CONTRERAS/AC SECURITY LIMITADA
Rol
M-119-2024
Fecha
15 de noviembre de 2024
Materia
Cotizaciones de Salud, Feriado proporcional, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X HECHOS A PROBAR X INCORPORACIÓN PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X INCORPORACION PRUEBA TESTIMONIAL DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS X DICTACIÓN DE SENTENCIA X · Se inicia la audiencia con la individualización de la parte demandante y demandada principal. · Se deja constancia que no comparece la demandada solidaria y/o subsidiaria sin perjuicio de encontrarse debidamente notificada. · Se realiza una síntesis de la demanda. CONCILIACIÓN: Atendido a que la parte demandante señala que no tiene instrucciones para conciliar debido a que la demandada principal no ofrece garantías suficientes, se tiene por fallido el llamado a conciliación. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se confiere traslado a la demanda principal AC SECURITY LIMITADA, quien contesta la demanda allanándose a la misma. Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada solidaria y/o subsidiaria SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A. HECHOS NO CONTROVERTIDOS No hay HECHOS A PROBAR 1. Existencia de prestación de servicios en régimen de subcontratación respecto de la demandada Santa Isabel Administradora S.A. INCORPORACIÓN DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE (Minuta folio 49) DOCUMENTAL: La parte demandante acompañó e incorporó mediante lectura extractada los siguientes documentos: 1. Contrato de trabajo (folio 45) PARTE DEMANDANTE: CONFESIONAL: Solicita se cite a absolver posiciones personalmente a don CRISTIÁN ACUÑA CARRASCO, MANSS y/o por quien corresponda en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Código del Trabajo, en representación de AC SECURITY LIMITADA; y de don MARCELO PAOLO FARFÁN MANSS y/o por quien corresponda en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Código del Trabajo, en representación de la demandada solidaria SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., bajo apercibimiento legal del 454 N° 3 del Código del Trabajo. Se deja constancia que ninguna de las personas citadas a declarar como representantes legales de ambas demandadas no compar
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 63, 73, 174 , 183 A, 446, 452, 453, 454, 500 y 501 del Código del Trabajo se declara: I: Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don JAVIER DEL CARMEN CONTRERAS CALISTO en contra de AC SECURITY LIMITADA y en contra de SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., ambas individualizadas, condenándose a las demandadas a pagar solidariamente al actor las siguientes prestaciones laborales: 1- $470.580 por remuneración líquida de marzo de 2023 2- $82.225 por indemnización por feriado proporcional 3- A pagar en FONASA la cotización previsional del mes de marzo de 2024, debiendo considerarse como remuneración imponible la que haya sido declarada por el empleador. En caso de que no exista declaración, deberá considerarse como remuneración imponible $575.000. 4- Atendido al allanamiento de la demandada principal no se le condena en costas. Respecto de la demandada solidaria/subsidiaria se condena en costas, regulándose las personales en la suma de $50.000. Ejecutoriado que sea este fallo y para efectos del artículo 13 de la Ley 14.908, cúmplase por el empleador con la retención de alimentos si ello fuere procedente, debiendo informar al Tribunal el hecho de dicho cumplimiento y sus circunstancias al dar cuenta de pago de las obligaciones establecidas en la presente sentencia. Ejecutoriado que sea este fallo, notifíquese a FONASA a fin de que esta institución haga efectiva las acciones que la ley 17.322 le c
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ACTA AUDIENCIA DE JUICIO VIRTUAL PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 14 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0578021-2 RIT M-119-2024 SALA VIRTUAL 01 JUEZA TITULAR MARIA ISABEL PALACIOS VICENCIO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gustavo Vicuña A. HORA DE INICIO 12:07 horas HORA DE TERMINO 12:36 horas DEMANDANTE JAVIER DEL CARMEN CONTRERAS CALISTO ABOGADO JORGE LUIS DEL ESCOVAL RODRÍGUEZ FORMA NOTI
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