CARL SCHROTER/MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY CHILE S.A.
Rol
C-655-2024
Fecha
14 de noviembre de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PROBATORIA
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y contratos que motivar an las acciones,ó í no configur ndose ninguna de las hip tesis de los articulo17, 18 y 92 delá ó C digo de Procedimiento Civil. Subsidiariamente, opuso la ó excepci nó dilatoria de correcci n del procedimiento del art culo 303 N 6 del C digoó í ° ó de Procedimiento Civil, por contener la solicitud de autos un vicio insubsanable, con ocasi n de la indebida pluralidad de partes y a laó inconexi n de los hechos y contratos que motivar an las acciones que seó í pretenden ejercer ante el rbitro que sea nombrado, reproduciendo id nticosá é argumentos a los expuestos en su solicitud principal. A folio 10, la parte demandante evacu traslado, solicitando eló rechazo tanto de la incidencia como de la excepci n dilatoria opuesta por laó demandada, en atenci n a lo dispuesto en el art culo 1203 inciso primeroó í del C digo de Comercio, afirmando que los hechos en discusi n sonó ó materia de arbitraje forzoso, destacando que la nica competencia de esteú tribunal es designar un rbitro.á A folio 15, se celebr ó audiencia de designaci n de rbitroó á , alcanzando un acuerdo respecto a su nombramiento. Lo anterior, sin perjuicio de la reserva efectuada por la demandada respecto a la incidencia planteada. A folio 17, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OPOSICION FORMULADA POR MEDITERRANEAN SHIPPING (CHILE) S.A y MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY S.A. Código: KPLEXRXUMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 690 delí C digo de Procedimiento Civil, corresponde en primer lugar hacerse cargoó de la incidencia planteada por las demandadas. Que, como se dijo en lo expositivo de este fallo, a folio 1 compareció CARL SCHR TER GMBH & Co. KGÖ , Agencia de Suscripci n oó Underwriting Agency, solicitando designaci n de rbitro respecto a suó á representada y a la sociedad MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY (CHILE) S.A., sta ltima por s y en representaci n deé ú í ó MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY S.A., sociedad extranjera, fundando su petici n en que se habr an suscitado conflictos entreó í las partes, los cuales son materia de arbitraje forzoso en virtud de lo dispuesto en el art culo 1203 del C digo de Comercio.í ó SEGUNDO: Que, a folio 7, compareci ó MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY S.A., en conjunto con MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY (CHILE) S.A, oponi ndose a la gesti n deé ó nombramiento de rbitro requerida por la solicitante y oponiendoá subsidiariamente excepciones dilatorias, ya relatadas previamente. En subsidio, opuso la excepci n dilatoria de correcci n deló ó procedimiento del art culo 303 N 6 del C digo deí ° ó Procedimiento Civil, por contener la solicitud de autos un vicio insubsanable, con ocasi n de laó indebida pluralidad de partes y a la inconexi n de los hechos y contratosó que motivar an las acciones que se pretenden ejercer ante el rbitro que seaí á nombrado, reproduciendo id nticos argumentos a los expuestos en sué solicitud principal. TERCERO: Que, evacuando el traslado conferido a folio 10, la demandante solicit el rechazo de la petici n descrita en el considerandoó ó anterior, con costas, por los motivos ya rese ados.ñ CUARTO: Que, para resolver la incidencia en comento habr que estarseá necesariamente a lo dispuesto en el art culo 1203 del C digo de Comercio,í ó norma que prescribe que las controversias suscitadas a causa del comercio mar timo o la navegaci n son materia de arbitraje, esto, sin perjuicio de lasí ó excepciones que expresamente se regulan en dicha norma. En ese Código: KPLEXRXUMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 entendido, y toda vez que los hechos descritos en la solicitud de designaci nó de rbitro no pueden subsumirse dentro de las excepciones que la propiaá norma regula, queda en evidencia que las alegaciones en que fund suó incidencia la demandada corresponden a una cuesti n de fondo, debiendoó estas ser ventiladas en juicio arbitral ante el rbitro designado. Por loá anteriormente expuesto, se desestimar la oposici n de las demandadas.á ó EN CUANTO A LA EXCEPCION DILATORIA OPUESTA POR LAS DEMANDADAS MEDITERRANEAN SHIPPING (CHILE) S.A y
Fallo
se declara:ó I.- Que, SE RECHAZA la oposici n deducida por la requerida en loó principal y la excepci n dilatoria opuesta subsidiariamente, en suó presentaci n de folio 7 de autos, de fecha 5 de septiembre de 2024.ó II.- Que, SE ACOGE la demanda incoada a folio 1, y encontr ndoseá ambas partes de acuerdo respecto a la persona que debe resolver la controversia de autos, se designa juez rbitro a don á RODRIGO RAM REZ DANERIÍ , abogado, tel fono: 9-98183943, correo electr nico:é ó rrdarbitro@gmail.com, a fin de que proceda a resolver las dificultades existentes a consecuencia de los hechos expuestos por las partes. III.- Que CADA PARTE soportar las costas de la causa.á Código: KPLEXRXUMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:rrdarbitro@gmail.com Foja: 1 Notif quese por c dula a las partes. Hecho, notif quese al Sr. rbitro.í é í Á Reg strese. í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro Código: KPLEXRXUMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-14T13:44:04-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-655-2024 CARATULADO : Carl Schroter/MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY CHILE S.A. Santiago, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS. A folio 1, comparece don Mat as Farcuh Pareto, don Nicolasí Aravena Ya ez y don V ctor Hugo Vilches Soto, en representaci nñ í ó convencional de C
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