AGUDELO/HAPPY CARS SPA
Rol
O-7895-2023
Fecha
15 de noviembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, y se procede a dictar sentencia en conformidad a lo establecido en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, y los demás argumentos que constan en registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 58, 63, 67, 162, 420 a 462 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por don MICHAEL ANDRES AGUDELO MOSQUERA en cuanto de su ex empleador HAPPY CARS SPA, en cuanto se declara la existencia del vínculo laboral entre las partes a contar del día 29 de diciembre del 2020 hasta 30 de julio del 2023 II. Que se declara nulo el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 30 de julio del 2023 al haber existido deuda previsional a la época de su despido condenándose consecuencialmente a la demandada al actor las indemnizaciones y prestaciones devengadas desde la fecha del despido esto es el día 30 de julio del 2023 y hasta que se produzca el pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social adeudadas al trabajador demandante debiendo tomar en consideración para ello una remuneración mensual ascendente ala suma $720.000.- III. Asimismo, se declara injustificado el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 30 de julio del 2023 y se condena consecuencialmente a la empresa demandada antes individualizada a pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $720.000.- b) Indemnización por años de servicio por la suma de $2.880.000.- recargada en un 50% en conformidad a lo previsto en el artículo 168 letra B Código del Trabajo, por la suma 1.080.000.- c) Remuneración adeudada por la julio del 2023, por la suma de $720.000.- d) Feriado legal correspondiente a la anualidad 2020-2021; 2021-2022or la suma de $ 1.008.000.- e)
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15 DE NOVIEMBRE DEL 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 05 RUC 23-4-0528665-3 RIT O-7895-2023 MAGISTRADO ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVA DE ACTAS DANIELA GARÍN ABARZÚA HORA DE INICIO 09:44 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:01 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340528665-3-1349-241115-00
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