Juzgado de Letras del Trabajo de Castro

SOTO/INVERMAR S.A.

Rol

O-54-2024

Fecha

12 de noviembre de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y que no se configuró la causal esgrimida por la empresa, siendo por tal circunstancia improcedente. Debido a lo expuesto demandó el incremento de un treinta por ciento de la suma percibida por indemnización por años de servicio, junto a la restitución del descuento del aporte efectuado por su ex empleadora al seguro de cesantía, totalizando ambos conceptos la cantidad de $3.239.078, más los reajustes e intereses, además de las costas del juicio. Segundo: Compareció a estrados la empresa Invermar S.A., debidamente representada, la que solicitó el rechazo de la demanda junto a la condena en costas, aseverando que la carta de despido sí se encontraba debidamente fundamentada y que concurrieron cada uno de los requisitos para la configuración de la causal de necesidades de la empresa. Explicó que la empresa es del rubro acuícola, que se dedica a la producción y exportación de salmón chileno hacia el mercado extranjero. Que para ello cuenta con dos plantas de proceso en la provincia, la primera es una planta primaria de procesos en las que se realiza el acopio y matanza del salmón, ubicada en el sector de Compu en la comuna de Quellón, y la segunda es una planta secundaria en la que se realiza el eviscerado, fileteado, porcionado y empaquetado para dar forma a los diversos productos. Agregó que en septiembre de 2023 se suprimió el cargo de jefa de calidad de aseguramiento de calidad de la planta primaria, y que en razón de ello se reestructuró la dotación de monitores del área, procediendo al despido de dos de ellos en diciembre de 2023. Todo lo anterior se debió a una temporada de baja productividad de al menos 1.500 toneladas mensuales de materia prima. En este sentido, narró una serie de desvinculaciones de otros cargos de la mencionada planta, y cómo la jefatura y área de calidad se reestructuró fusionando cargos, destacando que se prescindió en total de tres monitores, sin que existieran contrataciones posteriores. Debido a lo expuesto enfatizó que la car

Fundamentos

considerando: Primero: Compareció doña Jocelyn Mackarena Soto Gómez, monitora de aseguramiento de calidad, domiciliada en sector rural de Molulco, comuna de Quellón, quien interpuso demanda de despido improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa Invermar S.A., representada legalmente por doña Julia Mónica Alarcón Reyes, ambos con domicilio en sector Llau Llao S/N, de la comuna de Castro, por los argumentos que a continuación se resumen. Indicó que suscribió un contrato de trabajo con la demandada el día 22 de noviembre de 2018 para desempeñar las labores de monitor de aseguramiento de calidad para la planta de acopio perteneciente a la demandada situada en el sector de Compu en la comuna de Quellón, y que fue despedida el día 31 de enero de 2024 mediante comunicación escrita que invocó la causal de necesidades de la empresa. Precisó que su última remuneración mensual ascendió a la suma de $1.471.521. Alegó que la respectiva carta de despido no contuvo la narración de hechos y que no se configuró la causal esgrimida por la empresa, siendo por tal circunstancia improcedente. Debido a lo expuesto demandó el incremento de un treinta por ciento de la suma percibida por indemnización por años de servicio, junto a la restitución del descuento del aporte efectuado por su ex empleadora al seguro de cesantía, totalizando ambos conceptos la cantidad de $3.239.078, más los reajustes e intereses, además de las costas del juicio. Segundo: Compareció a estrados la empresa Invermar S.A., debidamente representada, la que solicitó el rechazo de la demanda junto a la condena en costas, aseverando que la carta de despido sí se encontraba debidamente fundamentada y que concurrieron cada uno de los requisitos para la configuración de la causal de necesidades de la empresa. Explicó que la empresa es del rubro acuícola, que se dedica a la producción y exportación de salmón chileno hacia el mercado extranjero. Que para ello cuenta con dos plantas de proceso en la provincia, la primera es una planta primaria de procesos en las que se realiza el acopio y matanza del salmón, ubicada en el sector de Compu en la comuna de Quellón, y la segunda es una planta secundaria en la que se realiza el eviscerado, fileteado, porcionado y empaquetado para dar forma a los diversos productos. Agregó que en septiembre de 2023 se suprimió el cargo de jefa de calidad de aseguramiento de calidad de la planta primaria, y que en razón de ello se reestructuró la dotación de monitores del área, procediendo al despido de dos de ellos en diciembre de 2023. Todo lo anterior se debió a una temporada de baja productividad de al menos 1.500 toneladas mensuales de materia prima. En este sentido, narró una serie de desvinculaciones de otros cargos de la mencionada planta, y cómo la jefatura y área de calidad se reestructuró fusionando cargos, destacando que se prescindió en total de tres monitores, sin que existieran contrataciones posteriores. Debido a lo expuesto enfatizó

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda de despido improcedente y cobro de prestaciones laborales interpuesta por doña Jocelyn Mackarena Soto Gómez en contra de su ex empleadora Invermar S.A., ya individualizada. II.- Que cada parte soportará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad Sentencia pronunciada por don Jorge Andrés Ibarrola Ávila, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro. RIT: O-54-2024 RUC: 24-4-0565440-3

Texto Completo (Preview)

Castro, doce de noviembre de dos mil veinticuatro Vistos, oídos y considerando: Primero: Compareció doña Jocelyn Mackarena Soto Gómez, monitora de aseguramiento de calidad, domiciliada en sector rural de Molulco, comuna de Quellón, quien interpuso demanda de despido improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa Invermar S.A., representada legalmente por doña Julia Mónica A

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