PALMA/PRESERVA LIMITADA
Rol
M-1351-2024
Fecha
14 de noviembre de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de la relación laboral iniciada el 01 de enero de 2019. 2. Los servicios prestados por el actor en calidad de mecánico. 3. El monto de la remuneración del actor en la suma de $1.257.917.- 4. El carácter indefinido del contrato. 5. El hecho del despido ocurrido el 18 de julio del 2024, por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo. 6. El hecho de haber suscrito las partes un finiquito el 8 de agosto del 2024, con reserva de derechos, oportunidad en que se le pagó al actor la indemnización por años de servicio que indica en su demanda, menos el descuento del aporte patronal al seguro de cesantía, por la suma también indicada en la demanda. CAUSA A PRUEBA: 1. Los hechos y el fundamento de la comunicación de despido, y la efectividad de la necesidad empresarial invocada. 2. Las circunstancias que justifiquen restituir el descuento de cesantía. TRIBUNAL ADMITE LA SIGUIENTE PRUEBA OFRECIDA POR LAS PARTES. PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre las partes con fecha 1 de enero de 201; junto a anexo de fecha 1 de julio de 2023; 01 de noviembre de 2022; 01 de febrero de 2022. 2. Carta de término de contrato de trabajo dirigida al demandante, de fecha 18 de julio de 20234, junto a comprobante de carta certificada. 3. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo dirigida a la Dirección del Trabajo, de fecha 18 de julio de 2024. 4. Acta de comparendo ante la inspección del trabajo, anexo de reclamo N°822/2024/6105. 5. Certificado de saldo aporte del empleador al seguro de cesantia para imputar a indemnización, emitido con fecha 5 de noviembre de 2024. 6. Finiquito de contrato de trabajo, suscrito ante notario público con fecha 8 de agosto de 2024. Confesional: Renuncia. Testimonial: Declaran en juicio. 1. Evelyn Ninoska Vargas Moraga, cédula de identidad N°19.365.499-1. 2. Carlos Nicolás Torres Ramírez, cédula de
Fundamentos
motivos plausibles en su defensa. Regístrese y archívese. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dictada por don RODRIGO HERNÁN VERA GARCÍA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 161 y 173 del Código del trabajo, se resuelve: I. Que, SE ACOGE la demanda presentada por don JUAN AGUSTÍN PALMA PINTO, en contra de la empresa sociedad prestadora de servicios medioambientales limitada, PRESERVA LIMITADA, en cuanto a que se declara improcedente su despido y se condena la demandada al pago del incremento legal del 30% sobre la indemnización por año de servicio, por la suma de $2.264.250.- II. Que además, se condena la demandada al pago del reintegro del descuento de cesantía por la suma de $892.563.- III. Que las anteriores sumas deberán ser pagadas con más los reajustes e intereses que contempla el artículo 173 del Código del Trabajo. IV. Que sin perjuicio, no se condena en costas a la parte demandada por estimar que tuvo motivos plausibles en su defensa. Regístrese y archívese. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dictada por don RODRIGO HERNÁN VERA GARCÍA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia semipresencial) FECHA 14 de Noviembre de 2024 RUC 24-4-0612315-0 RIT M-1351-2024 Registro MAGISTRADO RODRIGO HERNÁN VERA GARCÍA De Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yasna Hernández Reyman Remoto HORA DE INICIO 11:02 horas 7 HORA DE TERMINO 11:45 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440612
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