto al art culo 121 de la Leyú í General de Urbanismo y Construcciones, que indica en su primer inciso que en estas fajas "no podr n efectuarse nuevas construcciones y si estuvieren edificados, no será á permitido reconstruir los edificios, alterarlos o repararlos". De acuerdo a Plan Regulador Comunal de Chill n vigente el predio en suá totalidad est dentro de á la Zona ZH-2 (Zona Residencial) y se utiliz el "M todoó é Comparativo de Mercado" para obtener un valor unitario de superficie de terreno en el sector, en base a una muestra de propiedades comparables. Se ejecut por la Comisi nó ó Código: GXVXXRZYNLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 de Peritos un an lisis de los valores referenciales. Se consideraron cinco transaccionesá realizadas y debidamente inscritas en el Conservador de Bienes Ra ces de Chill n y unaí á oferta actual y vigente publicada en medios locales; con caracter sticas similares y/oí equivalentes de entorno, equipamiento y aspectos t cnicos, las que conformaron losé valores referenciales para obtener el valor de terreno de la propiedad tasada. Expone que, se privilegi el uso de transacciones efectivas, ya que estas tienen laó virtud de representar el monto que tanto comprador como vendedor acordaron en el mercado al momento de materializar el negocio inmobiliario y son plenamente comprobables. Adem s, los valores referenciales de terreno fueron debidamenteá analizados y reajustados a la fecha de informe. La mayor a de los comparables enfrentaní v as principales del sector o de un sector similar a corta distancia, ubic ndose en uní á radio acotado, en general, pr ximos al bien tasado, entre 950 metros y 215 metros. Esó as que todas las referencias que forman parte del informe presentan distintasí caracter sticas generales, pero en resumen resultan ser bienes similares y comparables alí lot
Fallo
fallo viene a completar la debida compensaci n por el da o patrimonial efectivamente causado al expropiadoó ñ ” (Sentencia de 28 de julio de 2014, Rol N 8880-2014).° De esta manera la indemnizaci n provisional se reajustar de acuerdo a laó á variaci n del ndice de Precios al Consumidor entre el mes que antecede a la fecha de laó Í consignaci n y el mes anterior al pago ó efectivo, transcribe jurisprudencia. Agrega que, en el caso que se determine por sentencia un monto superior al provisional fijado por la comisi n de peritos, debe pagarse la indemnizaci n definitiva aó ó favor del expropiado, con los intereses respectivos, desde la consignaci n del montoó provisional hasta el pago efectivo. En efecto, la norma contenida en el inciso final del art culo 752 del C digo de Procedimiento Civil, que concierne a la manera de cumplirí ó Código: GXVXXRZYNLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 las sentencias pronunciadas en contra del Fisco cuando en ellas se le condena al pago de prestaciones de car cter pecuniario en las que se incluyan intereses, ordenando que stosá é queden comprendidos en el respectivo decreto de pago. Se ala que, acorde con lo queñ expresa el art culo 647 del C digo Civil, que proporciona diversas acepciones de losí ó frutos civiles o utilidades que se pueden obtener de una cosa, una de sus especies está constituida por los intereses de capitales exigibles. De este enunciado y de l
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-1344-2022 CARATULADO : SANDOVAL BRAVO LUIS Y OTRA/SERVIU Chill ná , veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece don Edgardo Andr s Estrada Mu oz, abogado, domiciliadoé ñ en Concepci n, ó An bal Pinto N 215, oficina 701 y en Chill n, Huambal N 390, ení ° á í ° represen
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