PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./VALENZUELA
Rol
C-561-2024
Fecha
19 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Designación de las partes: 1.- Ejecutante: PROMOTORA CMR FALABELLA, persona jurídica del giro de su denominación, RUT 90.743.000-6, representada legalmente por Gastón Bottazzini, economista, y por Juan Espinosa Fuentes, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en en la comuna de Santiago, Paseo Moneda N° 970. Apoderado: Gonzalo Salgado Barros, abogado, correo electrónico salgado@fullpay.cl, domiciliado en la comuna de Santiago, Paseo Moneda N° 970. 2.- Ejecutado: ROMANET DEL PILAR VALENZUELA ROMERO, ignora profesión u oficio, domiciliada en la comuna de Hualpén, Avda. Curanilahue 471 Block 6 404. Apoderado: Rodrigo Antonio Mendez Jaque, RUN 14.320.839-7, correo electrónico rodrigomendezabogado@gmail.com, con domicilio en calle O'Higgins N°1189, oficina 912, comuna de Concepción. SEGUNDO. Demanda ejecutiva. Según consta a folio 1, la ejecutante señaló, en resumen, lo siguiente. 1.- Título ejecutivo: Código: GMTXRNLMUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:salgado@fullpay.cl mailto:rodrigomendezabogado@gmail.com Foja: 1 Fundó su demanda ejecutiva en el hecho que su representada es dueña del pagaré N° 2066293, por la suma de $1.193.802 pesos, por concepto de capital, con vencimiento el día 11 de enero de 2024, suscrito por Promotora CMR Falabella S.A. o Servicios de Evaluaciones y Cobranzas Sevalco Limitada, en representación de ROMANET DEL PILAR VALENZUELA ROMERO, ignora profesión u oficio, domiciliada en Hualpén, Avda. Curanilahue 471 block 6 404, según mandato que figura en el contrato suscrito entre las partes y autorizado ante notario. Adicionó a lo anterior, que el documento tenía su vencimiento el 11 de enero de 2024, por el monto que ya fue referido, fecha en la cual el deudor no realizó el pago, encontrándose,
Fallo
por tanto, en mora desde ese día, por lo que en conformidad a lo prevenido en el pagaré, corresponde la aplicación de intereses moratorios desde la fecha de vencimiento, que equivalen al interés máximo convencional para operaciones no reajustables, los que deben calcularse desde la fecha de vencimiento del documento. Concluyó que, en consecuencia, el monto total adeudado a su representada asciende a la suma de $1.193.802, por concepto de capital, más los intereses moratorios y costas. Finalmente, mencionó que, como consta del pagaré que acompaña, el deudor relevó al portador del documento de la obligación de protesto y la firma del representante de la sociedad aceptante por mandato se encuentra autorizada ante notario. Y, la obligación es líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. 2.- Petitorio: Pidió tener por interpuesta la demanda ejecutiva contra ROMANET DEL PILAR VALENZUELA ROMERO, admitirla a tramitación y ordenar que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $1.193.802.- pesos, requerir de pago a la deudora y en caso de no verificarse el pago al requerimiento, se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero pago a su representado del capital, intereses y costas. TERCERO. Oposición de la ejecutada. Código: GMTXRNLMUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Según consta a folio 10 la demandada planteó en resumen las siguientes excep
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-561-2024 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./VALENZUELA Talcahuano, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Designación de las partes: 1.- Ejecutante: PROMOTORA CMR FALABELLA, persona jurídica del giro de su denominación, RUT 90.743.000-6, repre
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica