COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO TEMUCO/SUAZO
Rol
C-3625-2024
Fecha
13 de noviembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 08 de julio de 2024 comparece , abogado, domiciliado en calle San Martín 924 oficina 406, Temuco en representación de Cooperativa de Ahorro y Crédito Temuco Limitada, persona jurídica del giro sociedades de inversión y rentistas de capitales mobiliarios, Rut N°85.726.600-5, representada legalmente por doña Claudia Cortés Matamala, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N°12.934.698-1, ambos con domicilio en calle General Cruz N° 551, Temuco, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Andrea Loreto Suazo Cuevas, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.333244-9, domiciliada en pasaje Alberto Hurtado N°0212 Villa Juan Pablo II, Lautaro, en atención a los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone. Con fecha 18 de julio de 2024 consta notificación de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil al ejecutado. A su vez, con fecha 19 de julio de 2024 se requiere de pago al ejecutado. Con fecha 24 de julio de 2024 el ejecutado opone excepciones. Con fecha 30 de julio de 2024 el ejecutante evacúa el traslado de las excepciones. Con fecha 02 de septiembre de 2024 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba. Con fecha 04 de noviembre de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 08 de julio de 2024 comparece , abogado, domiciliado en calle San Martín 924 oficina 406, Temuco en representación de Cooperativa de Ahorro y Crédito Temuco Limitada, persona jurídica del giro sociedades de inversión y rentistas de capitales mobiliarios, Rut N°85.726.600-5, representada legalmente por doña Claudia Cortés Matamala, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N°12.934.698-1, ambos con domicilio en calle General Cruz N° 551, Temuco, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Andrea Loreto Suazo Cuevas, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.333244-9, domiciliada en pasaje Alberto Hurtado N°0212 Villa Juan Pablo II, Lautaro, en atención a los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone al siguiente tenor: “Deduzco demanda ejecutiva en contra de doña ANDREA LORETO SUAZO CUEVAS, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.333244-9, domiciliada en pasaje Alberto Hurtado N°0212 Villa Juan Pablo II, ciudad y comuna de Lautaro, en consideración a los argumentos que expongo a continuación: Mi representada es dueña del PAGARÉ CUOTA FIJA Nº33820, suscrito por la demandada con fecha 14 de marzo de 2023, por la suma de $3.706.664 con una tasa interés mensual de 1.98%. La demandada se obligó a pagar el monto Código: QJGTXRPKKKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3625-2024 prestado en 48 cuotas fijas mensuales de $121.219 cada una a partir del 30 de abril de 2023, donde el total comprometido es $5.818.512.- Se pactó en dicho pagaré que en caso de mora o simple retardo de todo o parte de cualquiera de las cuotas de éste, devengará a partir de esa fecha la tasa máxima de interés convencional. Asimismo, se estableció que la mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas, faculta al acreedor a exigir el pago del total de lo adeudado, considerando la deuda de plazo vencido, para todos los efectos legales, capitalizando los intereses y devengando a partir de esa fecha el interés máximo convencional. Es del caso señalar que llegada la fecha de vencimiento de la cuota 12 del 30 de marzo de 2024, la deudora no la pagó, así como las restantes, por lo que adeuda en concepto de capital a la fecha la suma de $3.135.794, según el detalle de préstamo que se acompaña en un otrosí, y que se designa como total en “deuda amortiz.$” La firma de la deudora en dicho pagaré fue autorizada ante Notario Público de Temuco don ALVARO VALDEBENITO SALGADO, por lo que tiene la calidad de título ejecutivo, la deuda es líquida y la acción ejecutiva no está prescrita.
Fallo
se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba. Con fecha 04 de noviembre de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 08 de julio de 2024 comparece , abogado, domiciliado en calle San Martín 924 oficina 406, Temuco en representación de Cooperativa de Ahorro y Crédito Temuco Limitada, persona jurídica del giro sociedades de inversión y rentistas de capitales mobiliarios, Rut N°85.726.600-5, representada legalmente por doña Claudia Cortés Matamala, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N°12.934.698-1, ambos con domicilio en calle General Cruz N° 551, Temuco, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Andrea Loreto Suazo Cuevas, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.333244-9, domiciliada en pasaje Alberto Hurtado N°0212 Villa Juan Pablo II, Lautaro, en atención a los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone al siguiente tenor: “Deduzco demanda ejecutiva en contra de doña ANDREA LORETO SUAZO CUEVAS, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N°18.333244-9, domiciliada en pasaje Alberto Hurtado N°0212 Villa Juan Pablo II, ciudad y comuna de Lautaro, en consideración a los argumentos que expongo a continuación: Mi representada es dueña del PAGARÉ CUOTA FIJA Nº33820, suscrito por la demandada con fecha 14 de marzo de 2023, por la suma de $3.706.664 con una tasa interés mensual de 1.98%. La demandada se obligó a pagar el monto Código: QJGTXRPKKKB Este documento ti
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C-3625-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3625-2024 CARATULADO : COOPERATIVA DE AHORRO Y CR DITOÉ TEMUCO/SUAZO Temuco, trece de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 08 de julio de 2024 comparece , abogado, domiciliado en calle San Martín 924 oficina 406, Temuco en representación de Cooperativa de Ahorro y Crédito Temuco Limitada,
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