VALENZUELA/MUÑOZ
Rol
C-25-2023
Fecha
18 de noviembre de 2024
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece ANGELO MANUEL VALENZUELA SERRA, chileno, soltero, c dula nacional de identidad n mero 18.667.824-é ú 9, ingeniero en administraci n de empresas, domiciliado en Caminoó Villarrica-Puc n, kil metro 3.4, comuna de Villarrica, Regi n de laó ó ó Araucan a, a S.S. respetuosamente digo:í Que, en tiempo y forma, y conforme a lo dispuesto en los art culosí 889 y siguientes del C digo Civil, 254 y siguientes y 698 del C digo deó ó Procedimiento Civil, deduce demanda de acci n reivindicatoria, enó procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de AMANADAí KARINA MU OZ S NCHEZ, chilena, soltera, c dula nacional deÑ Á é identidad n mero 18.849.502-8, vendedora, domiciliada en calle Libertadú 977, comuna de Loncoche, Regi n de la Araucan a, en raz n de losó í ó antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho a continuaci n seó pasan a exponer: I. Antecedentes de hecho: A.- De los bienes adquiridos con ocasi n del llamado Impulsandoó “ MYPES de la Araucan a-2017 .í ” En el a o 2017, el Gobierno Regionañ l de la Araucan a, a trav s de laí é Corporaci n Agencia Regional de Desarrollo Productivo, efectu el llamadoó ó Impulsando MYPES de la Araucan a-2017 , el cual se enmarc dentro de“ í ” ó las Pol ticas de Desarrollo Productivo Regional y Territorial, espec ficamenteí í en el Plan de Reconocimiento Desarrollo Araucan a Intercultural . La“ í ” finalidad del mencionado llamado fue incentivar la generaci n, activaci n yó ó reactivaci n de emprendimientos productivos de micro y peque as empresasó ñ en la Regi n, a trav s del financiamiento en la compra de activos,ó é marketing, salarios, entre otros aspectos de la producci n.ó Código: NMKXXRVRCUD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Postul al mencionado llamado con el objetivo de mejorar losé procesos productivos y el rea de marketing de mi restaurante llamadoá Loncochef . Se me adjudicaron“ ” $2.955.811.- pesos, con los cuales compr ,é entre otras cosas, los siguientes activos fijos: - Horno industrial, marca MAIGAS , por un precio total de“ ” $299.990.- - Amasadora 22 kilos, marca MAIGAS , por un precio total de“ ” $677.170.- - Sobadora 50 cms. Monofásica, marca MAIGAS , por un precio“ ” total de $744.887.- - Freidora de alta producci n, 18 Lts. Acero GLP, marca MAIGAS ,ó “ ” por un precio total de $567.233.- Es relevante tener presente S.S. que el beneficio mencionado no le fue otorgado a una personalidad jur dica o patrimonio de afectaci n de queí ó fuese titular alguna empresa, sino a mi persona natural, seg n puedeú desprenderse de la Carta Aceptaci n Adjudicaci n que al efecto me hizo“ ó ó ” suscribir la Corporaci n Agencia Regional de Desarrollo Productivoó . De la misma forma, es fundamental tener presente que, en la compraventa de los productos ya individualizados, fue su persona quien compareci en calidad de comprador, por lo cual debe necesariamenteó entenderse que fue a su patrimonio al cual di
Fallo
Por tanto, la primera prestaci n solicitada en virtud del presente libelo diceó relaci n con la restituci n de las cosas singularizadas tanto en la relaci n deó ó ó los hechos como en la parte petitoria de esta demanda. Luego, seg n lo dispone el inciso 1 del art culo 906 del C digo Civil,ú ° í ó El poseedor de mala fe es responsable de los deterioros que por su hecho o“ culpa ha sufrido la cosa . As las cosas, dada la indiscutible calidad de” í poseedora de mala fe de la demandada, quien se ha negado constantemente a restituirme las cosas a sabiendas de que son de mi exclusivo dominio, debe igualmente ser responsable de los deterioros que por su hecho o culpa hayan sufrido las cosas. En tercer lugar, conforme al art culo 907 del C digo Civil, Elí ó “ poseedor de mala fe es obligado a restituir los frutos naturales y civiles de la cosa, y no solamente los percibidos sino los que el due o hubierñ a podido percibir con mediana inteligencia y actividad, teniendo la cosa en su poder. Si no existen los frutos, deber el valor que ten an o hubieran tenido alá í tiempo de la percepci n . De esta forma, la demandada debe ser condenadaó ” Código: NMKXXRVRCUD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a restituir todos los frutos civiles que haya percibido usufructuando de los activos fijos de cocina singularizados en este libelo, as como tambi ní é aquellos que hubiera podido percibir con mediana inteligencia y actividad, a
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Loncoche, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece ANGELO MANUEL VALENZUELA SERRA, chileno, soltero, c dula nacional de identidad n mero 18.667.824-é ú 9, ingeniero en administraci n de empresas, domiciliado en Caminoó Villarrica-Puc n, kil metro 3.4, comuna de Villarrica, Regi n de laó ó ó Araucan a, a S.S. respetuosamente digo:í Que, en tiem
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