FISCO DE CHILE/MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
Rol
C-5159-2022
Fecha
18 de noviembre de 2024
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En autos Rol 5159-2022 comparece Ruth Israel López, Abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos con domicilio para estos efectos en Agustinas N°1225, 4º piso, asumiendo la representación del Fisco de Chile - Ministerio de Educación- Mineduc, órgano de la administración centralizada del Estado que carece de personalidad jurídica propia, interponiendo demanda de cobro de pesos, en contra de la Municipalidad de Hualqui, corporación de derecho público, representada legalmente por su Alcalde, don Jorge Alejandro Constanzo Bravo, de quien ignora profesión u oficio, o quien lo reemplace o subrogue en el cargo, ambos con domicilio en Freire N°351, comuna de Hualqui, a objeto que sea condenada a restituir a su representado la suma de $35.200.335 (treinta y cinco millones doscientos mil trescientos treinta y cinco pesos). Expone que en el marco del Fondo de Apoyo a la Educación Pública año 2017, se suscribió con la I. Municipalidad de Hualqui un convenio, el que fue aprobado por Resolución Exenta N°3.887 de 11 de julio de 2017. Mediante Oficio Ordinario N°2.119 de 20 de julio de 2017; Certificado de pago N°93947949 de 10 de agosto de 2017; Oficio Ordinario N°2.780 de 20 de septiembre de 2017 y Oficio Ordinario N°2.372 de 16 de agosto de 2017, del jefe de División de Planificación y Presupuesto se instruyó y efectuaron las transferencias correspondientes al convenio FAEP del año 2017, las que se realizaron de la siguiente manera: Primera cuota: $113.449.050 Segunda cuota: $181.518.480 Tercera cuota: $158.828.670 Cuarta cuota: $47.447.660 Total, transferido: $ 501.243.860 Código: FVEQXRRTUXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5159-2022 Foja: 1 Dicho convenio contempló un traspaso de recursos al demandado por un monto total de $501.243.860 (quinientos uno millones doscientos cuarenta y tres mil ochocientos sesenta pesos), asumiendo la demandad
Fundamentos
fundamentos de derecho indica que de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°20.981 de presupuesto para el Sector Público año 2017, partida 9, capítulo 1, programa 12, ítem 03, asignación 051, glosa 02 y la resolución exenta N°22, del 2015, del Ministerio de Educación, cuyo objeto fue entregar fondos a los sostenedores a fin de mejorar la educación pública municipal. En virtud de dicha normativa, se suscribió el convenio de transferencia de fondos, en cuyo mérito la I. Municipalidad de Hualqui se obliga a aplicar los fondos a las actividades expresamente indicadas y a rendir cuenta, durante la vigencia del mismo, de acuerdo a la instrucción N°759 de 2003, de la Contraloría General de la República o la normativa que la reemplace (reemplazada por Res. 30 año 2015). De la misma forma, la Resolución N°30 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre el Procedimiento de rendición de cuentas, establece: “ARTÍCULO 30. Los Jefes de Servicio y los funcionarios respectivos, cuando corresponda, serán directamente responsables de la correcta Código: FVEQXRRTUXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5159-2022 Foja: 1 administración de los fondos recibidos, gastados e invertidos en su unidad, así como de la oportuna rendición de cuentas. Las personas autorizadas para girar o invertir fondos de que deban rendir cuenta, serán responsables de su oportuna rendición y de los reparos u observaciones que estos merezcan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la ley Nº 10.336. ARTÍCULO 31. Toda rendición de cuentas no presentada o no aprobada por el otorgante, u observada por la Contraloría General, sea total o parcialmente, generará la obligación de restituir aquellos recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones que determine la ley.” Así las cosas, no habiéndose efectuado los reintegros dentro del plazo otorgado en el Ord. N° 2636 de 18 de noviembre de 2020, ya referido, conforme a los cuales se realiza el requerimiento administrativo de reintegros que establece la Resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría General de la República, y de conformidad a lo señalado en el artículo 1551 del Código Civil, que expresa que el deudor está en mora cuando no ha cumplido la obligación dentro de los términos estipulados, y conforme además con las normas contenidas en los artículos 1437; 1559; 2465 y 2515 del Código Civil, su parte se encuentra plenamente facultada para solicitar su cumplimiento por la vía judicial, instando por el pago íntegro de las sumas adeudadas. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de cobro de pesos, en contra de la Municipalidad de Hualqui, representada legalmente por su alcalde, don Jorge Alejandro Constanzo Bravo, o quien lo reemplace o subrogue en el cargo, ya individualizados, acogerla a tramitación admitirla a tramitación y en definitiva acogerla en todas sus partes, d
Fallo
se acuerda que el ministerio transferirá al sostenedor la cantidad máxima de $502.609.027.- en cuatro cuotas: Primera cuota: $113.449.050; Segunda cuota: $181.518.480; Tercera cuota: $158.828.670; y Cuarta cuota: $48.812.827.-; el demandado, conforme a la cláusula undécima, se obligó a que rendir cuenta de los recursos aportados por el Ministerio la que deberá presentarse en forma mensual dentro de los quince días hábiles siguientes al mes que corresponda. Se acordó además que, el Ministerio podrá poner término anticipado al convenio, por el correspondiente acto administrativo fundado y exigir la restitución de los saldos no rendidos, en los términos de la cláusula novena. 2.- Que mediante oficio Ordinario N° 2.119 de 20 de julio de 2017 del jefe de División de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación junto con su comprobante de transferencia, da cuenta de la transferencia por la suma de $113.449.050.- a la Ilustre Municipalidad de Hualqui. 3.- Que mediante certificado de pago N° de depósito 93947949 de 10 de fecha agosto de 2017 a cuenta de transferencia por parte de la Subsecretaría del Ministerio de Educación Pública a la I. Municipalidad de Hualqui por la suma de $181.518.480. 4.- Que mediante Oficio Ordinario N° 2.780 de fecha 26 de septiembre de 2017 del jefe de División de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Código: FVEQXRRTUXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5159-2022
Texto Completo (Preview)
C-5159-2022 Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5159-2022 CARATULADO : FISCO DE CHILE/MUNICIPALIDAD DE HUALQUI Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro Vistos: En autos Rol 5159-2022 comparece Ruth Israel López, Abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, am
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