2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTILLO/IMPORTADORA Y EXPORTADORA XIN LEI FAN EIRL

Rol

O-1741-2024

Fecha

15 de noviembre de 2024

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1. Ángela María Arreaza Sánchez, cédula de identidad N°26.569.698-8. Oficio: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1. AFP CUPRUM 2. ISAPRE COLMENA 3. ISAPRE CRUZ BLANCA 4. AFC 5. INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO SANTIAGO Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1. Todas las liquidaciones de sueldo de don PATRICIO CASTILLO ALMONACID, Cédula nacional de identidad N° 16.507.092-5, durante 2023. 2. Todos los comprobantes de pago de remuneraciones, o en su defecto, planilla de pago de remuneraciones, de don PATRICIO CASTILLO ALMONACID, cédula nacional de identidad N° 16.507.092-5, durante 2023. LA PARTE DEMANDADA INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Contrato de Trabajo de 1 de abril de 2014 entre Importadora y Exportadora Xinlei Fan Eirl y don Patricio Gonzalo Castillo Almonacid. 2. Comprobante de envío de carta certificada por Chilexpress de fecha 1 de diciembre de 2023, carta de aviso de término de contrato de trabajo de 1 de diciembre de 2023, Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales emitido por Previred de fecha 1 de diciembre de 2023 y comprobante de carta de aviso de terminación del contrato de trabajo de 1 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección del Trabajo. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandada y decreta su custodia. Confesional: La parte demandada se desistió de este medio de prueba, consta en registro de audio. Observaciones a la prueba: La parte demandante realiza observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. La parte demandada no realiza observaciones a la prueba. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tri

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 420, 446, 456, 457, 459 todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Que se rechaza íntegramente la demanda. II. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don Víctor Riffo Orellana, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quince de noviembre de dos mil veinticuatro.-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 24-4-0556664-4 RIT O-1741-2024 MAGISTRADO VICTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVA DE ACTAS ROMINA VASQUEZ VALDES HORA DE INICIO 11:31 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:33 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440556664-4-1349-241115-00 Nº CUSTO

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