SCOTIABANK CHILE / ULLOA
Rol
C-13711-2016
Fecha
18 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 01 de Junio de 2016, comparece don Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en General Holley N°2294, piso 3, comuna de Providencia, Santiago, en representación convencional conforme mandato judicial de SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General, don Francisco Sardon de Taboada, abogado, en calidad de continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé N° 226, comuna y ciudad de Santiago, y este a su vez en Representación convencional de la TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, cesionario del crédito cuyo cobro se persigue por esta vía, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de don WILLIAM ALEJANDRO ULLOA STUARDO, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Zaragoza N° 3074, comuna de Hualpen, Indica que su mandante es dueño y tenedor de los siguientes pagarés: 1.- Pagaré suscrito con fecha 12 de mayo de 2016, por la suma de U.F. 539,0406.-, con vencimiento al 23 de mayo de 2016. 2.- Pagaré suscrito con fecha 12 de mayo de 2016, por la suma de U.F. 59,8934.-, con vencimiento al 23 de mayo de 2016. De acuerdo a lo pactado en los pagarés, el capital adeudado devengaría la tasa de interés máximo convencional que la ley permite establecer para este tipo de operaciones de crédito de dinero. Además, se estipuló en los títulos que en caso de no pago de la deuda a la Código: YVUUXRXUQCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13711-2016 Foja: 1 presentación a cobro del respectivo pagaré, se capitalizan los intereses vencidos y la obligación devengará a favor del banco, a partir de esa misma fecha, a título de pena, intereses moratorios a la tasa de intereses máximas convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción del pagaré, a menos que el que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo c
Fallo
SE DECIDE: I.- Que SE RECHAZA LA EXCEPCIÓN OPUESTA por la parte ejecutada, y se ordena seguir adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago al acreedor la cantidad de 598,934.- Unidades de Fomento equivalentes en pesos al día 01 de Junio de 2016 a la suma de $15.569.625.-, más intereses y reajustes. II.- Que SE CONDENA EN COSTAS a la parte ejecutada. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol N°: 13711-2016 PRONUNCIADA POR LILIAN ESTHER LIZANA TAPIA, JUEZA SUPLENTE. AUTORIZA DON MARIO ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Código: YVUUXRXUQCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13711-2016 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro Código: YVUUXRXUQCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. 2024-11-18T14:11:56-0300 2024-11-18T15:09:20-0300
Texto Completo (Preview)
C-13711-2016 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13711-2016 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE / ULLOA Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 01 de Junio de 2016, comparece don Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en General Holley N°2294, piso 3, comun
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