2º Juzgado de Letras de Los Angeles

BARRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES

Rol

C-3546-2024

Fecha

14 de noviembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, en folio 1, con fecha 11 de septiembre de 2024, se presenta don RODRIGO JAVIER BARRA RIVAS, independiente, cédula de identidad número 12.473.838-5, con domicilio en calle Cacique Carimán Nº315, Villarrica, quien expone: Que viene en interponer demanda de prescripción extintiva de impuestos y valores municipales en contra de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, Corporación Autónoma de Derecho Público, representada legalmente por don Esteban Krause Salazar en su calidad de Alcalde, ambos domiciliados en Caupolicán N° 399, comuna de Los Ángeles, fundado en los argumentos de hecho y de derecho expone: Que, consta de los documentos que acompaña en un otrosí que es propietario del camión marca Mercedes Benz, modelo UNIMOG 416, año 1973, placa patente única VE.2872-9, cuyo último permiso de circulación fue pagado en el año 2011, y agrega que dicho vehículo se encuentra en estado de abandono y sin ser usado. Indica que su intención es lograr restaurar dicho vehículo con la finalidad de utilizarlo como herramienta de trabajo, para lo cual se hace necesario regularizar toda su documentación legal, que se encuentra atrasada, entre estos, el permiso de circulación. Relata que el camión placa patente VE.2872-9 adeuda montos por concepto de permisos de circulación por períodos respecto de los cuales han prescrito las acciones para hacer efectivo su cumplimiento, toda vez que han Código: SNGJXREXBPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl transcurrido más de 3 años desde que se devengaron conforme al inciso primero del artículo 2521 del Código Civil. Refiere que la Municipalidad ha informado una deuda de $1.888.252.- al 27 de junio de 2024, según certificado que acompaña, cuyo último permiso de circulación pagado fue en el año 2010, sosteniendo que a la fecha, los períodos adeudados van desde el año 2011 al 2023, de los cuales únicamente son exigibles aquellos que cuya acción no haya prescrito, es dec

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el demandante solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir el cobro de las deudas por concepto de permiso de circulación correspondientes a los años 2011 a 2020 inclusive, del vehículo camión marca Mercedes Benz, modelo UNIMOG 416, año 1973, placa patente única VE.2872-9, por no haber ejercido la demandada en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago. 2°.- Que, la Municipalidad demandada, siendo notificada del libelo a través de su representante legal, según consta de folio 6, al contestar la demanda no controvirtió los hechos expuestos por el demandante y se allanó a la demanda respecto de la deuda por concepto de permisos de circulación del camión marca Mercedes Benz, modelo UNIMOG 416, año 1973, placa patente única VE.2872-9, por los periodos correspondientes entre los años 2011 al año 2020, ambos inclusive, solicitando el rechazo de la condenación en el pago de las costas. 3°.- Que la institución jurídica de la prescripción extintiva parte del supuesto que exista válidamente una obligación, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno, y reuniéndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida, de modo que los requisitos para la procedencia de la acción intentada son: la existencia de una obligación y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso. 4°.- Que en lo que respecta a las acciones de cobro que el actor solicita sean declaradas prescritas, son las que emanan de los permisos de circulación del vehículo tipo camión marca Mercedes Benz, modelo UNIMOG 416, año 1973, placa patente única VE.2872-9, correspondientes a los años 2011 al 2020, ambos inclusiva, los que se encontrarían impagos. Que, de acuerdo a lo expuesto en la contestación, es un hecho pacífico de la causa la existencia de la obligación cuya prescripción extintiva se persigue, la que además se acredita con el Certificado N° 57 de 24 de octubre de 2024, de la Código: SNGJXREXBPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, acompañado por la demandada en folio 7, el que da cuenta de la deuda del permiso de circulación del camión marca Mercedes Benz, placa patente única VE.2872-9, por los periodos comprendidos entre los años 2011 al 2024. De este modo la documental antes señalada permite dar por establecido que aquel vehículo presenta deudas por concepto de permiso de circulación por los períodos mencionados. 5°.- Que, asimismo, en folio 1, el actor acompañó certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del vehículo tipo camión marca Mercedes Benz, modelo UNIMOG 416, año 1973, placa patente única VE.2872-9, a nombre del demandante, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del D

Fallo

En mérito de lo expuesto, la prueba que se acompaña, normas que cita; pide tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva de impuestos municipales en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES representada legalmente por don ESTEBAN KRAUSE SALAZAR, acogerla a tramitación y en definitiva declarar prescritas las acciones, intereses y reajustes por concepto de permisos de circulación vencidos y no pagados del vehículo placa patente VE.2872-9 cuya data de vencimiento sea inferior a 3 años, es decir, desde el año 2011 al 2020, inclusive o los que se estime conforme al mérito del proceso, con costas. En folio 6, con fecha 21 de octubre de 2024, consta notificación personal de la demanda al representante legal de la demandada. En folio 7, con fecha 28 de octubre de 2024, la parte demandada contestó la demanda, allanándose a la demanda de prescripción extintiva de permisos de circulación comprendida entre los años 2011 al año 2020, ambos inclusive. No estimándose necesario recibir la causa a prueba, se citó a las partes a oír sentencia, con fecha 29 de octubre de 2024, en folio 10. Código: SNGJXREXBPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el demandante solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir el cobro de las deudas por concepto de permiso de circulación corres

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-3546-2024 CARATULADO : BARRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS NGELESÁ Los Angeles, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro VISTO: Que, en folio 1, con fecha 11 de septiembre de 2024, se presenta don RODRIGO JAVIER BARRA RIVAS, independiente, cédula de identidad número 12.473.838-5, con domicilio en calle C

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